Convocatoria Publicada
FUGA

BECA CREANDO Y CONOCIENDO EL CORAZÓN DE BOGOTÁ

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

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RESOLUCIÓN No. 87 DE 2025

05/25

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Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá.

05/25

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Listados de propuestas habilitadas y no habilitadas categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá

05/25

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Listados de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar Juegos para la familia

05/25

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Listados de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar Rutas creativas

05/25

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Listado de participantes inscritos Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá

04/25

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Listado de participantes inscritos Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá

04/25

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RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025

02/25

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RESOLUCIÓN No. 26 DE 2025

02/25

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RESOLUCIÓN No. 18 DE 2025

02/25

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA es la entidad pública del sector Cultura Recreación y Deporte del Distrito Capital, que lidera, articula y fomenta, de manera incluyente y participativa, la actividad artística, la gestión cultural, y las industrias culturales y creativas, potenciando la transformación cultural, social, económica y patrimonial del centro de Bogotá, para avanzar en la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía y en la sostenibilidad de los agentes culturales y creativos. Por lo anterior, abre la convocatoria “Beca creando y conociendo el corazón de Bogotá” del Programa Distrital de Estímulos 2025 que busca la apropiación del centro de Bogotá a través de la creación de productos que resalten su identidad, específicamente las localidades de La Candelaria, Los Mártires y Santa Fe. Los productos pueden ser del sector de publicaciones, así como del sector de juegos y juguetes, sectores de la Economía cultural y creativa.

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Actividades de la economía creativa y cultural

Número de estímulos: 2

Total de recursos: $ 60.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

se otorgarán dos (2) estímulos, distribuidos en dos (2) categorías. Para la Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá, se otorgará (1) un estímulo. de veinticinco millones de pesos ($25,000,000); para la Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá, se otorgará un (1) un estímulo por treinta y cinco millones de pesos  ($35,000,000), para un total de sesenta millones de pesos ($60.000.000). 

Para cada estímulo se realizan tres desembolsos 

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá

Busca la apropiación del centro de Bogotá, de las localidades de La Candelaria, Los Mártires y Santa Fe a través de la investigación, creación y producción de productos que involucren rutas o circuitos creativos en una de las siguientes temáticas:

  • Ruta de joyería en el centro de Bogotá
  • Ruta sobre gastronomía típica santafereña del centro de Bogotá
  • Rutas turísticas patrimoniales, artísticas o culturales del centro de Bogotá
  • Circuito de galerías en el Centro de Bogotá
  • Circuitos de espacios independientes  de circulación de artes vivas en el centro de Bogotá
  • Circuito de Teatros en el centro de Bogotá
  • Circuito de Librerías en el Centro de Bogotá
  • Circuito de Pasajes del Centro de Bogotá
  • Ruta de cafés del centro de Bogotá 

Los productos pueden ser del sector de publicaciones, propio de la Economía cultural y creativa, y deberán ser distribuidos en espacios relacionados con las temáticas descritas anteriormente en el centro de la ciudad.

2 Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá

Busca la apropiación del centro de Bogotá a través de la investigación, creación y producción de productos lúdicos que puedan ser jugados por todas las edades. Se esperan productos lúdicos creados desde el sector de juegos y juguetes, propio de la Economía cultural y creativa, que puedan ser distribuidos en colegios o bibliotecas del centro de la ciudad.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en cualquier área del conocimiento con mínimo cuatro (4) años de experiencia en diseño de productos lúdicos editoriales, digitales, del sector de juegos y juguetes, o gamificación. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento

Campo de experiencia:

Mínimo cuatro (4) años de experiencia en diseño de productos lúdicos editoriales, digitales, del sector de juegos y juguetes, o gamificación.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en cualquier área del conocimiento, con mínimo cuatro (4) años de experiencia  en procesos editoriales relacionados con procesos de diseño, edición, producción, distribución o  comercialización de libros, folletos, impresos, fanzines, revistas o periódicos. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento

Campo de experiencia:

Mínimo cuatro (4) años de experiencia en procesos editoriales relacionados con procesos de diseño, edición, producción, distribución o  comercialización de libros libros, folletos, impresos, fanzines, revistas o periódicos 

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 19/02/2025

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

  • En caso de presentar fallas técnicas con la plataforma SICON que impidan su consulta, la entidad realizará la publicación de avisos informativos, modificatorios o documentos, a través de la página web de la entidad: https://www.fuga.gov.co/
Fecha de apertura 27/02/2025

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 12/04/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 15/04/2025 17:00:00

Tenga en cuenta que la inscripción como participante a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 08/05/2025

A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados.

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 04/07/2025

A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados.

Fecha máxima de ejecución 28/11/2025

Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad.

Justificación

El PDE, hace parte del proceso misional de fomento que tiene como objetivo generar condiciones para la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía, y se articula con el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en su Objetivo estratégico “Bogotá confía en su bien-estar” con el propósito de otorgar estímulos, reconocimientos, apoyos, incentivos y alianzas estratégicas en el marco de los distintos programas de fomento ofertados, que puedan incluir enfoque poblacional y territorial, que beneficien a agentes, organizaciones y comunidades.

Con esta convocatoria la FUGA busca activar el eslabón de la investigación-creación, además de la producción, generando productos lúdicos que permitan no solo ser disfrutados por la ciudadanía, sino también aportar a la identidad del centro desde diferentes visiones. También se busca aportar a la sostenibilidad de los agentes de la economía cultural y creativa, permitiendo la comercialización de dichos productos así como promoviendo el consumo cultural. 

Objeto

La convocatoria “Beca creando y conociendo el corazón de Bogotá” de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA busca promover la apropiación del centro de Bogotá a través de la creación de productos que resalten la identidad del centro de la ciudad, específicamente las localidades de La Candelaria, Los Mártires y Santa Fe. Los productos pueden ser del sector  de publicaciones (editorial), así como del sector de juegos y juguetes, propios de la Economía cultural y creativa. 

Se entiende por Economía Cultural y Creativa el conjunto de actividades del campo cultural, creativo, patrimonial y artístico que se plasman en bienes o servicios y que son generadores de valor social, cultural y económico. La economía cultural y creativa implica un proceso de transformación de las ideas y valores culturales, tanto individuales como colectivos, hacia un bien o servicio, lo que se define como cadena de valor (investigación-creación, producción, promoción, exhibición, distribución y comercialización). La Economía cultural y creativa abarca las áreas de Artes y patrimonio; Industrias culturales convencionales, así como el de Creaciones funcionales y nuevos medios y software,  de acuerdo con los sectores abarcados por la Cuenta Satélite Economía Cultural y Creativa de Bogotá, con las actividades seleccionadas por la FUGA en el Anexo 2: cuadro de sectores de la Economía cultural y creativa. 

Cadena de Valor Economía Cultural y Creativa:

Es un «modelo de análisis que permite describir el desarrollo de una actividad empresarial identificando sus partes constituyentes (…) inicia con la concepción de ideas creativas que combinadas con otros insumos producen un bien o un servicio cultural/creativo, el cual adquiere valor hasta llegar a la audiencia fina» (UNESCO, 2009).

Desde la SCRD, basados en la definición de la UNESCO (2009), se desarrolló una propuesta de cadena de valor integrada por seis eslabones que representan, en términos generales, los procesos del sector cultural y creativo de Bogotá, a partir de los cuales, los agentes pueden orientar la formulación de sus proyectos. Se relacionan a continuación:

Investigación-creación. Involucra la inspiración e ideación de contenidos que posteriormente se materializan en bienes o servicios originales.

Producción. Materializa bienes o servicios a través del uso de herramientas especializadas, infraestructura o procesos de fabricación.

Distribución. Pone al alcance de consumidores o exhibidores bienes o servicios finales, haciendo uso de diferentes canales.

Exhibición. Provee experiencias de consumo asociadas a bienes o servicios a través de un escenario o medio (físico o virtual).

Comercialización. Dispone bienes y servicios para su consumo final a cambio de una retribución.

Promoción o divulgación. Posiciona un bien o servicio logrando que los consumidores se interesen y se apropien de este. 

Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá entregará (1) un estímulo de $25,000,000. Busca fomentar la apropiación del centro de Bogotá, de las localidades de La Candelaria, Los Mártires y Santa Fe, a través de la investigación-creación y producción de productos de promoción o divulgación de rutas o circuitos creativos en una de las  siguientes temáticas:

  • Ruta de joyería en el centro de Bogotá
  • Ruta sobre gastronomía típica santafereña del centro de Bogotá
  • Rutas turísticas patrimoniales, artísticas o culturales del centro de Bogotá
  • Circuito de galerías en el centro de Bogotá
  • Circuitos de espacios independientes  de circulación de artes vivas en el centro de Bogotá
  • Circuito de Teatros en el centro de Bogotá
  • Circuito de Librerías en el centro de Bogotá
  • Circuito de Pasajes del centro de Bogotá
  • Ruta de cafés del centro de Bogotá 

Los productos pueden ser del sector de publicaciones, propio de la Economía cultural y creativa, y deberán ser distribuidos en espacios relacionados con las temáticas descritas anteriormente en el centro de la ciudad, por lo que se deberá hacer la producción de: 

El ganador debe garantizar un tiraje mínimo de 1000 ejemplares.

El 70% de los ejemplares de los productos deberán ser entregados a la FUGA, y así distribuir en joyerías, restaurantes típicos de gastronomía santafereña, agencias u operadores de turismo, hostales, hoteles, galerías, espacios independientes  de circulación de artes vivas, Teatros, Librerías y establecimientos dentro de los pasajes.

El 30% de los ejemplares de los productos serán propiedad del ganador, para ser comercializados o distribuidos en espacios de su selección.

Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá enregará (1) un estímulo de  $35,000,000. Busca fomentar la apropiación del centro de Bogotá a través de la investigación- creación y producción de productos lúdicos análogos que puedan ser jugados por todas las edades. Se esperan productos lúdicos creados desde el sector de juegos y juguetes, propio de la Economía cultural y creativa, que puedan ser distribuidos en colegios o bibliotecas del centro de la ciudad. Pueden diferenciarse cuatro juegos: juego psicomotor, juego cognitivo, juego afectivo y juego social. Para esta convocatoria, se busca que los juegos diseñados puedan ser de cualquiera de estas cuatro clasificaciones, que contribuya a la apropiación de la identidad del centro de Bogotá como un espacio de memoria, socialización, encuentro y convivencia, para todas las edades.

El ganador debe garantizar un tiraje mínimo de 500 ejemplares.

El 70% ejemplares del producto lúdico diseñado deberá ser entregado a la FUGA, y así  divulgar y circular en colegios y bibliotecas. 

El 30% ejemplares del producto lúdico diseñado será propiedad del ganador, para ser comercializados en espacios de su selección. 

Nota 1: para el desarrollo de los proyectos, los participantes deberán gestionar los permisos necesarios para la producción de los contenidos en donde se requieran autorizaciones, tales como en el espacio público.

Nota 2: el proponente solo puede postularse en una de las dos categorías.

Nota 3: asegúrese y verifique que su inscripción la realice en la categoría a la cual corresponde la propuesta, en la plataforma Sicon. Tenga en cuenta lo indicado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, apartado “5.2. ¿Por qué causales una propuesta puede no ser habilitada? 5.2.5. Inscripción en la convocatoria o categoría inadecuada.

Nota 4: el material resultante de esta convocatoria podrá ser circulado por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño –FUGA-.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar como persona jurídica debe ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerde que es su deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, la entidad tendrá la facultad de hacer los ajustes en la plataforma.

Para participar en esta convocatoria la persona jurídica con o sin ánimo de lucro, debe tener su domicilio en la ciudad de Bogotá. 

Para participar en la categoría 1. “Rutas creativas del centro de Bogotá”, la persona jurídica debe tener fecha de constitución no menor a un año al cierre de la convocatoria y acreditar el desarrollo de mínimo una (1) publicación, ya sea libro, fanzín, publicación seriada, novela gráfica, fotolibro, libro de artista, entre otros.

Para participar en la categoría 2. “Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá”, la persona jurídica debe tener fecha de constitución no menor a un año al cierre de la convocatoria y acreditar el desarrollo de mínimo un (1) juego análogo, como de mesa, o el desarrollo de un (1) juguete.

Persona Natural

Ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta. 

Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en Bogotá, y su actividad económica debe desarrollarse en la ciudad de Bogotá condición que será verificada en el RUT.

Para participar en la categoría 1. “Rutas creativas del centro de Bogotá”, la persona natural debe acreditar el desarrollo de mínimo una (1) publicación, ya sea libro, fanzín, publicación seriada, novela gráfica, fotolibro, libro de artista.

Para participar en la categoría 2. “Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá”, la persona natural debe acreditar el desarrollo de mínimo un (1) juego análogo, como de mesa, o el desarrollo de un (1) juguete.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, residentes en Bogotá, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Fuerza mayor: es una causa extraña y externa, se trata de un hecho conocido, irresistible e imprevisible, que es ajeno y exterior al participante. Caso fortuito: es un acontecer intempestivo, excepcional o sorpresivo, que es imprevisible y que proviene de la estructura de la actividad y puede ser desconocido o permanecer oculto.

Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, salvo que las condiciones específicas establezcan otro particular.

Para participar en la categoría 1. “Rutas creativas del centro de Bogotá”, la agrupación debe contar con una experiencia comprobable en el desarrollo de mínimo una (1) publicación, ya sea libro, fanzín, publicación seriada, novela gráfica, fotolibro, libro de artista. El proyecto podrá ser acreditado bien sea a nombre de la agrupación o de alguno de los integrantes de la misma.

Para participar en la categoría 2. “Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá”, la agrupación debe contar con una experiencia comprobable en el desarrollo de mínimo un (1) juego análogo, como de mesa, o el desarrollo de un (1) juguete. El proyecto podrá ser acreditado bien sea a nombre de la agrupación o de alguno de los integrantes de la misma.

Quiénes no pueden participar

Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2025. Consultar el siguiente enlace:

https://drive.google.com/file/d/19kYPEWxLzfIsygex4jDQ55rCmES918IO/view

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

- En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

- En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia, de lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

- El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. 

- No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad para realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON.

En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Nota. Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción.

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5 MB
3 RUT

Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre del representante legal de la persona jurídica, de la persona natural o del represnetante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.

El domicilo debe ser en la ciudad de Bogotá

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5 MB
4 Documento de identidad de persona natural participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

- En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

- En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia, de lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

- El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. 

- No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
5 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025 el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato

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5 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
7 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

- En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

- En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia, de lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

- El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. 

- No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
8 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

- En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

- En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia, de lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

- El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. 

- No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
9 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025 el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato

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5 MB
10 Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
11 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para la presentación de propuesta, dependiendo de la cateoría ne la que desea participar. Los formatos se encuentran publicados en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada.

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15 MB
2 Soportes de experiencia o trayectoria

Cargue en la plataforma de inscripción en un (1) solo PDF los soportes de experiencia de la persona jurídica, de la persona natural o de la agrupación, de acuerdo con el perfil y la categoría a la que se presenta.

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona natural, la persona jurídica o la agrupación:

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2. Soportes como:

  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).
  • Derechos de autor
  • Publicaciones propias
  • Certificados o evidencias de premios, distinciones o reconocimientos.
  • ISBN

No se admiten autocertificaciones

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota 2: los soportes que no contengan la información completa solicitada no serán tenidos en cuenta para validar la experiencia.

Nota 3: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada.

Nota 4: en caso de contratos debe presentar certificaciones donde se acredite que están ejecutados en su totalidad (terminado o liquidado).

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15 MB
3 Formato de Presupuesto y Cronograma

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato de Presupuesto y Cronograma, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Debe diligenciar las dos pesatañas del fotmato.  

Nota 1: este documento no es subsanable. Es decir, en caso de no presentarlo, presentarlo incompleto o ilegible, su propuesta no será habilitada.

Nota 2: tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto en el ítem de gastos permitidos y no permitidos a la hora de calcular su presupuesto.

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Criterios de evaluación

Categoría: Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá
Ronda: Deliberación
No. Criterio Puntaje
1

Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el presupuesto y el cronograma.

0 a 30
2

Contribución del proyecto a la apropiación del centro de Bogotá  a través  del ecosistema cultural y creativo: se valorará el impacto del proyecto en la apropiación del centro de Bogotá, desde una las líneas temáticas propuestas: 

  • Ruta de joyería en el centro de Bogotá
  • Ruta sobre gastronomía típica santafereña del centro de Bogotá
  • Rutas turísticas patrimoniales, artísticas o culturales del centro de Bogotá
  • Circuito de galerías en el Centro de Bogotá
  • Circuitos de espacios independientes  de circulación de artes vivas en el centro de Bogotá
  • Circuito de Teatros en el centro de Bogotá
  • Circuito de Librerías en el Centro de Bogotá
  • Circuito de Pasajes del Centro de Bogotá
  • Ruta de cafés del centro de Bogotá
0 a 40
3

Innovación: se valorará positivamente la innovación del producto propuesto a nivel de formato de publicación, que permita la interacción del consumidor cultural.

0 a 25
4

Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este  criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 puntos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio la persona o personas que se acredite (n) como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

Deliberación 

Categoría: Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá
Ronda: Deliberación
No. Criterio Puntaje
1

Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el presupuesto y el cronograma.

 

0 a 30
2

Contribución del proyecto a la apropiación del centro de Bogotá a través de los juegos o juguetes:: se valorará el impacto del proyecto la apropiación del centro de Bogotá a través de un juego o juguete análogo.

0 a 40
3

Innovación: se valorará positivamente la creación o el rescate y renovación de un juego análogo de Bogotá, que sea entendible para varias generaciones a la vez, y que prima la interacción y usabilidad.

0 a 25
4

Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este  criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 puntos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio la persona o personas que se acredite (n) como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

Deliberación

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.5 de  las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes derechos:

  1. Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo. 
  2. Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, llevará a cabo los desembolsos así
  • Primer desembolso: correspondiente al 70 % del valor total del estímulo, posterior a la notificación de la resolución por la cual se designa a los ganadores, entrega oportuna de los documentos requeridos para la legalización del estímulo por parte de los ganadores y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.
  • Segundo desembolso: correspondiente al 20 % del valor total del estímulo con la presentación de un informe parcial de actividades en el que se reporte el porcentaje de avance de acuerdo con lo estipulado en el cronograma de la propuesta y contra entrega de las artes finales de los productos para aprobar diseños y proceder a la impresión.
  • Tercer y último desembolso: correspondiente al 10% del valor total del estímulo, previo cumplimiento de las actividades establecidas en el cronograma total del proyecto, y entrega del informe final de actividades con sus respectivos soportes y evidencia de cumplimiento de métricas establecidas en el proyecto, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la FUGA.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán descuentos relacionados con la retención en la fuente de acuerdo con lo que indique el RUT del ganador  y la normatividad vigente.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes deberes:

1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo, de acuerdo con el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona jurídica, persona natural o representante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica, persona natural o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras). Es responsabilidad del participante verificar que las Cuentas Bancarias aportadas no presenten novedades como embargos, retenciones, cuentas por cobrar, etc. 
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. o por la entidad competente, dentro de un (1) mes anterior a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada por el tomador, y estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Recuerde que el costo de la póliza no es un gasto permitido dentro del presupuesto del proyecto y no podrá ser descontado del estímulo.

2. Posterior a la revisión de los documentos de legalización del estímulo, en caso de requerirse ajuste, subsanación o actualización de alguno de los documentos, el ganador cuenta con cinco (5) días hábiles posteriores al correo de solicitud de subsanación para presentar en debida forma la documentación solicitada.

3. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como las que formule la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.

4. Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad.

5. Acoger los lineamientos del manual de imagen y comunicaciones de la FUGA.

6. Realizar la producción del tiraje mínimo solicitado de acuerdo con la categoría (Categoría 1: Rutas creativas - 1000 ejemplares y Categoría 2: Juegos para la familia - 500 ejemplares).

7. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA el 70% del tiraje del producto según el número planteado en el proyecto.

8. Entregar un informe parcial de actividades de acuerdo con el formato suministrado por la entidad, en el que se reporte el porcentaje de avance de acuerdo con lo estipulado en el cronograma de la propuesta y contra entrega de las artes finales de los productos para aprobar diseños y proceder a la impresión.

9. Entregar el informe final de ejecución de la propuesta de acuerdo con el formato suministrado por la entidad, que dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.

10. Autorizar a la entidad el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.

11. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA todas las licencias de uso o autorización de uso o releases firmadas por las personas que hayan participado en el proceso creativo del producto.

12. Suscribir los documentos que autorizan la reproducción y el uso de del producto a entregar, resultado de la convocatoria, para  fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requieran la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y las alianzas que se suscriban para ello.

13. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.18 y 7.6.19 de las Condiciones Generales de Participación PDE 2025.

14. Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Anexo 1: Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
Tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto para el diligenciamiento del Formato de presupuesto y cronograma.
2 Anexo 2: cuadro de sectores de la Economía cultural y creativa.
Actividades económicas de los sectores la Economía Cultural y Creativa

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de presentación de propuesta “Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá:”

(archivo Word o PDF)

 
 

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta Categoría 1Rutas creativas del centro de Bogotá, luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota: el contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada.

2 Formato de presentación de propuesta Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá

(archivo Word o PDF)

 
 

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá, luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota: el contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada.

3 Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad de Juramento.

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. la interesada o  interesado podrá presentar, debidamente firmado y completamente diligenciado el formato de Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento. Descárguelo, diligencie completamente y adjúntelo en la plataforma de inscripción, en el espacio destinado para tal fin.
4 Formato de Presupuesto y cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto y Cronograma (dos pestañas), guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota: tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto en el ítem de gastos permitidos y no permitidos a la hora de calcular su presupuesto.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 18 DE 2025
Por medio de la cual se aperturan las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2025 a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
2 RESOLUCIÓN No. 26 DE 2025
Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 18 del 17 de febrero de 2025 que apertura las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2025 a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
3 RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025
Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco de Personas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2025.
4 RESOLUCIÓN No. 87 DE 2025

Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “Beca Creando y Conociendo el Corazón de Bogotá”, del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolso de los reconocimientos económicos asignados.

Listados

Categoría: Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos Categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá
Listado de participantes inscritos Categoría 1: Rutas creativas delcentro de Bogotá 
2 Listados de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar Rutas creativas
Listados de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar Rutas creativas.
3 Listados de propuestas habilitadas y no habilitadas categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá
Listados de propuestas habilitadas y no habilitadas categoría 1: Rutas creativas del centro de Bogotá
Categoría: Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá

Listado de participantes inscritos Categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá

2 Listados de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar Juegos para la familia
Listados de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar Juegos para la familia.
3 Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá.
Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas categoría 2: Juegos para la familia sobre el centro de Bogotá.

Avisos modificatorios

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