BECA LEP PARA LA PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE BANDAS DE MARCHA
Ley de espectáculos públicos
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04/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
Promover y exaltar la interdisciplinariedad cultural y artística de las Bandas de Marcha de Bogotá a través de la producción y circulación de puestas en escena de gran formato que se desarrollen en el espacio público de Bogotá, que promuevan el desarrollo cultural, propicien espacios de encuentro seguro, diverso y creativo con la comunidad y fomenten el talento de los artistas de este sector.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción
Área(s): Música
Número de estímulos: 16
Total de recursos: $ 400.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
El valor de cada estímulo es de veinticinco millones de pesos ($25.000.000).
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en Bellas Artes o Ciencias de la Educación, con experiencia mínima de cuatro (4) años en el montaje, creación, dirección o circulación de proyectos artísticos relacionados con las artes escénicas o bandas de marcha.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Experiencia mínima de cuatro (4) años en el montaje, creación o circulación de proyectos artísticos relacionados con las artes escénicas o bandas de marcha.
Área perfil: Arte dramático , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Profesional en Bellas Artes o Ciencias de la educación con experiencia mínima de cuatro (4) años en el desarrollo de proyectos de formación artística relacionados con artes escénicas o bandas de marcha.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Experiencia mínima de cuatro (4) años en el desarrollo de proyectos de formación artística relacionados con artes escénicas o bandas de marcha.
Área perfil: Arte dramático , Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 3
Experto sin título universitario, con experiencia mínima de cinco (5) años en el montaje, creación, dirección o circulación de proyectos musicales.
Área conocimiento: No aplica
Campo de experiencia:
Cinco (5) años en el montaje, creación, dirección o circulación de proyectos musicales.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar , Música
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 10/04/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co. |
Fecha de apertura | 22/04/2025 | Inicio proceso de inscripción de propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 19/05/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 22/05/2025 17:00:00 | Finalización del proceso de inscripción de propuestas. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 04/06/2025 | A partir de este momento las y los participantes cuentan con tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados o remitir solicitudes de aclaración sobre el proceso de verificación de documentos. |
Publicación de listado de elegibles | 18/07/2025 | Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro, y se publique la correspondiente resolución de ganadores por parte de la Secretaría de Cultura. |
Fecha máxima de ejecución | 30/12/2025 | Fecha límite hasta la cual debe proyectarse la ejecución del estímulo incluida la entrega del informe final. |
Justificación
La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos, “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”, fue creada con el propósito de regular y formalizar el sector de los espectáculos públicos en Colombia, y así resolver una serie de dificultades que enfrentaban los productores de espectáculos públicos de las artes escénicas en materia de carga tributaria, trámites, escenarios poco dotados, altos costos en la producción, entre otros, por lo cual generó algunas medidas que favorecieron al flujo de la producción de este tipo de espectáculos en el país y en su Capítulo II estableció la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los eventos de esta naturaleza a nivel municipal o distrital y que equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($149.397 para el año 2025).
A través de la Ley 2070 de 2020, se modificaron las líneas de inversión del recaudo, el cual hasta esa fecha estaba centrado en la construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de infraestructura cultural. A partir del Decreto 639 de 2021 se reglamenta parcialmente esta Ley y se establecen las orientaciones para ejecutar los recursos de la Contribución Parafiscal en la línea de Circulación y Producción, definida de la siguiente manera:
Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
En cumplimiento con lo señalado en el Artículo 3. del Decreto Distrital 321 de 2022 en lo que se refiere a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) como entidad ordenadora del gasto y en línea con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan Distrital de Desarrollo Bogotá camina segura, destinará estos recursos a la realización de actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas a través de convocatorias públicas, contribuyendo así con el objetivo de incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad.
Por lo anterior, esta beca se crea dando cumplimiento a los lineamientos normativos establecidos para favorecer a los productores de espectáculos públicos de artes escénicas en Bogotá, así como para garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados por la Ley 1493 de 2011.
En el marco del Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Camina Segura 2024-2027, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, a través de su Subdirección de Gestión Cultural y Artística, busca impulsar iniciativas que fortalezcan el ecosistema artístico y cultural de la ciudad. Entre sus prioridades está promover procesos integrales relacionados con la creación, formación, investigación, circulación y apropiación del arte. En este contexto, se plantea establecer acuerdos con la Mesa Distrital de Bandas de Marcha para implementar acciones que beneficien y potencien el desarrollo de este sector.
Objeto
Promover y exaltar la interdisciplinariedad cultural y artística de las Bandas de Marcha de Bogotá a través de la producción y circulación de puestas en escena de gran formato que se desarrollen en el espacio público de Bogotá, que promuevan el desarrollo cultural, propicien espacios de encuentro seguro, diverso y creativo con la comunidad y fomenten el talento de los artistas de este sector.
Para esto, las agrupaciones y personas jurídicas participantes deberán presentar propuestas de gran formato, que se desarrollen en el espacio público, para la realización de una puesta en escena que permita apreciar la combinación y armonía de los elementos musicales, expresivos, performáticos y estéticos que caracterizan a las bandas de marcha.
Los(as) ganadores(as) deberán realizar una (1) presentación, que será concertada con la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Para esta convocatoria se entiende como presentación un desfile que debe incluir una puesta en escena de la Banda en los puntos de inicio y fin del recorrido acordado, en la que deben participar mínimo cincuenta (50) artistas en escena con la ejecución de por lo menos cuatro (4) obras musicales diferentes en su repertorio.
Para esta presentación, las bandas deben utilizar únicamente instrumentos de viento como maderas y metales, e instrumentos de percusión específicos de las bandas de marcha. No se acepta el uso de instrumentos eléctricos, electrófonos o electroacústicos en el desarrollo de la propuesta.
Será necesario que las propuestas incluyan la descripción de los elementos que usarán en la presentación, como:
- Modalidad
- Categoría
- Color guard bandas de marcha (Planimetría y desplazamiento)
- Aproximación estética e impacto visual
- Tiempo del desplazamiento
- Repertorio
- Descripción de la puesta en escena inicial y puesta en escena final
Las agrupaciones y personas jurídicas seleccionadas como ganadoras serán responsables de la preproducción, producción y postproducción de sus puestas en escena, garantizando la totalidad de los permisos, los recursos técnicos y logísticos necesarios acorde al espacio(s) seleccionado(s), para ello se sugiere gestionar alianzas o articulación con organizaciones, establecimientos comerciales, entidades o gestores.
Las propuestas deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- En cumplimiento de la Ley 1493 de 2011, esta convocatoria, en su línea de producción y circulación, apoyará aquellas acciones que sean orientadas a la materialización del espectáculo público de las artes escénicas y ya hayan surtido la etapa de creación.
- Las propuestas presentadas para participar por los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir actividades relacionadas con la creación de espectáculos de las artes escénicas, procesos de formación de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas (ver guía de gastos permitidos y no permitidos).
- Las actividades propuestas deben contemplar los tiempos correspondientes a la programación de los espacios gestionados, trámites de permisos, registro en plataforma PULEP y todas aquellas acciones externas que puedan alterar los cronogramas.
- La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.
Nota 1. Las Bandas de Marcha podrán incluir, para realización de su puesta en escena la participación de menores de edad, para lo cual deberán contar con la Autorización para participación de menores de edad y de uso de imagen, firmado por uno de los padres o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación en la propuesta, anexando: fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente. De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente. Así mismo, el ganador deberá ser responsable de la integridad y seguridad de su el equipo de trabajo y artistas que participen de la puesta en escena. En todo caso este documento se debe anexar en el proceso de inscripción junto al formato de presentación de propuesta.
Nota 2. Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para dar aportes o comentarios a la misma. Los aportes o comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Agrupación | Agrupaciones conformadas por mínimo cuatro (4) integrantes, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá, que acrediten como agrupación de banda de marcha la realización de mínimo cinco (5) presentaciones durante mínimo dos (2) años diferentes al momento de inscribirse en la convocatoria. Nota 3. Tenga presente que los(as) integrantes de la agrupación son quienes conforman el equipo de trabajo, es decir las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos -que además deberán registrarse en el formulario de la plataforma SICON y en el Formato 2. Presupuesto/ Cronograma/Equipo, más no a los(as) artistas en escena. Sin que esto signifique que los(as) integrantes de la agrupación no puedan hacer parte de la puesta en escena. |
Persona Jurídica | Personas Jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social se encuentre relacionado con el objeto de la convocatoria. La persona jurídica deberá contar con domicilio en Bogotá y garantizar la conformación de un equipo de trabajo de cuatro (4) integrantes. La banda de marcha debe acreditar la realización de mínimo cinco (5) presentaciones durante dos (2) años diferentes, además deberá garantizar tener en escena mínimo cincuenta (50) artistas. Nota 4. El equipo de trabajo, se refiere a las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos, más no a los(as) artistas en escena. La información de los integrantes del equipo se verificará en el Formato 2. Presupuesto/ Cronograma/Equipo. |
Quiénes no pueden participar
- Además de las que establezcan las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, las Bandas de Marcha que no residan en Bogotá D.C.
- Organizaciones, fundaciones, personas jurídicas que no tengan la trayectoria, el concepto y la estética musical de las Bandas de Marcha.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
3 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
4 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
15 MB |
5 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
6 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
7 | Autorización para la participación de menores de edad | En el caso que la propuesta incluya la participación de menores de edad, adjunte la Autorización para participación de menores de edad y de uso de imagen, firmado por uno de los padres o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación en la propuesta, anexando: fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente. De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente. Este documento se debe adjuntar por cada uno de los menores que hagan parte de la puesta en escena de la Banda de Marcha. |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección “Formatos” diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado, guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria. En el formato de presentación de la propuesta se deberá incluir en el item señalado, el link al video de sustentación de la propuesta donde se presente la idea central de la propuesta y un acercamiento a lo que será la puesta en escena. |
pdf |
15 MB |
2 | Formato presupuesto/cronograma/equipo | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrese de diligenciar completamente las hojas correspondientes al equipo de trabajo, cronograma de actividades y presupuesto. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. Nota 5. El presupuesto debe incluir todos los requerimientos técnicos necesarios para la realización de la puesta en escena, planteada en el Formato de presentación de propuesta. |
xlsx |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia o trayectoria | Presente en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, links, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre de la agrupación o la persona jurídica participante y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos. Nota 7. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Propuesta musical y calidad de la puesta en escena: Se evaluarán los aspectos sonoros, melódicos, rítmicos, instrumentales y calidad del sonido. Así como los aspectos estéticos escénicos de la propuesta, conformada, entre otros, por vestuario y propuesta de movilidad, desplazamiento o planimetría que potencien la puesta en escena y/o Color Guard. |
0 a 30 |
2 | Creatividad y originalidad: Se evaluarán los aspectos creativos, innovadores y/u originales de la puesta en escena en formato de bandas de marcha. |
0 a 30 |
3 | Viabilidad presupuestal: Se evaluará el presupuesto presentado frente a los rubros para el desarrollo de la puesta en escena. |
0 a 25 |
4 | Comunicación y divulgación: Se evaluarán las estrategias para la convocatoria de vinculación de públicos y beneficiarios, plan de comunicaciones y visibilización de la propuesta. |
0 a 15 |
Nota 8. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 9. En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio Propuesta musical y calidad de la puesta en escena. De persistir el empate, se acudirá al criterio Creatividad y originalidad. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, tendrán derecho a:
- Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las “Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025”.
- Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte de las y los ganadores y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Nota 10. Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja - PAC. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente, y deberá ser asumido por las y los ganadores , dependiendo de su calidad tributaria.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025:
- Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2025.
- Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
- Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
- Informar a la SCRD a través de correo electrónico sobre cualquier ajuste o modificación en el presupuesto aprobado, las actividades o cronograma de la propuesta. No se podrá avanzar en la ejecución de las actividades si se han presentado cambios que no hayan sido puestos en conocimiento y autorizados por la SCRD.
- Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica o el representante de la agrupación, deberá realizar, el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP https://pulepapp.mincultura.gov.co/ y remitir el certificado a la SCRD una vez se le sea solicitado, en los tiempos establecidos.
- Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP e incluir en todas las piezas de difusión, el código PULEP asociado a la actividad registrada en la plataforma https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx
- Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
- Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
- Garantizar el cumplimiento de la normatividad relacionada con derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993. Así como encontrarse a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, en los casos que corresponda cumplir con esta obligación.
- En el caso de realizar eventos públicos, los ganadores deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idiger https://app.sire.gov.co:8443/complejidades/. Los eventos que por sus características sean clasificados como de media complejidad, deberán contar con la autorización correspondiente ante la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la plataforma del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), según lo establecido en los Decretos 599 de 2013 y 470 de 2021.
- Acatar las disposiciones legales vigentes, en general además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
- Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final), en los plazos indicados por la SCRD,siguiendo el formato suministrado por la entidad. En donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
- Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
- Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional Programa Distrital de Estímulos - PDE, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la propuesta ganadora.
- Las y los ganadores se comprometen a garantizar la imagen reputacional del PDE y las entidades que lo ejecutan, así como dar manejo adecuado y pertinente a esta; suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos se requiera. La ganadora o ganador mantendrá indemne al PDE y a las entidades que lo ejecutan ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos
|
Documento para verificar el tipo de gasto que permite la Ley de acuerdo con las líneas de circulación y producción |
2 |
Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
|
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato 1. Presentación de propuesta
(archivo Word o PDF) |
Formato 1. Presentación de propuesta. Beca LEP para la producción y circulación de Bandas de Marcha |
2 |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo
(archivo Word o PDF) |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo Beca LEP para la producción y circulación de Bandas de Marcha |
3 |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2025
(archivo Word o PDF) |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2025 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 210 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025
|
Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias “BecaLEP comparte lo que sabes”, “Beca LEP para la producción y circulación de Bandas de Marcha”, “Beca LEP circulación de espectáculos de las artes escénicas CEFE – BibloRed”, “Beca LEP - Universos Navideños” y“Beca LEP Cultura Bogotá para la circulación internacional de las artes escénicas” del Programa Distrital de Estímulos PDE 2025 de la SecretaríaDistrital de Cultura, Recreación y Deporte. |
Listados

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