BECA BIENAL DE ARTE 2025 – ARQUITECTURA SONORA
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Filarmónica de Bogotá convoca a personas naturales, personas jurídicas y agrupaciones que aporten a la investigación, creación y desarrollo de proyectos que contemplen el sonido como elemento transversal en la concepción del espacio arquitectónico, invitándolos a participar con la creación de una pieza sonora que establezca un diálogo con el espacio, no solo con su arquitectura sino con su intención, teniendo como punto de partida la idea de paisaje sonoro y la memoria de Bogotá, las obras también podrán establecer conexiones desde lo musical, pensado como una partitura social. Deberán ser expuestas en el marco de la Bienal de Arte 2025, del 20 de septiembre al 9 de noviembre en un espacio gestionado por el ganador.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación, Creación
Área(s): Música
Número de estímulos: 1
Total de recursos: $ 23.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
La Filarmónica de Bogotá entregará veintitres millones de pesos ($23.000.000 M/CTE)
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Experta(o) con título profesional en áreas relacionadas con música, artes sonoras, artes plásticas, curadores, galeristas o arquitectura con énfasis en la integración del sonido en el espacio arquitectónico, con experiencia profesional mínima de ocho (8) años.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Experiencia profesional mínima de ocho (8) años.
Área perfil: Música
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Experiencia en áreas relacionadas con música, artes sonoras o arquitectura, artes plásticas, curadores, galeristas con énfasis en la integración del sonido en el espacio arquitectónico, con experiencia mínima de doce (12) años.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Experiencia mínima de doce (12) años.
Área perfil: Música
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | A partir de esta fecha, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la convocatoria, se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co |
Fecha de apertura | 27/02/2025 | A partir de esta fecha puedes acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 01/06/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 04/06/2025 17:00:00 | Hasta esta fecha a las 17:00 puedes realizar la inscripción de la propuesta. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra la propuesta |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 06/06/2025 | En esta fecha publicaremos el listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha contarás con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 31/07/2025 | En esta fecha publicaremos la resolución que designa las propuestas ganadoras. A partir de esta fecha, contarás con diez (10) días hábiles para aceptar el estímulo y entregar los documentos requeridos por la entidad. |
Justificación
La Beca Bienal de Arte 2025 - Arquitectura Sonora invita a la creación de una pieza sonora qué establezca un diálogo con el espacio, no solo con su arquitectura sino con su intención, teniendo como punto de partida la idea de paisaje sonoro y memoria de Bogotá. En el marco de la Bienal de Arte de Bogotá 2025, esta convocatoria pretende potenciar en los espectadores nuevas formas de habitar el espacio y experimentar la ciudad que nos rodea. Invita a proyectos de Arquitectura Sonora que fusionen el arte del sonido, la música, los espacios, la memoria y la arquitectura al poner en primer plano y como componente transversal el sonido, creando así entornos con experiencias.
Objeto
Fomentar la investigación y creación alrededor de la Arquitectura Sonora, aportando en el desarrollo de una pieza sonora o instalación que contemple el sonido como elemento transversal en la concepción de los espacios arquitectónicos, convencionales, o no convencionales, estableciendo conexiones desde lo musical y la memoria de Bogotá, en el marco de la Bienal de Arte 2025. La obra ganadora deberá quedar instalada permanentemente en un espacio convencional o no convencional gestionado por el ganador, ubicado geográficamente en el marco de los recorridos y durante el tiempo de la Bienal de Arte 2025.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Se entiende por persona natural a la ciudadana(o) colombiana(o) o extranjera(o) mayor de 18 años, que presente de manera individual una propuesta para ser ejecutada y que resida de forma permanente en Colombia. |
Persona Jurídica | Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá. A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros mayores de 18 años o extranjeros hasta en un 40%, que residan de manera permanente en Bogotá. |
Agrupación | Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianas(os), o extranjeras(os) hasta en un 40%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá. Estas personas deberán nombrar un representante así como un representante suplente, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. |
Quiénes no pueden participar
Adicionalmente a lo establecido en las Condiciones Generales de Participación:
- No podrás participar si te encuentras incurso en alguna de las causales de restricción de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación
- No podrás participar si no cumples los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad de persona natural participante. | APLICA PARA PERSONA NATURAL En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Para los participantes tipo persona natural deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario no podrán participar. |
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15 MB |
2 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | APLICA PARA PERSONA NATURAL Para obtener información sobre la expedición del certificado en Bogotá, consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia De no ser posible la expedición del certificado, diligencia el formato de declaración juramentada (Ver parte izquierda de ésta página web, sección “Formatos”). Recuerda que la fecha de expedición del documento no debe ser mayor a tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria |
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15 MB |
3 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | APLICA PARA PERSONAS JURÍDICAS Debes adjuntar copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. |
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15 MB |
4 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | APLICA PARA PERSONAS JURÍDICAS Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participas. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberás adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012 Ten presente que, si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, deberás informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. |
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15 MB |
5 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | APLICA PARA AGRUPACIÓN |
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15 MB |
6 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | APLICA PARA AGRUPACIÓN: En un solo PDF debes adjuntar copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. |
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15 MB |
7 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | APLICA PARA AGRUPACIÓN: En un solo PDF adjunta los certificado de residencia expedidos por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, de cada unos de los miembros . Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia De no ser posible la expedición del certificado, diligencia el formato de declaración juramentada (Ver sección “Formatos”) |
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15 MB |
8 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | APLICA PARA PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y AGRUPACIÓN. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA Diligencia el Formato de Presentación de Propuesta Artística. Puedes descargarlo al final de ésta página bajo el apartado “Formatos”. Podrá incluir bocetos, link de audios o videos, que permitan a los jurados evaluar su propuesta. La obra deberá quedar instalada durante el desarrollo de la Bienal del 20 de septiembre al 9 de noviembre en un lugar convencional o no convencional. Y estar ubicada geográficamente cerca o en el marco de alguno de los recorridos definidos para el desarrollo de la misma: Eje ambiental avenida Jimenez, Carrera 7 desde el planetario hasta el parque nacional, Archivo de Bogotá, Centro felicidad de chapinero, Museo de la ciudad autoconstruida. Nota 1 : El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Nota 2: El (la) ganador (a) la convocatoria deberá gestionar el lugar donde se expondrá la obra, así como conseguir todos los permisos requeridos para su ejecución. Esto implica encontrar un sitio apropiado para la exposición, sea este convencional o no convencional, público o privado. Al mismo tiempo, deberá gestionar la autorización de las entidades respectivas, para la instalación de la obra y cualquier modificación en la infraestructura, garantizando que la obra permanezca instalada durante el tiempo de la Bienal de Arte de Bogotá 2025. * Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, escríbenos al correo convocatorias@ofb.gov.co, o contáctanos al telefono 601 288 99 88 ext: 4111 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 pm a 5:00 p.m |
pdf |
15 MB |
2 | Link de Video | Te inscribirás con un video que permita a los jurados conocer un resumen de tu propuesta a manera de pitch. Debe tener una duración de entre dos y cinco minutos, en el que se relate la explicación, el objetivo y el impacto esperado de tu propuesta. El video debe evidenciar el concepto y el valor agregado de la propuesta,tu experiencia y el por qué tu propuesta debe ser escogida como ganadora. Nota 2: el superar este lapso de tiempo descalificará la participación en la convocatoria. Nota 3: el video que muestre la propuesta debe estar previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips. Para la grabación de tu video te recomendamos realizarlo en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de éste. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Innovación y creatividad |
0 a 25 |
2 | Relevancia conceptual y artística |
0 a 25 |
3 | Calidad técnica y viabilidad |
0 a 25 |
4 | Impacto en la percepción del espacio |
0 a 25 |
Nota 4: Para ser adjudicataria del estímulo en cada categoría, las propuestas ganadoras deberán tener un promedio mínimo de 80 puntos. En caso de que sólo uno, o ninguno, alcance el puntaje mínimo, el premio podrá ser declarado desierto. Nota 5: El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Adicional a lo establecido en el numeral 7.5. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tienen derecho a:
1. Recibir el pago del estímulo, que se realizará en dos desembolsos como se indica a continuación:
- Un primer desembolso, equivalente al 80% del valor de la beca, una vez se le comunique la resolución que otorga el premio a los ganadores y éstos cumplan con la entrega y aprobación de la garantía de cumplimiento mencionada en las Condiciones Generales de Participación a nombre de la Filarmónica de Bogotá, la autorización (para agrupaciones) o carta de responsabilidad (para personas jurídicas) para la participación de menores de edad en la propuesta (en caso de que aplique) y los demás deberes, requisitos, documentos y trámites solicitados por la Filarmónica de Bogotá.
- Un segundo y último desembolso, equivalente al 20% del valor de la beca, posterior a la entrega del informe final con sus respectivos soportes y los demás trámites y/o documentos solicitados por la Filarmónica de Bogotá.
- Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
- Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador.
- Los desembolsos se harán con previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
2. Contar con el acompañamiento del equipo designado por el Programa de Fomento en el desarrollo de la propuesta, abarcando aspectos misionales, administrativos, de producción y relacionados con la estrategia de comunicaciones.
3. Hacer uso del hashtag #UnidosATravésDeLaMúsica en las diferentes redes sociales y etiquetar @filarmonibogota
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los deberes contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:
1. Responder oportunamente el correo electrónico de la Orquesta Filarmónica de Bogotá enviado al correo que ha autorizado para recibir este tipo de información, tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de notificación por medio del correo electrónico con la información enviada, para dar respuesta al mismo manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. En caso de que esté de acuerdo con el contenido del acto administrativo, le recomendamos manifestar expresamente su aceptación y entrega de los documentos de legalización del estímulo a la mayor brevedad.
2. Mantener una comunicación asertiva y continua con el equipo de acompañamiento del Programa de Fomento de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Por lo que, de manera oportuna, el ganador reportará el estado de ejecución y otras acciones del proyecto, y responderá a las solicitudes del equipo designado, respecto del desarrollo de su propuesta.
3. Deberás acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como las que formule la Filarmónica de Bogotá.
4.La obra ganadora deberá quedar instalada permanentemente del 20 de septiembre al 9 de noviembre durante el tiempo de la Bienal de Arte 2025 en un espacio convencional o no convencional gestionado por el ganador, ubicado geográficamente cerca o en el Eje ambiental avenida Jimenez, Carrera 7 desde el planetario hasta el parque nacional, Archivo de Bogotá, Centro felicidad de chapinero, Museo de la ciudad autoconstruida.
5. Deberás ejecutar la propuesta en su totalidad de acuerdo al proyecto, cronograma y presupuesto establecidos en los documentos técnicos presentados a la convocatoria.
6. Deberás tramitar una póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo (es decir, que el beneficiario de la Póliza es La ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ)
7. Deberás asumir todos los requerimientos de producción que conlleve la realización de su propuesta, incluyendo los elementos fungibles que el montaje demande (gelatinas, cintas de linóleo, alquiler de equipos, entre otros)
8. Deberás tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
9. Deberás asistir puntualmente a las reuniones y actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Filarmónica de Bogotá y aportar la documentación requerida por la Filarmónica de Bogotá para efectos de divulgación (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), en las fechas señaladas por la entidad.
10. Incluir según manual de comunicaciones y lineamientos, los logos Institucionales en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta. Recuerde que antes de su difusión o impresión este material debe tener la aprobación del equipo de comunicaciones de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional; el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las entidades.
11. Deberás suscribir los documentos que autorizan la reproducción de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requiera la Filarmónica de Bogotá y las alianzas que para tal fin se suscriban. Deberás diligenciar el formato de derechos de autor que te enviará la persona responsable de seguimiento desde la Filarmónica de Bogotá.
12. Es tu deber hacerte responsable de todas las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda.
13. Es tu deber comprometerte a tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos en materia de derechos de autor, conexos y de imagen, para su uso en la propuesta ganadora, si no eres el titular de los derechos correspondientes.
14. Deberás seguir las indicaciones proporcionadas por el equipo de acompañamiento del Programa de Fomento de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, con relación a la presentación de los documentos, soportes de ejecución y de gastos requeridos para los informes parciales y finales.
15. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación ganadora, el representante principal debe solicitarlo a través de la plataforma SICON, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores, adjuntando una carta de solicitud y los documentos administrativos y la hoja de vida del nuevo integrante. Vencido este plazo, el cambio de integrante sólo podrá solicitarse por causas debidamente justificadas o motivadas, las cuales serán estudiadas, y aprobadas o no, por la entidad que oferta la convocatoria.
16. Los demás señalados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato de Presentación de la Propuesta
(archivo Word o PDF) |
Formato de Presentación de la Propuesta |
2 |
Formato de Declaración Juramentada
(archivo Word o PDF) |
Formato de Declaración Juramentada |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución No 022 del 19 de febrero de 2025
|
“Por la cual se ordena la apertura y publicación de las Convocatorias de la Orquesta Filarmónica Bogotá para la vigencia 2025, en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte” |
2 |
Resolución No 192 del 08 de julio de 2025
|
"Por la cual se acoge la decisión final del comité de Evaluación, Selección, Designación y Reconocimiento económico de los Jurados de las convocatorias "BECA BIENAL DE ARTE 2025 - ARQUITECTURA SONORA Y PREMIO TALENTOS FILARMÓNICOS" |
3 |
Resolución No 221 del 31 de julio de 2025
|
Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de las convocatorias "BECA BIENAL DE ARTE 2025 - ARQUITECTURA SONORA", del Programa Distrital de Estímulos 2025 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico. |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
LIstado de propuestas Inscritas
|
Listado de propuestas Inscritas |
2 |
Listado de propuestas Por subsanar, habilitadas y no habilitadas
|
Listado de propuestas por subsanar, habilitadas y no habilitadas |
3 |
Listado de propuestas habilitadas
|
Listado de propuestas habilitadas |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Aviso Modificatorio No 4
|
La Orquesta Filarmónica de Bogotá procede a modificar parcialmente el cronograma de la convocatoria, en relación con las siguientes fechas: |
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria