BECA LEP RUTAS CULTURALES 24/7
Ley de espectáculos públicos
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05/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
Fortalecer la producción y circulación de circuitos de música en vivo, donde productores, programadores, artistas y espacios culturales establezcan alianzas para ofrecer a la ciudadanía una programación nocturna de calidad, articulada, segura y con condiciones claras para su implementación en horario extendido, para ser desarrollada en territorios con vocación cultural nocturna o en los Distritos Creativos priorizados por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) en el marco de la Estrategia Bogotá 24/7.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción
Área(s): Música
Número de estímulos: 28
Total de recursos: $ 1.400.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Veintiocho (28) estímulos, distribuidos de la siguiente manera:
- Categoría 1. Circuitos consolidados de música en vivo en Distritos Creativos: Diez (10) estímulos de sesenta y cinco millones de pesos ($65.000.000) c/u.
- Categoría 2. Circuitos emergentes de música en vivo en Distritos Creativos: Diez (10) estímulos de treinta y cinco millones de pesos ($35.000.000) c/u.
- Categoría 3. Circuitos consolidados de música en vivo en territorios 24/7: Cuatro (4) estímulos de sesenta y cinco millones de pesos ($65.000.000) c/u.
- Categoría 4. Circuitos emergentes de música en vivo en Territorios 24/7: Cuatro (4) estímulos de treinta y cinco millones de pesos ($35.000.000) c/u.
Categorias:
No. | Categoria | Descripción |
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1 | Categoría 1. Circuitos consolidados de música en vivo en Distritos Creativos. | Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Distritos Creativos priorizados. Para ser considerados consolidados, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
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2 | Categoría 2. Circuitos emergentes de música en vivo en Distritos Creativos | Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Distritos Creativos priorizados. Para ser considerados emergentes, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
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3 | Categoría 3. Circuitos consolidados de música en vivo en territorios 24/7 | Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Territorios 24/7. Para ser considerados consolidados, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
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4 | Categoría 4. Circuitos emergentes de música en vivo en territorios 24/7 | Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Territorios 24/7.
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Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en Bellas Artes, Ciencias de la educación y Ciencias Sociales y Humanas, residente en Bogotá, con al menos cinco (5) años de experiencia en la producción de festivales, conciertos y espectáculos que integren a diversos agentes del sector de las artes escénicas o eventos musicales.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Cinco (5) años de experiencia en la producción de festivales, conciertos y espectáculos que integren a diversos agentes del sector de las artes escénicas o eventos musicales.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Profesional en Bellas Artes, Ciencias de la educación y Ciencias Sociales y Humanas, residente en Bogotá, con título de posgrado en disciplinas relacionadas con los campos artísticos, creativos y culturales. Debe contar con al menos cuatro (4) años de experiencia en gestión cultural, circulación de bienes o servicios artísticos a nivel nacional o internacional, producción o programación de eventos culturales.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Cuatro (4) años de experiencia en gestión cultural, circulación de bienes o servicios artísticos a nivel nacional o internacional, producción o programación de eventos culturales.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 3
Profesional en Economía, Administración o áreas afines, residente en Bogotá, con título de posgrado en áreas relacionadas con los campos artísticos, creativos y culturales. Debe contar con al menos cuatro (4) años de experiencia en gestión cultural en producción, programación de eventos, circulación artística o comercialización de bienes y servicios en el sector cultural.
Área conocimiento: Economia, Administracion, Contaduria Y Afines
Campo de experiencia:
Cuatro (4) años de experiencia en gestión cultural, producción, programación de eventos, circulación artística o comercialización de bienes y servicios en el sector cultural.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 08/05/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co |
Fecha de apertura | 16/05/2025 | Inicio proceso de inscripción de propuestas |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 14/06/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 17/06/2025 17:00:00 | Finalización del proceso de inscripción de propuestas |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 01/07/2025 | A partir de este momento los participantes cuentan con tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados o remitir solicitudes de aclaración sobre el proceso de verificación de documentos. |
Publicación de listado de elegibles | 15/08/2025 | Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro, y la Secretaría de Cultura expida la correspondiente resolución de ganadores. |
Fecha máxima de ejecución | 30/03/2026 | Fecha límite hasta la cual puede proyectarse la ejecución del estímulo incluida la entrega del informe final. |
Justificación
La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos, “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”, fue expedida con el propósito de regular y formalizar el sector de los espectáculos públicos en Colombia y, así, superar una serie de dificultades que enfrentaban los productores de espectáculos públicos de las artes escénicas, en materia de carga tributaria, trámites, dotación de escenarios, altos costos en la producción, entre otros, por lo cual generó algunas medidas que favorecieron el flujo de la producción de espectáculos públicos. En su Capítulo II estableció la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera en la boletería de los espectáculos públicos, a nivel municipal o distrital, y que equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($149.397 para el año 2025).
Mediante la Ley 2070 de 2020 se modificaron las líneas de inversión del recaudo, las cuales hasta esa fecha estaban centradas en la construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de infraestructura cultural. A partir del Decreto 639 de 2021 se reglamenta parcialmente esta Ley y se establecen las orientaciones para ejecutar los recursos de la contribución parafiscal en la línea de Circulación y Producción, definida de la siguiente manera:
- Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
- Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público, en general, de los espectáculos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
En cumplimiento del artículo 3° del Decreto Distrital 321 de 2022, y en concordancia con el Plan de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), como entidad ordenadora del gasto, destinará los recursos de la contribución parafiscal cultural a la realización de actividades y proyectos que fomenten la producción y circulación de las artes escénicas a través de convocatorias públicas. Estas acciones contribuyen al fortalecimiento de los agentes culturales y a la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales, garantizando una cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento.
Así mismo, desde el Objetivo No. 3 “Bogotá confía en su potencial” del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Camina Segura 2024-2027”, se pretende dinamizar la vida de una ciudad 24 horas, facilitando un entorno activo y seguro, desde este objetivo la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), tiene la meta de Implementar 20 proyectos de jornadas 24 horas para generar un entorno propicio y seguro para el fortalecimiento del ecosistema cultural y creativo de la ciudad, para lo cual ha diseñado la estrategia Bogotá 24/7, que en la línea estratégica dirigida a dinamización económica y turismo cultural, genera escenarios de articulación sectorial principalmente con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño (FUGA) y el Instituto Distrital de las Artes (Idartes), para impulsar un modelo de fomento que reconoce la diversidad de expresiones artísticas, creativas y culturales.
Por lo tanto, a través de la creación de estímulos alineados con la misionalidad de cada entidad, se busca consolidar circuitos locales de arte, creatividad y cultura, fortalecer la programación en espacios y escenarios culturales independientes, y reconocer los territorios artísticos. Con ello, se promueve el disfrute del arte y la cultura en horarios no convencionales, se fortalece el ecosistema creativo y se dinamiza la economía nocturna, beneficiando a los agentes que consolidan la oferta artística de la ciudad.
Esta beca se crea dando cumplimiento a los lineamientos normativos establecidos para favorecer a los productores de espectáculos públicos de artes escénicas en Bogotá, así como para garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados por la Ley 1493 de 2011. En ese sentido, la Beca LEP Rutas Culturales 24/7, busca estimular la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas, a través de la asignación de estímulos económicos, fortaleciendo los procesos artísticos, así como la oferta cultural en los distritos creativos y los diferentes territorios de Bogotá con vocación cultural 24 horas, promoviendo el acceso de la ciudadanía a espectáculos de calidad y dinamizando la economía del sector artístico y cultural, en concordancia con la estrategia Bogotá 24/7, que busca consolidar a la ciudad como un epicentro cultural y económico a nivel nacional e internacional.
Esta convocatoria además, contribuye a la promoción de una oferta artística y cultural activa las veinticuatro (24) horas, permite fortalecer la economía de la noche, generar empleo y promover el turismo, impactando positivamente a diversos sectores de la sociedad y mejorando la seguridad urbana al promover la apropiación ciudadana de los entornos culturales. Además, busca fortalecer la presencia de artistas emergentes y colectivos independientes en la agenda cultural, fomentando una programación diversa y representativa, que contribuye a la democratización del acceso a la cultura y al fortalecimiento del tejido social, garantizando que los territorios culturales y distritos creativos de Bogotá reflejen la riqueza y pluralidad de sus expresiones artísticas.
Objeto
Fortalecer la producción y circulación de circuitos de música en vivo, donde productores, programadores, artistas y espacios culturales establezcan alianzas para ofrecer a la ciudadanía una programación nocturna de calidad, articulada, segura y con condiciones claras para su implementación en horario extendido, para ser desarrollada en territorios con vocación cultural nocturna o en los Distritos Creativos priorizados por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) en el marco de la Estrategia Bogotá 24/7.
En línea con ese propósito se busca consolidar la Estrategia Bogotá 24/7 como un modelo integral de desarrollo cultural y económico, que permite el fortalecimiento del turismo y el ecosistema cultural y creativo de la ciudad en horarios nocturnos; posicionando a Bogotá como un referente de creatividad y diversidad, donde la música en vivo actúa como eje estructural de la vida nocturna. En este marco, la creación de circuitos sostenibles en los Distritos Creativos y en territorios con vocación cultural las veinticuatro (24) horas resulta fundamental.
De esta manera, la Beca LEP Rutas Culturales 24/7, se establece como un catalizador para impulsar la producción y circulación de espectáculos de música en vivo en dichos espacios, fortaleciendo el turismo y el ecosistema cultural y creativo de la ciudad en horarios nocturnos, esta convocatoria invita a espacios culturales, programadores y productores a presentar propuestas de programación de circuitos de música en vivo para ser desarrollados en una misma localidad o en los Distritos Creativos priorizados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) durante esta vigencia.
Para participar en la presente convocatoria, las y los interesados deberan tener en cuenta los siguientes conceptos:
Circuitos de música en vivo: Se entiende por circuito de música en vivo una red interconectada de espacios, productores, programadores y artistas que operan dentro de los Distritos Creativos priorizados, reconocidos por el Decreto 539 de 2023, “Por medio del cual se declaran, reconocen y delimitan los Distritos Creativos en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones.
Cada circuito deberá proponer una oferta cultural en red, que fomente la creación de ecosistemas sostenibles y promueva la interacción de públicos entre escenarios geográficamente cercanos. Asimismo, deberá contar con una línea o concepto curatorial definido, que contribuya al fortalecimiento de otros subsectores de la economía nocturna. Los circuitos funcionan de manera articulada para ofrecer una programación regular de espectáculos musicales. Su objetivo es fortalecer la economía nocturna, promover el turismo cultural y generar espacios seguros en el marco de la estrategia Bogotá 24/7.
Territorios de implementación:
Distritos Creativos: Para efectos de la presente convocatoria se priorizarán los siguientes Distritos Creativos (Candelaria - Santa Fe, Teusaquillo, Centro Internacional, Diverso La Playa, La 85, Chapinero, ZIBO, San Felipe y Fontibón).
Territorios 24/7: Se entenderá como territorios 24/7 a un área o zona de las localidades de Bogotá que tiene una vocación cultural activa de manera permanente, en horarios extendidos o no convencionales, un territorio 24/7 debe tener las siguientes características principales:
- Oferta cultural en horarios no convencionales: Debe ofrecer una variedad de eventos, espectáculos y actividades culturales que se extiendan más allá de los horarios tradicionales, incluyendo la noche y la madrugada, bajo el cumplimiento de la normatividad vigente tanto para desarrollo de actividades en espacio público como en espacios culturales.
- Actividad económica: Debe fomentar la actividad comercial, el turismo y el emprendimiento más allá de los horarios tradicionales, incluyendo la noche y la madrugada, contribuyendo al desarrollo económico de la ciudad.
- Diversidad y creatividad: Promueven la expresión artística, la innovación y la diversidad cultural.
- Apropiación cultural del territorio: La comunidad se involucra y participa activamente en las actividades culturales, generando un sentido de pertenencia y apropiación de los espacios.
- Seguridad: La circulación cultural genera entornos seguros y propicios para el disfrute de la vida nocturna.
Las y los participantes deberán identificar y escoger una de las siguientes categorías en la que desean participar:
Categoría 1: Circuitos consolidados de música en vivo en Distritos Creativos
Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Distritos Creativos priorizados. Para ser considerados consolidados, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
- Integrar al menos dos (2) espacios culturales.
- Realizar un mínimo de seis (6) funciones distribuidas entre los espacios culturales.
- Garantizar la participación de al menos veinticinco (25) artistas en los diversos formatos del circuito (solistas, agrupaciones pequeñas, medianas o grandes),
- Garantizar al menos dos (2) presentaciones artísticas de música en vivo en cada función con una duración no menor a cuarenta y cinco (45) minutos cada una.
Categoría 2. Circuitos emergentes de música en vivo en Distritos Creativos
Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Distritos Creativos priorizados. Para ser considerados emergentes, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
- Integrar al menos dos (2) espacios culturales.
- Realizar un mínimo de tres (3) funciones distribuidas en ambos espacios.
- Garantizar la participación de al menos catorce (14) artistas en los diversos formatos del circuito (solistas, agrupaciones pequeñas, medianas o grandes)
- Garantizar al menos dos (2) presentaciones artísticas de música en vivo en cada función con una duración no menor a 45 minutos cada una.
Categoría 3. Circuitos consolidados de música en vivo en territorios 24/7
Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Territorios 24/7. Para ser considerados consolidados, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
- Integrar al menos dos (2) espacios culturales de la misma localidad, que NO se encuentren dentro de los polígonos de los Distritos Creativos priorizados en esta convocatoria (Candelaria - Santa Fe, Teusaquillo, Centro Internacional, Diverso la playa, La 85, Chapinero, ZIBO, San Felipe y Fontibón) 1*
- Realizar un mínimo de seis (6) funciones.
- Garantizar la participación de al menos veinticinco (25) artistas en los diversos formatos del circuito (solistas, agrupaciones pequeñas, medianas o grandes)
- Garantizar al menos dos (2) presentaciones artísticas de música en vivo en cada función con una duración no menor a 45 minutos cada una.
Categoría 4. Circuitos emergentes de música en vivo en territorios 24/7
Propuestas de circuitos de música en vivo que presenten una programación nocturna diseñada y ejecutada en los Territorios 24/7. Para ser considerados emergentes, los circuitos deben cumplir con los siguientes criterios mínimos:
- Integrar al menos dos (2) espacios culturales de la misma localidad que NO se encuentren dentro de los polígonos de los Distritos Creativos priorizados en esta convocatoria (Candelaria - Santa Fe, Teusaquillo, Centro Internacional, Diverso la playa, La 85, Chapinero, ZIBO, San Felipe y Fontibón) 2*
- Realizar un mínimo de tres (3) funciones distribuidas en ambos espacios.
- Garantizar la participación de al menos catorce (14) artistas en los diversos formatos del circuito (solistas, agrupaciones pequeñas, medianas o grandes)
- Garantizar al menos dos (2) presentaciones artísticas de música en vivo en cada función con una duración no menor a 45 minutos cada una.
Condiciones específicas para el diseño de los circuitos:
- Cada propuesta ganadora debe programar una fecha en el cronograma del circuito para la celebración del fin de semana 24/7, esta fecha será designada por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) una vez se conozcan los seleccionados. Esta es una apuesta de la SCRD para potenciar y visibilizar la oferta cultural de Bogotá en horarios no convencionales, dicha fecha deberá ser una de las actividades centrales de la propuesta en la que se vincule el mayor número de públicos.
- Las propuestas pueden incluir el consumo cultural en el desarrollo de sus actividades de circulación artística, mediante el cobro de boletería para el ingreso a las funciones, de ser así, esta información debe ser incluida en la propuesta.
- Las propuestas podrán involucrar en la programación de los circuitos musicales, otras manifestaciones de las artes escénicas como teatro, circo sin animales, danza o magia.
- La propuesta deberá incluir de manera explícita las condiciones de pago para los artistas.
- Como mínimo, el 50% del valor del estímulo deberá destinarse al pago de honorarios de artistas o agrupaciones y otros agentes del ecosistema artístico que posibilitan el desarrollo de la programación (gestores culturales, curadores, bookers). El 40 % adicional podrá ser destinado para cubrir otros rubros como recurso humano de los escenarios, producción de los eventos, recursos técnicos (backline), y 10% a estrategia de comunicaciones, promoción y divulgación.
- Las propuestas deberán demostrar una articulación efectiva entre productores, espacios de circulación, agentes culturales y artistas, impulsando colaboraciones estratégicas y modelos sostenibles. Para ello, las propuestas deben presentar un plan de programación detallado. Este plan debe especificar claramente los roles de todos los agentes involucrados en el desarrollo del proyecto, la distribución de espacios para la circulación, la designación de un programador de contenidos, y una propuesta curatorial que defina tanto los artistas participantes como los ejes temáticos del circuito.
- Algunas de las actividades propuestas podrán desarrollarse en espacio público o espacios no convencionales, siempre y cuando cuenten con los permisos y condiciones necesarias para su ejecución.
- Las propuestas deben detallar estrategias para asegurar la sostenibilidad a largo plazo de los circuitos de música en vivo y de los procesos colaborativos entre agentes culturales. Para ello, se requiere especificar: (i) Mecanismos de gestión financiera, incluyendo métodos de pago de boletería, obtención de patrocinios y establecimiento de alianzas estratégicas. (ii) Mecanismos para la fidelización del público. (iii) Estrategias de relacionamiento comunitario o vecinal que eviten generar impactos negativos o acciones con daño. (iv) Protocolos de cuidado dirigidos al público durante las funciones, indicando los mecanismos específicos en caso de que tengan enfoque de género.
- Cada propuesta deberá incluir una estrategia de comunicación y divulgación que contribuya a la visibilidad de la estrategia Bogotá 24/7, asegurando que las actividades lleguen efectivamente a la comunidad y al público general de la ciudad.
- Dado que esta es una estrategia de activación cultural nocturna, la programación de los circuitos deberá llevarse a cabo entre las 8:00 p.m. y las 3:00 a.m. Es fundamental que la programación considere los permisos de funcionamiento de cada espacio donde se desarrollará el circuito
- El periodo de ejecución de las propuestas ganadoras será de tres meses a partir de la publicación de la resolución de ganadores y la formalización del estímulo. En caso de que no sea posible completar los circuitos antes de finalizar el año, se evaluarán casos específicos, los cuales deberán ser aprobados para permitir la finalización de la ejecución entre febrero y marzo de 2026.
- Las propuestas ganadoras deberán incluir en sus informes indicadores cualitativos y cuantitativos que permitan evaluar la contribución de sus agendas a la estrategia Bogotá 24/7. Estos indicadores serán proporcionados por la SCRD en el formato de informe final que se compartirá con los proyectos seleccionados.
Las propuestas deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- En cumplimiento de la Ley 1493 de 2011, esta convocatoria, en su línea de producción y circulación, apoyará aquellas acciones orientadas a la materialización del espectáculo público de las artes escénicas de la música en vivo, siempre que dichas propuestas hayan superado previamente la etapa de creación.
- La producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas incluye entre otras actividades de montaje in situ, escenografía, vestuario, iluminación, sonido, escenarios y artistas.
- Las actividades propuestas deben contemplar los tiempos correspondientes a la programación de los espacios gestionados, trámites de permisos, registro en plataforma PULEP y todas aquellas acciones externas que puedan alterar los cronogramas.
- La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.
- Las propuestas presentadas para ser beneficiarias de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán incluir dentro de los gastos a cubrir con estos recursos, actividades relacionadas con la creación, procesos de formación de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas (ver Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.
Nota 1: Para efectos de la presente convocatoria se considerarán “Espacios Culturales”, aquellos establecimientos que cuentan con programación artística y cultural de manera permanente, los espacios culturales deben contar con infraestructura y condiciones técnicas y físicas adecuadas para la realización de los hechos escénicos de música en vivo, además sus contenidos cuentan con una línea temática, identidad o curaduría. Lugares como bares, restaurantes, salas y centros culturales pueden ser considerados, siempre y cuando, tengan una vocación cultural y cumplan con las condiciones descritas anteriormente, así como el cumplimiento de las normas de funcionamiento vigente emitidas por las autoridades competentes.
Nota 2: Para efectos de la presente convocatoria se considerarán como agrupaciones pequeñas aquellas conformadas por 2 a 4 integrantes, agrupaciones medianas aquellas conformadas por 5 a 8 integrantes, y agrupaciones grandes aquellas conformadas por más de 8 integrantes.
Nota 3: Las propuestas que financien con recursos propios un número de artistas superior al mínimo exigido obtendrán puntaje adicional. Este criterio será verificado a partir de la información registrada en el presupuesto presentado.
Nota 4: Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.
1* (Mapa delimitación Distritos Creativos de Bogotá: http://tinyurl.com/Mapa-Distritos-Creativos)
2* (Mapa delimitación Distritos Creativos de Bogotá: http://tinyurl.com/Mapa-Distritos-Creativos)
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
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Persona Jurídica | Categoría 1. Circuitos Consolidados en Distritos Creativos: Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, debidamente constituidas bajo cualquiera de las modalidades autorizadas por la ley, domiciliadas en la ciudad de Bogotá y acreditadas mediante certificado de existencia y representación legal vigente, expedido por la entidad competente, y cuyo objeto incluya actividades relacionadas con el objeto de la presente convocatoria. El equipo base propuesto por la entidad deberá estar conformado por al menos tres (3) personas naturales.
Adicionalmente debe contar con una trayectoria mínima de cinco (5) años en procesos de circulación o producción de eventos artísticos o culturales, y deberá acreditar la realización de al menos cuatro (4) circuitos de artes escénicas durante los años 2023 a 2025. Categoría 2. Circuitos Emergentes en Distritos Creativos: Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, debidamente constituidas bajo cualquiera de las modalidades autorizadas por la ley, domiciliadas en la ciudad de Bogotá y acreditadas mediante certificado de existencia y representación legal vigente, expedido por la entidad competente, y cuyo objeto incluya actividades relacionadas con el objeto de la presente convocatoria. El equipo base propuesto por la entidad deberá estar conformado por al menos tres (3) personas naturales.
Adicionalmente, la entidad deberá demostrar una trayectoria mínima de dos (2) años en procesos de circulación o producción de eventos artísticos o culturales, y acreditar la realización de al menos dos (2) circuitos de artes escénicas durante los años 2023 a 2025. Categoría 3. Circuitos Consolidados en territorios con vocación cultural 24/7: Personas jurídicas debidamente constituidas bajo cualquiera de las dos modalidades autorizadas por la ley, domiciliadas en la ciudad de Bogotá, acreditadas mediante certificado de existencia y representación legal vigente, expedido por la entidad competente, y cuyo objeto incluya actividades que se relacionen con el objeto de la presente convocatoria.
Asimismo, la entidad debe contar con una trayectoria mínima de cinco (5) años en procesos de circulación o producción de eventos artísticos o culturales, y deberá acreditar la realización de al menos cuatro (4) circuitos de artes escénicas durante los años 2023 a 2025. Categoría 4. Circuitos Emergentes en territorios con vocación cultural 24/7: Personas jurídicas debidamente constituidas bajo cualquiera de las dos modalidades autorizadas por la ley, domiciliadas en la ciudad de Bogotá, acreditadas mediante certificado de existencia y representación legal vigente, expedido por la entidad competente, y cuyo objeto incluya actividades que se relacionen con el objeto de la presente convocatoria.
Asimismo, la entidad deberá demostrar una trayectoria mínima de dos (2) años en procesos de circulación o producción de eventos artísticos o culturales, y acreditar la realización de al menos dos (2) circuitos de artes escénicas durante los años 2023 a 2025. Nota 5. La conformación del equipo base de trabajo se verifica a través del Formato 2. Presupuesto/cronograma/equipo Nota 6: La persona jurídica debe registrarse como productora en el Registro Nacional de Productores de Espectáculos de las Artes Escénicas del Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP y aportar el certificado vigente que así lo acredite una vez sea solicitado por la SCRD. |
Agrupación | Categoría 1. Circuitos consolidados de música en vivo en Distritos Creativos: Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) personas naturales, mayores de 18 años, de nacionalidad colombiana o extranjera, que residan en Bogotá.
Categoría 2. Circuitos emergentes de música en Vivo en Distritos Creativos: Agrupaciones conformadas por al menos tres (3) personas naturales, mayores de 18 años, de nacionalidad colombiana o extranjera, que residan en Bogotá.
Categoría 3. Circuitos consolidados de música en vivo en Territorios 24/7: Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) personas naturales, mayores de 18 años, de nacionalidad colombiana o extranjera, con residencia en Bogotá.
Categoría 4. Circuitos emergentes de música en vivo en Territorios 24/7: Agrupaciones conformadas por al menos tres (3) personas naturales, mayores de 18 años, de nacionalidad colombiana o extranjera, que residan en Bogotá.
Nota 7. Para todas las categorías, el representante de la agrupación debe registrarse como productor en el Registro Nacional de Productores de Espectáculos de las Artes Escénicas del Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP y aportar el certificado vigente que así lo acredite cuando le sea solicitado por la SCRD. |
Quiénes no pueden participar
Quienes establezcan las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2025.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
3 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
4 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
15 MB |
5 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
15 MB |
6 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación PDE - 2025. |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Descargue el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria. Relacione en el ítem correspondiente, el link del video de sustentación de la propuesta de acuerdo con las especificaciones señaladas en el formato. |
pdf |
15 MB |
2 | Formato presupuesto/cronograma/equipo | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrese de diligenciar completamente las hojas correspondientes al equipo de trabajo, cronograma de actividades y presupuesto. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. Nota 8: El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en la propuesta diligenciada en el Formato 1. Formato presentación de propuesta. Nota 9: Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guía de gastos permitidos y no permitidos” |
xlsx |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia o trayectoria | Presente, en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en circuitos y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (agrupación, integrante de la agrupación o persona jurídica de acuerdo con lo solicitado en el perfil del partiicpante) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos y ubicación geográfica de desarrollo de la actividad (dirección o localidad o distrito creativo). La experiencia y la realización de circuitos deberán acreditarse mediante certificaciones, soportes de ejecución, material de divulgación, registros audiovisuales u otros documentos que permitan verificar de manera clara la participación de la persona, agrupación o persona jurídica en la ejecución de la actividad, según los criterios referidos en el perfil de participación. Nota 10: No se consideran válidas las certificaciones, emitidas por los mismos participantes. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Calidad y Diversidad de la Programación: La propuesta presenta una oferta cultural en red que promueve la interacción de públicos y la creación de ecosistemas sostenibles, la programación de música en vivo, la diversidad de géneros y artistas, y la coherencia con una línea o concepto curatorial definido, la propuesta presenta la inclusión de artistas de calidad, trayectoria o reconocimiento. Se tendrá en cuenta en la evaluación la diversificación de los circuitos de música en vivo en los que se involucren otras manifestaciones de las artes escénicas como (circo, teatro, danza, circo sin animales o magia). |
0 a 25 |
2 | Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito: La propuesta demuestra una articulación efectiva entre productores, escenarios, agentes culturales y artistas. El plan de programación, la distribución de espacios, la designación de un programador y la propuesta curatorial son viables. Asimismo, incluye estrategias para la sostenibilidad, como mecanismos de gestión financiera, fidelización de públicos, relacionamiento comunitario y un protocolo para la generación de espacios seguros. |
0 a 20 |
3 | Eficiencia en la destinación del presupuesto: Se evaluará que el uso de los recursos destinados para la ejecución de la propuesta, responda al objeto de la convocatoria y de la categoría a la cual se presentó, a los objetivos de la propuesta y a la planeación de la programación de las actividades proyectadas. |
0 a 20 |
4 | Impacto de la propuesta de comunicaciones: La propuesta incorpora una estrategia de comunicaciones orientada a amplificar el impacto del circuito de música en vivo y aumentar la visibilidad del ecosistema cultural de Bogotá. Esto se evidencia en el uso de mecanismos para el alcance y la diversificación de públicos, la promoción de la estrategia Bogotá 24/7, la generación de contenido de calidad, la inclusión de propuestas para la medición y evaluación del impacto, así como la consideración de colaboraciones y alianzas estratégicas. |
0 a 20 |
5 | Alineación con la Estrategia Bogotá 24/7: La propuesta demuestra de manera clara y coherente su contribución a la consolidación de Bogotá 24/7 como un modelo integral de desarrollo cultural y económico. Esto se refleja en el fortalecimiento de la vida nocturna a través de la música en vivo, la generación de circuitos sostenibles en Distritos Creativos o territorios con vocación cultural veinticuatro (24) horas, así como en la promoción de la economía nocturna, el turismo cultural y la creación de entornos seguros. |
0 a 10 |
6 | Vinculación de artistas con recursos propios: La propuesta incluye la financiación con recursos propios de un número de artistas superior al mínimo exigido. |
0 a 5 |
Nota 11: El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 12: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Calidad y Diversidad de la Programación”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito” Nota 13: En caso de que no se presenten propuestas en alguna categoría de participación, o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad de recursos de la convocatoria. |
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
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1 | Calidad y Diversidad de la Programación: La propuesta presenta una oferta cultural en red que promueve la interacción de públicos y la creación de ecosistemas sostenibles, la programación de música en vivo, la diversidad de géneros y artistas, y la coherencia con una línea o concepto curatorial definido, la propuesta presenta la inclusión de artistas de calidad, trayectoria o reconocimiento. Se tendrá en cuenta en la evaluación la diversificación de los circuitos de música en vivo en los que se involucren otras manifestaciones de las artes escénicas como (circo, teatro, danza, circo sin animales o magia). |
0 a 20 |
2 | Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito: La propuesta demuestra una articulación efectiva entre productores, escenarios, agentes culturales y artistas. El plan de programación, la distribución de espacios, la designación de un programador y la propuesta curatorial son viables. Asimismo, incluye estrategias para la sostenibilidad, como mecanismos de gestión financiera, fidelización de públicos, relacionamiento comunitario y un protocolo para la generación de espacios seguros. |
0 a 20 |
3 | Eficiencia en la destinación del presupuesto: Se evaluará que el uso de los recursos destinados para la ejecución de la propuesta, responda al objeto de la convocatoria y de la categoría a la cual se presentó, a los objetivos de la propuesta y a la planeación de la programación de las actividades proyectadas. |
0 a 20 |
4 | Impacto de la propuesta de comunicaciones: La propuesta incorpora una estrategia de comunicaciones orientada a amplificar el impacto del circuito de música en vivo y aumentar la visibilidad del ecosistema cultural de Bogotá. Esto se evidencia en el uso de mecanismos para el alcance y la diversificación de públicos, la promoción de la estrategia Bogotá 24/7, la generación de contenido de calidad, la inclusión de propuestas para la medición y evaluación del impacto, así como la consideración de colaboraciones y alianzas estratégicas. |
0 a 20 |
5 | Alineación con la Estrategia Bogotá 24/7: La propuesta demuestra de manera clara y coherente su contribución a la consolidación de Bogotá 24/7 como un modelo integral de desarrollo cultural y económico. Esto se refleja en el fortalecimiento de la vida nocturna a través de la música en vivo, la generación de circuitos sostenibles en Distritos Creativos o territorios con vocación cultural veinticuatro (24) horas, así como en la promoción de la economía nocturna, el turismo cultural y la creación de entornos seguros. |
0 a 10 |
6 | Vinculación de artistas con recursos propios: La propuesta incluye la financiación con recursos propios de un número de artistas superior al mínimo exigido. |
0 a 5 |
Nota 11: El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 12: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Calidad y Diversidad de la Programación”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito” Nota 13: En caso de que no se presenten propuestas en alguna categoría de participación, o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad de recursos de la convocatoria. |
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
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1 | Calidad y Diversidad de la Programación: La propuesta presenta una oferta cultural en red que promueve la interacción de públicos y la creación de ecosistemas sostenibles, la programación de música en vivo, la diversidad de géneros y artistas, y la coherencia con una línea o concepto curatorial definido, la propuesta presenta la inclusión de artistas de calidad, trayectoria o reconocimiento. Se tendrá en cuenta en la evaluación la diversificación de los circuitos de música en vivo en los que se involucren otras manifestaciones de las artes escénicas como (circo, teatro, danza, circo sin animales o magia). |
0 a 20 |
2 | Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito: La propuesta demuestra una articulación efectiva entre productores, escenarios, agentes culturales y artistas. El plan de programación, la distribución de espacios, la designación de un programador y la propuesta curatorial son viables. Asimismo, incluye estrategias para la sostenibilidad, como mecanismos de gestión financiera, fidelización de públicos, relacionamiento comunitario y un protocolo para la generación de espacios seguros. |
0 a 20 |
3 | Eficiencia en la destinación del presupuesto: Se evaluará que el uso de los recursos destinados para la ejecución de la propuesta, responda al objeto de la convocatoria y de la categoría a la cual se presentó, a los objetivos de la propuesta y a la planeación de la programación de las actividades proyectadas. |
0 a 20 |
4 | Impacto de la propuesta de comunicaciones: La propuesta incorpora una estrategia de comunicaciones orientada a amplificar el impacto del circuito de música en vivo y aumentar la visibilidad del ecosistema cultural de Bogotá. Esto se evidencia en el uso de mecanismos para el alcance y la diversificación de públicos, la promoción de la estrategia Bogotá 24/7, la generación de contenido de calidad, la inclusión de propuestas para la medición y evaluación del impacto, así como la consideración de colaboraciones y alianzas estratégicas. |
0 a 20 |
5 | Alineación con la Estrategia Bogotá 24/7: La propuesta demuestra de manera clara y coherente su contribución a la consolidación de Bogotá 24/7 como un modelo integral de desarrollo cultural y económico. Esto se refleja en el fortalecimiento de la vida nocturna a través de la música en vivo, la generación de circuitos sostenibles en Distritos Creativos o territorios con vocación cultural veinticuatro (24) horas, así como en la promoción de la economía nocturna, el turismo cultural y la creación de entornos seguros. |
0 a 10 |
6 | Vinculación de artistas con recursos propios: La propuesta incluye la financiación con recursos propios de un número de artistas superior al mínimo exigido. |
0 a 5 |
Nota 11: El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 12: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Calidad y Diversidad de la Programación”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito” Nota 13: En caso de que no se presenten propuestas en alguna categoría de participación, o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad de recursos de la convocatoria. |
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
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1 | Calidad y Diversidad de la Programación: La propuesta presenta una oferta cultural en red que promueve la interacción de públicos y la creación de ecosistemas sostenibles, la programación de música en vivo, la diversidad de géneros y artistas, y la coherencia con una línea o concepto curatorial definido, la propuesta presenta la inclusión de artistas de calidad, trayectoria o reconocimiento. Se tendrá en cuenta en la evaluación la diversificación de los circuitos de música en vivo en los que se involucren otras manifestaciones de las artes escénicas como (circo, teatro, danza, circo sin animales o magia). |
0 a 20 |
2 | Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito: La propuesta demuestra una articulación efectiva entre productores, escenarios, agentes culturales y artistas. El plan de programación, la distribución de espacios, la designación de un programador y la propuesta curatorial son viables. Asimismo, incluye estrategias para la sostenibilidad, como mecanismos de gestión financiera, fidelización de públicos, relacionamiento comunitario y un protocolo para la generación de espacios seguros |
0 a 20 |
3 | Eficiencia en la destinación del presupuesto: Se evaluará que el uso de los recursos destinados para la ejecución de la propuesta, responda al objeto de la convocatoria y de la categoría a la cual se presentó, a los objetivos de la propuesta y a la planeación de la programación de las actividades proyectadas. |
0 a 20 |
4 | Impacto de la propuesta de comunicaciones: La propuesta incorpora una estrategia de comunicaciones orientada a amplificar el impacto del circuito de música en vivo y aumentar la visibilidad del ecosistema cultural de Bogotá. Esto se evidencia en el uso de mecanismos para el alcance y la diversificación de públicos, la promoción de la estrategia Bogotá 24/7, la generación de contenido de calidad, la inclusión de propuestas para la medición y evaluación del impacto, así como la consideración de colaboraciones y alianzas estratégicas. |
0 a 20 |
5 | Alineación con la Estrategia Bogotá 24/7: La propuesta demuestra de manera clara y coherente su contribución a la consolidación de Bogotá 24/7 como un modelo integral de desarrollo cultural y económico. Esto se refleja en el fortalecimiento de la vida nocturna a través de la música en vivo, la generación de circuitos sostenibles en Distritos Creativos o territorios con vocación cultural veinticuatro (24) horas, así como en la promoción de la economía nocturna, el turismo cultural y la creación de entornos seguros |
0 a 10 |
6 | Vinculación de artistas con recursos propios: La propuesta incluye la financiación con recursos propios de un número de artistas superior al mínimo exigido. |
0 a 5 |
Nota 11: El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 12: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Calidad y Diversidad de la Programación”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Viabilidad y Sostenibilidad del Circuito” Nota 13: En caso de que no se presenten propuestas en alguna categoría de participación, o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad de recursos de la convocatoria. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:
- Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025.
- Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.
Nota 14: Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025:
- Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2025.
- Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
- Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
- Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica o agrupación, deberá realizar, el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP https://pulepapp.mincultura.gov.co/ y remitir el certificado a la SCRD una vez se le sea solicitado, en los tiempos establecidos.
- Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP e incluir en todas las piezas de difusión, el código PULEP asociado a la actividad registrada en la plataforma. https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx
- Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
- Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
- Garantizar el cumplimiento de la normatividad relacionada con derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993. Así como encontrarse a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, en los casos que corresponda cumplir con esta obligación.
- En el caso de realizar de eventos públicos, los ganadores deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idiger https://app.sire.gov.co:8443/complejidades/. Los eventos que por sus características sean clasificados como de media complejidad, deberán contar con la autorización correspondiente ante la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la plataforma del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), según lo establecido en los Decretos 599 de 2013 y 470 de 2021
- Acatar las disposiciones legales vigentes, en general además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
- Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final), en los plazos indicados por la SCRD,siguiendo el formato suministrado por la entidad. En donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
- Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
- Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional Programa Distrital de Estímulos - PDE, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la propuesta ganadora.
- Las y los ganadores se comprometen a garantizar la imagen reputacional del PDE y las entidades que lo ejecutan, así como dar manejo adecuado y pertinente a esta; suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos se requiera. La ganadora o ganador mantendrá indemne al PDE y a las entidades que lo ejecutan ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
- Los ganadores deberán incorporar la imagen de la estrategia Bogotá 24/7, proporcionada por la SCRD, en todas las piezas gráficas, comunicaciones y materiales de marketing.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos
|
Documento para verificar el tipo de gasto que permite la Ley de acuerdo con las líneas de circulación y producción. |
2 |
Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
|
Documento para verificar el tipo de gasto que permite la Ley de acuerdo con las líneas de circulación y producción. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato 1. Presentación de propuesta.
(archivo Word o PDF) |
Formato 1. Presentación de propuesta. Beca LEP Rutas Culturales 24/7 |
2 |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo
(archivo Word o PDF) |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo. Beca LEP Rutas Culturales 24/7 |
3 |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2025
(archivo Word o PDF) |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2025 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 276 DEL 08 DE MAYO DE 2025
|
Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca LEP Rutas Culturales 24/7” del Programa Distrital de Estímulos PDE 2025de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. |
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