PREMIO FESTIVAL CENTRO 2026
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA es una entidad pública adscrita al sector Cultura Recreación y Deporte del Distrito Capital, que lidera, articula y fomenta, de manera incluyente y participativa, la actividad artística, la gestión cultural, y las industrias culturales y creativas, potenciando la transformación cultural, social, económica y patrimonial del centro de Bogotá, para avanzar en la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía y en la sostenibilidad de los agentes culturales y creativos. Por lo anterior, abre la convocatoria “PREMIO FESTIVAL CENTRO 2026” que busca resaltar la diversidad sonora y cultural del distrito, fomentando la circulación de solistas y agrupaciones musicales residentes en la ciudad de Bogotá, aportando a su reconocimiento a nivel local, distrital, nacional e internacional, como parte de la estrategia para el fortalecimiento de Bogotá como ciudad creativa de la música. Los ganadores serán parte de la programación del XVII Festival Centro, el cual se desarrollará en el primer bimestre del año 2026.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Música
Número de estímulos: 15
Total de recursos: $ 112.500.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán quince (15) estímulos por valor de siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000) cada uno. Para cada estímulo se realizará un único desembolso.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en cualquier área del conocimiento, con mínimo 8 (ocho) años de experiencia en creación, circulación, curaduría de espectáculos musicales, a nivel nacional e internacional.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines , Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Música, creación y circulación de espectáculos de música, evaluación de convocatorias de música, educación artística con énfasis en música, curaduría de programación recurrente o en festivales de música.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música , Oficios culturales y artesanías , Patrimonio cultural , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 24/06/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co En caso de presentar fallas técnicas con la plataforma SICON que impidan su consulta, la entidad realizará la publicación de avisos informativos, modificatorios o documentos, a través de la página web de la entidad: https://www.fuga.gov.co |
Fecha de apertura | 03/07/2025 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 22/07/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 25/07/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como participante a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 20/08/2025 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 28/10/2025 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 28/02/2026 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
Bogotá declarada ciudad creativa de la música por la Unesco, es una ciudad culturalmente activa y diversa, en la que habitan y convergen las diferentes etnias, poblaciones y sectores sociales del país. Esta diversidad está representada también en un amplio espectro de sonoridades y expresiones musicales. Cada año, entre finales de enero e inicios de febrero, el Festival Centro se destaca como el primero de los grandes eventos de gran formato que componen la oferta musical del sector público y cultural de Bogotá. Gracias a la naturaleza diversa, pluricultural e incluyente que lo caracteriza, se ha convertido en una plataforma para los músicos emergentes de la ciudad y del país, así como un escenario para rendirle tributo a los grandes artistas y cultores de la música tanto de Bogotá como del ámbito nacional. En cuanto a música, cultura, públicos y ejercicio de los derechos culturales y ciudadanos, es un espacio propicio para la manifestación y la celebración de las diferencias, en el que se une aquello que, normalmente, está separado o que, en ocasiones, no encuentra un lugar para expresarse.
Objeto
Resaltar la diversidad sonora y cultural presente en la ciudad, fomentando la circulación de solistas y agrupaciones residentes en Bogotá de cualquier estilo, género o práctica musical, aportando a su reconocimiento a nivel local, distrital, nacional e internacional, como parte de la estrategia para el fortalecimiento de Bogotá como ciudad creativa de la música. Los ganadores serán parte de la programación del XVII Festival Centro, el cual se desarrollará en el primer bimestre del año 2026.
El Festival Centro es un evento que reúne agrupaciones musicales y solistas vinculados a diferentes géneros musicales como el rock, el hip hop, la salsa, la música tradicional colombiana y latinoamericana, el punk, los ritmos urbanos, la música popular, de plancha y de fusión, entre otros. Se caracteriza por ser un evento ecléctico en el que su programación artística es muy diversa, así como el público que convoca, con lo cual invita al encuentro de artistas y de públicos. El Festival tiene, además, una franja académica que busca generar espacios de fortalecimiento de los agentes del sector musical, así como de reflexión sobre temáticas asociadas a la práctica musical, como las lógicas de circulación, los mercados emergentes, las temáticas sociales, etc. Se trata, además, de un evento que se ha convertido en una plataforma reconocida para los artistas emergentes, y de larga trayectoria gracias a reconocimiento a la vida y obra que también se realiza en el marco del festival.
Los conciertos de las propuestas ganadoras en el marco del Festival Centro 2026 tendrán una duración de entre 40 y 45 minutos. Lo anterior debe tomarse en cuenta para la proyección del repertorio a interpretar (que se solicita como documento técnico para participar en la convocatoria), el cual no se podrá modificar en la ejecución de la propuesta.
No se permite la figura de artista(s) invitado(s) en la ejecución de las propuestas ganadoras.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | NO INCLUYE SOLISTAS CON BANDA Se entiende por persona natural al ciudadano (a) colombiano (a) o extranjero (a) mayor de 18 años que de manera individual presenta una propuesta. La persona natural que participe en esta convocatoria se asume como solista, es decir, una persona que de manera individual presenta y ejecuta la totalidad de la propuesta artística. Un solista puede participar con el apoyo de personas que cumplan roles como ingeniero de sonido, pero la ejecución artística de la propuesta de manera integral estará a cargo de una sola persona. Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en la ciudad de Bogotá. Las personas de apoyo (en caso de tenerlas) no deberán inscribirse en la plataforma SICON pero sí deberán estar relacionadas en el formato para la presentación de la propuesta. |
Agrupación | INCLUYE SOLISTAS CON BANDA Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, salvo que las condiciones específicas establezcan otro particular. Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones. Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) integrantes. Podrán incluir personas adicionales que cumplan roles de apoyo, (roles NO artísticos) como ingeniero de sonido, entre otros. Todos los integrantes de la agrupación deben residir en la ciudad de Bogotá. Las personas de apoyo (en caso de tenerlas) no deberán inscribirse en la plataforma SICON pero sí deberán estar relacionadas en el formato para la presentación de la propuesta. |
Quiénes no pueden participar
Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2025. Consulte el siguiente enlace: https://acortar.link/RsxZtr
Ganadores de la convocatoria “Premio Festival Centro 2025” del Programa Distrital de Estímulos 2024.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. -Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
3 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025. Ver formato |
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5 MB |
4 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
5 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de los integrantes de la agrupación. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
6 | Documento de identidad de persona natural participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia, de lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
pdf |
5 MB |
7 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025. Ver formato. |
pdf |
5 MB |
8 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del PREMIO FESTIVAL CENTRO 2026 el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota. Recuerde que los documentos técnicos NO son subsanables y no presentarlos, presentarlos incompletos o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales), o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones específicas previstas en la convocatoria, implica que la propuesta no será habilitada. |
pdf |
15 MB |
2 | Formato de derechos de autor | Descargue el Formato de repertorio y derechos de autor del PREMIO FESTIVAL CENTRO 2026 Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato y fírmelo. Una vez diligenciado y firmado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos. Nota: Verifique que el documento corresponda al Formato de repertorio y derechos de autor del PREMIO FESTIVAL CENTRO 2026, ya que si no corresponde al formato de este año, su propuesta no será habilitada. |
pdf |
5 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Aspectos técnicos musicales (afinación, ritmo, fraseo, dinámica, equilibrio sonoro, dicción, articulación). |
0 a 35 |
2 | Calidad interpretativa (comunicación, emoción, expresión, presencia y puesta en escena) |
0 a 35 |
3 | Aporte creativo (repertorio, adaptaciones, arreglos, instrumentación o inclusión de composiciones propias) |
0 a 25 |
4 | Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: El criterio No 4 responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo, a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente al criterio número 4, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
SELECCIÓN DE GANADORES |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tendrán los siguientes derechos:
- Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
- Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
- Desembolso: Recibir el estímulo en un único desembolso, después de realizada la presentación de su obra o concierto, previa presentación y entrega de informe final de ejecución aprobado por la Subdirección Artística y Cultural.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tendrán los siguientes deberes:
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2.1 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o el representante de la agrupación según corresponda.
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras).
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
2. Posterior a la revisión de los documentos de legalización del estímulo, en caso de requerirse ajuste, subsanación o actualización de alguno de los documentos, el ganador cuenta con cinco (5) días hábiles posteriores al correo de solicitud de subsanación para presentar en debida forma la documentación solicitada.
3. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.
4. Cumplir con las condiciones previstas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA para la entrega del estímulo.
5. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.
6. Tener en cuenta que, en caso de que la presentación de la propuesta, se lleve a cabo en el escenario El Muelle, este estará sujeto a las fechas y horas que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y su equipo de producción dispongan.
7. Asistir a la visita técnica programada en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
8. En caso de que la presentación se realice en las instalaciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, se deberán retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizado el evento, dentro del plazo señalado por la entidad. Vencido este plazo, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA no se hará responsable por los materiales no retirados. En caso de que el(la) ganador(a) no pueda reclamar personalmente los productos, podrá delegar en un tercero la responsabilidad mediante comunicación escrita firmada por la persona natural o el representante principal de la agrupación.
9. Aportar o suministrar cualquier equipo adicional que se necesite para la presentación de la propuesta.
10. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.18. y 7.6.19. de las Condiciones Generales de Participación PDE 2025.
11. Presentar un informe final que dé cuenta de la presentación realizada, para lo cual la entidad enviará un formato al ganador. Como soportes, se deben adjuntar fotografías de la realización de la presentación, que deben estar debidamente rotuladas. Dichas imágenes no deben estar insertas en el documento del informe, sino entregarse como archivos adjuntos.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
(archivo Word o PDF) |
Formato para la presentación de la propuesta |
2 |
FORMATO DE REPERTORIO Y DERECHOS DE AUTOR
(archivo Word o PDF) |
DESCARGUE, DILIGENCIE Y ADJUNTE EN LA PLATAFORMA EL FORMATO DE REPERTORIO Y DERECHOS DE AUTOR (sección “Formatos” de la convocatoria). Nota 1. En este formato se deben relacionar el repertorio indicando nombre y autor de las piezas musicales que serán utilizadas y/o interpretadas en caso de resultar ganador, así como el nombre del intérprete más conocido. El repertorio que se envíe no puede tener variaciones en la presentación y debe tener una duración de 40 minutos (mínimo) y 45 minutos (máximo). Nota 2. Recuerde que el formato debe estar diligenciado en su totalidad y debe ser firmado por la persona natural participante o por el representante principal de la agrupación y debe corresponder al formato establecido en la convocatoria, no se aceptaran formatos de años anteriores. |
3 |
FORMATO DE DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO
(archivo Word o PDF) |
Formato de declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 111 DE 2025
|
Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de dos convocatorias del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA 2025, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de laFundación Gilberto Alzate Avendaño |
2 |
RESOLUCIÓN No. 112 DE 2025
|
“Por medio de la cual se deroga la Resolución 22 del 19 de febrero de 2025 “Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco de Personas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2025“ y se fija la nueva tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco de Personas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño 2025” |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos Premio Festival Centro 2026
|
Listado de participantes inscritos Premio Festival Centro 2026 |
2 |
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar.
|
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar. |
3 |
LISTADO DE PROPUESTAS HABILITADAS Y NO HABILITADAS
|
Listado definitivo de propuestas habilitadas y no habilitadas |
Avisos modificatorios

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