BECA LEP “CULTURA BOGOTÁ” PARA LA CIRCULACIÓN INTERNACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
Ley de espectáculos públicos
Descargue aquí la convocatoria en PDF Participar en esta convocatoriaPara participar, inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria
Ver condiciones de participación
¡IMPORTANTE!
REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES
04/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
Apoyar la circulación internacional de artistas y creadores bogotanos pertenecientes al sector de las artes escénicas, para su presentación y posicionamiento en eventos y escenarios internacionales reconocidos de las artes escénicas. Se espera apoyar la puesta en escena de presentaciones en vivo de obras y espectáculos en las áreas de música, danza, teatro, circo sin animales y magia. La ejecución del estímulo permitirá potenciar la estrategia de internacionalización de Bogotá, así como visibilizar a sus artistas y creadores, permitiendo así fortalecer su desarrollo a nivel técnico y profesional.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Arte dramático,Danza,Música,Circo,Magia
Total de recursos: $ 500.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se entregarán estímulos por recomendación del jurado por un valor entre los veinte ($20.000.000) y cien millones de pesos ($100.000.000) cada uno, hasta agotar el valor de los recursos disponibles en la bolsa.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en cualquier área del conocimiento con título de posgrado y experiencia mínima de cinco (5) años en la dirección, producción, montaje, curaduría, programación y circulación de espectáculos de las artes escénicas (danza,teatro,música,circo sin animales).
Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Experiencia mínima de cinco (5) años en la producción, montaje, curaduría, programación y circulación de espectáculos de las artes escénicas (danza,teatro,música,circo sin animales y magia).
Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Profesional en Bellas Artes o ciencias de la educación con experiencia mínima de cinco (5) años en actividades de producción, dirección, actuación, interpretación, curaduría, programación y circulación de espectáculos de las artes escénicas (danza, teatro, circo sin animales, magia, música).
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Experiencia mínima cinco (5) años en actividades de producción, dirección, actuación, interpretación, curaduría, programación y circulación de espectáculos de las artes escénicas (danza, teatro, circo, magia, música).
Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Profesional en Bellas Artes,ciencias de la educación, Ciencias Sociales y Humanas con experiencia mínima de cinco (5) años en la formulación, ejecución o programación de proyectos artísticos y culturales relacionados con las artes escénicas.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Experiencia mínimo de cinco (5) años en la formulación, ejecución o programación de proyectos artísticos y culturales relacionados con las artes escénicas.
Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 10/04/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co |
Fecha de apertura | 22/04/2025 | Inicio proceso de inscripción de propuestas |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 19/05/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 22/05/2025 17:00:00 | Finalización del proceso de inscripción de propuestas |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 04/06/2025 | A partir de este momento los participantes cuentan con tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados o remitir solicitudes de aclaración sobre el proceso de verificación de documentos. |
Publicación de listado de elegibles | 21/07/2025 | Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro y se realice la correspondiente publicación de la resolución de ganadores por parte de la SCRD. |
Fecha máxima de ejecución | 30/04/2026 | Corresponde a la fecha máxima en la cual se podrá adelantar la puesta en escena de la circulación internacional. |
Justificación
La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos, “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”, fue creada con el propósito de regular y formalizar el sector de los espectáculos públicos en Colombia, y así resolver una serie de dificultades que enfrentaban los productores de espectáculos públicos de las artes escénicas en materia de carga tributaria, trámites, escenarios poco dotados, altos costos en la producción, entre otros, por lo cual generó algunas medidas que favorecieron al flujo de la producción de este tipo de espectáculos en el país y en su Capítulo II estableció la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los eventos de esta naturaleza a nivel municipal o distrital y que equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($149.397 para el año 2025).
A través de la Ley 2070 de 2020, se modificaron las líneas de inversión del recaudo, el cual hasta esa fecha estaba centrado en la construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de infraestructura cultural. A partir del Decreto 639 de 2021 se reglamenta parcialmente esta Ley y se establecen las orientaciones para ejecutar los recursos de la Contribución Parafiscal en la línea de Circulación y Producción, definida de la siguiente manera:
- Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
- Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
En cumplimiento con lo señalado en el Artículo 3. del Decreto Distrital 321 de 2022 en lo que se refiere a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) como entidad ordenadora del gasto y en línea con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Bogotá camina segura, destinará estos recursos a la realización de actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas a través convocatorias públicas, contribuyendo así con el objetivo de incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad.
Por lo anterior, esta beca se crea dando cumplimiento a los lineamientos normativos establecidos para favorecer a los productores de espectáculos públicos de artes escénicas en Bogotá, así como para garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados por la Ley 1493 de 2011 en lo que respecta a fomentar procesos de circulación cultural de las artes escénicas a nivel internacional.
Objeto
Apoyar la circulación internacional de artistas y creadores bogotanos pertenecientes al sector de las artes escénicas, para su presentación y posicionamiento en eventos y escenarios internacionales reconocidos de las artes escénicas. Se espera apoyar la puesta en escena de presentaciones en vivo de obras y espectáculos en las áreas de música, danza, teatro, circo sin animales y magia. La ejecución del estímulo permitirá potenciar la estrategia de internacionalización de Bogotá, así como visibilizar a sus artistas y creadores, permitiendo así fortalecer su desarrollo a nivel técnico y profesional.
El desarrollo de la circulación internacional incluye, pero no se limita, a la participación en:
- Mercados y festivales internacionales.
- Funciones únicas o temporadas en escenarios reconocidos
- Giras y circuitos de circulación
- Ferias o encuentros internacionales
De acuerdo con las siguientes condiciones:
- Los y las participantes deberán proponer la circulación internacional de por lo menos una (1) obra de su repertorio, en cualquier género o disciplina de las artes escénicas convocadas. En caso de que se deseen circular obras de terceros, se deberá contar con las debidas autorizaciones y dar cumplimiento a la normatividad vigente en materia de derecho de autor.
- Adelantar las gestiones necesarias para participar con por lo menos una (1) obra o espectáculo escénico en vivo en un evento o escenario internacional reconocido en el ámbito de las artes escénicas. La circulación podrá realizarse a partir de la publicación de la resolución de ganadores y legalización del estímulo, previsto para el mes de octubre de 2025, previo cumplimiento de las fechas y plazos establecidos de acuerdo con el cronograma de la convocatoria y máximo hasta abril de 2026.
- Describir detalladamente en el formato de presentación de la propuesta, el contenido de la(s) obra(s) o producto(o) escénico(s) a circular, donde sea posible reconocer la calidad estética y artística, el tiempo de duración y la trayectoria de la puesta en escena; la cantidad de artistas y personal de apoyo técnico, logístico y artístico; los recursos técnicos, escenográficos y logísticos requeridos. Se recomienda anexar a la propuesta escrita, los soportes correspondientes al diseño visual del espectáculo, el plano de la puesta en escena, el repertorio musical, el texto dramatúrgico, el rider técnico, y todos aquellos soportes que permitan conocer cómo será el desarrollo técnico y artístico de la puesta en escena.
- Relacionar en el formato de presentación de propuesta el nombre, país y ciudad, características y fecha de realización del mercado, festival, circuito, feria o encuentro al que proponen asistir.
- Anexar copia de la documentación necesaria en materia migratoria de ingreso al país de destino (visa o pasaporte), de igual forma deberá contar con los demás permisos o requerimientos para el viaje.
- Contar con cartas de invitación de los espacios internacionales de circulación (mercado, festival, circuito, feria o encuentro al que se propone asistir), siguiendo las indicaciones especificadas en esta convocatoria, en la sección de Documentos técnicos para la evaluación.
- Los recursos producto del estímulo otorgado por la SCRD en el marco de esta convocatoria podrán financiar hasta el setenta por ciento (70%) del valor total de la propuesta de circulación y todas aquellas actividades inherentes a la realización del producto escénico. En ningún caso podrán usarse los recursos LEP para los costos asociados a visados, vacunas, permiso de salida o ingreso a los países, entre otros. Lo anterior de conformidad con lo señalado en la Guia LEP de gastos permitidos y no permitidos. El valor restante de la propuesta deberá ser financiado por recursos propios o de terceros, aportes que deben verse reflejados en el presupuesto.
- Como resultado de la ejecución del estímulo, las y los participantes deberán incluir dentro de su propuesta, el desarrollo de actividades asociadas a la socialización de resultados y gestión de conocimiento que permitan compartir los logros, impacto, aprendizajes y experiencias adquiridas, así como de oportunidades para otros artistas y gestores culturales, producto de su participación en los eventos y escenarios de circulación internacional establecidos en la presente convocatoria. Esta actividad no puede ser cubierta con recursos del estímulo y debe ser gestionada por el ganador.
- En desarrollo de la circulación, la propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación que incluya la marca de ciudad “Cultura Bogotá”, que permita visibilizar el apoyo a dicho proceso, así como que las actividades organizadas lleguen a la comunidad, actores interesados y público general de la ciudad.
- No se podrán destinar recursos del estímulo a actividades que se realicen fuera de las fechas, lugares y necesidades diferentes a las estipuladas dentro de la propuesta, de acuerdo con las condiciones de la puesta en escena y el mercado, festival, circuito, feria o encuentro al que proponen asistir.
Las propuestas deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- En cumplimiento de la Ley 1493 de 2011, esta convocatoria, en su línea circulación, apoyará aquellas acciones que sean orientadas a la materialización de espectáculos públicos de las artes escénicas que ya hayan superado la etapa de creación.
- La circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas incluye, entre otras actividades, el montaje in situ, escenografía, vestuario, iluminación, sonido, escenarios y artistas.
- Las actividades propuestas deben contemplar los tiempos correspondientes a la programación de los eventos escenarios gestionados, trámites de permisos, visados, reservas y demás asociados a viajes internacionales, trámites administrativos para la legalización del estímulo, registro en plataforma PULEP (en caso de requerirse) y todas aquellas acciones externas que puedan alterar los cronogramas de ejecución.
- Las propuestas presentadas para participar por los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir actividades relacionadas con la creación de espectáculos de las artes escénicas, procesos de formación de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas (ver Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.
Nota 1. Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.
Nota 2: Es responsabilidad de los participantes conocer, tramitar y contar con la documentación necesaria para la movilidad internacional y diligencias requeridas ante terceros para el cumplimiento de los requisitos de esta convocatoria (visas, permisos, vacunación, entre otras). La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte no gestionará ningún documento ni permiso necesario para el traslado de los ganadores a su lugar de destino.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, con residencia permanente en Bogotá, que de manera individual presenta una propuesta de circulación internacional, en la cual deberá ser el/la único(a) intérprete en escena en alguna de las áreas artísticas convocadas y contar con una trayectoria mínima de cinco (5) años a la fecha de cierre de esta convocatoria. |
Agrupación | Agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) integrantes mayores de edad, residentes en la ciudad de Bogotá, y que acrediten como agrupación, mínimo cinco (5) años de trayectoria en la realización de proyectos artísticos y culturales asociados con la producción y circulación de espectáculos o eventos de las artes escénicas (danza, música, teatro, circo sin animales), que deberá ser debidamente soportada. La experiencia relacionada debe corresponder a la agrupación y los soportes deben encontrarse a nombre de la misma. No se tendrán en cuenta soportes que de manera individual presenten las personas que integran la agrupación. Nota 3: Los(as) integrantes de la agrupación son quienes conforman el equipo de trabajo, es decir las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos -que además deberán registrarse en el formulario de la plataforma SICON, más no necesariamente a los artistas en escena, obligatoriamente vinculados a la circulación de la puesta en escena. |
Persona Jurídica | Personas jurídicas sin ánimo de lucro (ESAL), pertenecientes al sector de las artes escénicas que cuente con mínimo cinco (5) años de trayectoria en producción y circulación artística asociada con las artes escénicas (danza, música, teatro y circo sin animales), que deberá ser debidamente soportada. La experiencia relacionada debe corresponder a la persona jurídica y los soportes deben encontrarse a nombre de la misma. La persona jurídica deberá contar con domicilio en Bogotá y garantizar la conformación de un equipo de trabajo de mínimo cinco (5) integrantes. Nota 4: El equipo de trabajo se refiere a las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos, más no necesariamente a los artistas en escena, obligatoriamente vinculados a la circulación de la puesta en escena. La conformación del equipo de trabajo se verificará a través del Formato 2. Presupuesto/cronograma /equipo |
Quiénes no pueden participar
- No podrán presentarse personas naturales, personas jurídicas sin ánimo de lucro o agrupaciones ganadoras de becas e invitaciones culturales de circulación internacional en artes escénicas ofertadas en el marco del Programa Distrital de Estímulos - PDE y el Programa de Invitaciones Culturales en el año 2024 y 2025 (Beca de Circulación Internacional Teatro y Circo 2025, Beca de Circulación Internacional, Ciudad Escenario 2024).
- Quienes se establezcan las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad de persona natural participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
2 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
3 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
15 MB |
4 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
5 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
6 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
15 MB |
7 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
8 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
9 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Descargue el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria. Incluya en el item correspondiente, el link al video de sustentación de la propuesta de acuerdo con las especificaciones señaladas en el formato. |
pdf |
15 MB |
2 | Formato presupuesto/cronograma/equipo | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato 2.presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrese de diligenciar completamente las hojas correspondientes al presupuesto, cronograma de actividades y equipo de trabajo, de acuerdo con lo solicitado en la convocatoria. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. Nota 5. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en la propuesta diligenciada en el Formato 1. Formato presentación de propuesta. Nota 6. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guía de gastos permitidos y no permitidos”. Solo se aceptarán gastos permitidos según la normatividad vigente en relación con los recursos LEP. |
xlsx |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia o trayectoria | Presente, en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (persona natural, agrupación o persona jurídica) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos. Nota 8. No se consideran válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes. Nota 9. Es necesario incluir enlaces o links de videos publicados sin restricciones de acceso en diferentes plataformas y redes sociales que permitan evidenciar la trayectoria de la agrupación en escena. |
pdf |
15 MB |
4 | Cartas de invitación | Anexar la(s) carta(s) de invitación para el desarrollo de la circulación internacional en el cual se realizarán las presentaciones en vivo. Las cartas deberán contener como mínimo la siguiente información:
Las cartas deberán estar firmadas y expresar con claridad la intención y disponibilidad para el desarrollo de las presentaciones en vivo. Nota 10. Se otorgará mayor puntaje a quienes demuestren que la entidad que realiza la invitación destina un presupuesto para el desarrollo de la circulación. Nota 11. En el caso de propuestas consistentes en desarrollo de giras o circuitos que incluyan más de un evento o escenario de artes escénicas, se deberá anexar carta de invitación por cada uno. Nota 12. Para el caso de invitaciones que se encuentren en idiomas diferentes al Español, se debe adjuntar traducción realizada por traductor oficial debidamente certificado. |
pdf |
15 MB |
5 | Pasaporte vigente | Anexe copia legible del pasaporte de la persona natural o de la totalidad de los integrantes que realizaran la circulación. En los casos que corresponda, se debe incluir la visa de ingreso vigente al país de destino. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Coherencia temática, técnica y artística de la propuesta: Se evaluará la congruencia entre los componentes de la propuesta: justificación, objetivos, cronograma, especificaciones artísticas, planteamiento técnico de la circulación, definición de roles de los miembros del equipo de trabajo; y equilibrio de estos en relación con las necesidades operativas, creativas, logísticas y administrativas de la propuesta. Se valorará la vinculación y alianzas estratégicas en red con otras organizaciones o agentes del sector para el desarrollo de la propuesta. |
0 a 25 |
2 | Alcance del proceso de circulación: se evaluará la relevancia e importancia del proceso de circulación en términos de la naturaleza, idoneidad, trayectoria y trascendencia del evento o escenario en el marco del cual se realizará la ejecución de la propuesta, así como el número de funciones a realizar. |
0 a 25 |
3 | Eficiencia en la destinación del presupuesto y fuentes de financiación adicionales: Se evaluará que el presupuesto y uso de los recursos del estímulo responda al objeto de la convocatoria, sea coherente y permita el desarrollo de la propuesta. Se valorará la priorización de recursos destinados a las necesidades técnicas propias de la puesta en escena, más que a gastos logísticos; así como la existencia de fuentes adicionales de cofinanciación principalmente en rubros como el pago de honorarios, tiquetes, hospedaje, alimentación, entre otros. |
0 a 20 |
4 | Trayectoria y puesta en escena de la propuesta que va a circular: Se evaluará el grado de consolidación de la puesta en escena, su trayectoria en otros escenarios o eventos de circulación, número de funciones previas realizadas y su calidad técnica. |
0 a 20 |
5 | Comunicación y divulgación: Se evaluarán las estrategias orientadas a comunicar y visibilizar el desarrollo de la propuesta, su impacto para la circulación internacional de las artes escénicas de Bogotá, así como su estrategia de gestión del conocimiento y de posicionamiento de la marca de ciudad “Cultura Bogotá” |
0 a 10 |
Nota 13. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador(a) tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:
- Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025.
- Un segundo desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD para tales efectos, y la presentación y aprobación por el área misional del informe de ejecución de actividades y la relación de gastos, con sus respectivos soportes, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la entidad.
Nota 15. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025:
- Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2025.
- Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD en atención a la estrategia de internacionalización del sector, para lo cual el ganador deberá atender los requerimientos que le sean realizados, en particular los referentes a la visibilización de la circulación internacional y su impacto.
- Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación.
- Informar a la SCRD a través de correo electrónico sobre cualquier ajuste o modificación en el presupuesto aprobado, las actividades o cronograma de la propuesta. No se podrá avanzar en la ejecución de las actividades si se han presentado cambios que no hayan sido puestos en conocimiento y autorizados por la SCRD.
- Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar la propuesta.
- Tramitar con antelación los permisos y autorizaciones (incluyendo visados y demás requeridos para viajes internacionales) pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca. En caso de no lograr el cumplimiento de los requisitos para la movilidad, el ganador deberá renunciar al estímulo y devolver los recursos en caso que ya se hayan realizado desembolsos por parte de la SCRD.
- Garantizar el cumplimiento de la normatividad relacionada con derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993. Así como encontrarse a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, en los casos que corresponda cumplir con esta obligación.
- Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final), en los plazos indicados por la SCRD,siguiendo el formato suministrado por la entidad. En donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes y los soportes financieros de ejecución de los recursos del estímulo.
- Entregar la sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución de la propuesta y realizar la actividad de gestión del conocimiento señalada en su propuesta.
- Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
- Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional Programa Distrital de Estímulos - PDE, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la propuesta ganadora. Ias piezas deben incluir la marca de ciudad “Cultura Bogotá”
- Es obligatorio que en cualquier comunicado de prensa, publicación en diferentes medios, redes sociales y canales de comunicación dar el crédito a la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, incluir la marca de ciudad “Cultura Bogotá”, etiquetar @Culturaenbta, y señalar que la circulación se da en el marco de la Beca LEP “Cultura Bogotá” para la circulación internacional de las artes escénicas
- Las y los ganadores se comprometen a garantizar la imagen reputacional del PDE y las entidades que lo ejecutan, así como dar manejo adecuado y pertinente a esta; suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos se requiera. La ganadora o ganador mantendrá indemne al PDE y a las entidades que lo ejecutan ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
- Las y los ganadores se comprometen a tramitar una póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo (es decir, que el beneficiario de la Póliza es La SECRETARÍA DE CULTURA,RECREACIÓN Y DEPORTE DE BOGOTÁ)
- Las y los ganadores son responsables de todas las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. Ante cualquier reclamación de terceros, serán las y los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que correspondan.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos
|
Documento para verificar el tipo de gasto que permite la Ley de acuerdo con las líneas de circulación y producción |
2 |
Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
|
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato 1. Presentación de propuesta
(archivo Word o PDF) |
Formato 1. Presentación de propuesta Beca LEP “Cultura Bogotá” para la circulación internacional de las artes escénicas |
2 |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo
(archivo Word o PDF) |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo - Beca LEP “Cultura Bogotá” para la circulación internacional de las artes escénicas |
3 |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2025
(archivo Word o PDF) |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2025 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 210 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025.
|
Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias “BecaLEP comparte lo que sabes”, “Beca LEP para la producción y circulación de Bandas de Marcha”, “Beca LEP circulación de espectáculos de las artes escénicas CEFE – BibloRed”, “Beca LEP - Universos Navideños” y“Beca LEP Cultura Bogotá para la circulación internacional de las artesescénicas” del Programa Distrital de Estímulos PDE 2025 de la SecretaríaDistrital de Cultura, Recreación y Deporte. |
Listados

No se encontró contenido en esta sección
Avisos modificatorios

No se encontró contenido en esta sección
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria