Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA DE ARTE URBANO PARA LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR - MÁS CULTURA LOCAL 2025

Más Cultura Local

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Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - BECA PARA EL ARTE URBANO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR- MÁS CULTURA LOCAL 2025

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RESOLUCIÓN No. 1367 - «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local 2025»

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DOCUMENTOS

Información básica

Esta es una convocatoria ofertada por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, en el marco del Programa Más Cultura Local, en alianza con la localidad de Ciudad Bolívar. A continuación, se mencionan algunos puntos claves de la convocatoria. 

Para presentarse en esta convocatoria, no olvide:

  1. Leer las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
  2. Leer esta convocatoria completamente, revisar los formatos y anexos disponibles en el apartado “Tenga en cuenta”.
  3. Revisar la guía de producción de actividades para la realización de su propuesta, la cual se encuentra en el apartado “Anexos”.
  4. Alistar toda la documentación técnica y administrativa, asegúrese de cumplir con la totalidad de los requisitos. 
  5. Tener en cuenta los permisos necesarios -según la normativa vigente- para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público. Será responsabilidad exclusiva de los ganadores la gestión de permisos, el buen uso de los espacios y deberán garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para la ejecución de la propuesta ganadora.
  6. Leer atentamente los criterios de evaluación de la convocatoria.
  7. Las actividades deberán ejecutarse a partir del 10 de enero de 2026, tenga en cuenta esta fecha al momento de formular su cronograma

¡Importante!

Recuerde que el Registro Único Tributario - RUT del representante de la agrupación, debe contener alguna de las actividades económicas relacionadas en el Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa. 

¿Sobre el proceso de fortalecimiento a los agentes del sector cultural y creativo:

El Programa Más Cultura Local se caracteriza por propender por la sostenibilidad del sector cultural y creativo, lo cual incluye un proceso de fortalecimiento a sus agentes. Para la versión 2025, este proceso se realizará a partir de ejercicios de intercambio de experiencias que incluyen mentorías personalizadas y otros ejercicios en clave de sostenibilidad que aplican solo para los ganadores. Esto quiere decir que es un valor agregado al estímulo monetario que se otorgará. Todo este proceso se realizará en compañía de la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte - SCRD

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Apropiación, Creación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 300.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán diez (10) estímulos cada uno por un valor de TREINTA MILLONES PESOS M/CTE ($30.000.000 m/cte).

El valor del estímulo está sujeto a las retenciones de ley, las cuales deberán ser asumidas por los ganadores de la convocatoria

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Artista empírico cuya práctica se desarrolle en Artes Plásticas y Visuales con mínimo de cinco (5) años de experiencia relacionada con la realización de proyectos de creación, circulación, producción o gestión en el campo de las Artes Plásticas y Visuales con énfasis en graffiti, muralismo y arte urbano; y que cuente con los correspondientes soportes a través de los cuales se puedan evidenciar sus aportes al campo del arte urbano en Bogotá. 
Nota 1:  Los soportes de la trayectoria y experiencia deben contener la información mínima indicada en el numeral 4.2.2. Documentos técnicos de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE PERSONAS EXPERTAS PARA EL SECTOR CULTURA 2025
Nota 2: El jurado, debe residir o estar domiciliado/a en Bogotá, pero no en la localidad a la que se postula para evaluar. Los perfiles que residan o estén domiciliados/as en la localidad de la convocatoria no serán considerados. Esta información se verificará con los datos registrados en el SICON.

Área conocimiento: No aplica

Campo de experiencia:

Persona con mínimo cinco (5) años de experiencia relacionada con la realización de proyectos de creación, circulación, producción o gestión en el campo de las Artes Plásticas y Visuales con énfasis en graffiti, muralismo y arte urbano

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música , Patrimonio cultural

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesionales en Artes Plásticas y Visuales, Diseño Gráfico, Diseño Industrial, Humanidades, Historia del Arte o afines. Experiencia mínima de cuatro (4) años en la realización de proyectos de creación, circulación, producción o gestión en el campo de las Artes Plásticas y Visuales o áreas afines. 
Nota 1:  Los soportes de la trayectoria y experiencia deben contener la información mínima indicada en el numeral 4.2.2. Documentos técnicos de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE PERSONAS EXPERTAS PARA EL SECTOR CULTURA 2025
Nota 2: El jurado, debe residir o estar domiciliado/a en Bogotá o en cualquier municipio de Colombia, pero no en la localidad a la que se postula para evaluar. Los perfiles que residan o estén domiciliados/as en la localidad de la convocatoria no serán considerados. Esta información se verificará con los datos registrados en el SICON.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Persona con cuatro (4) años en la realización de proyectos de creación, circulación, producción o gestión en el campo de las Artes Plásticas y Visuales o áreas afines. 

Área perfil: Artes plásticas y visuales

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesional en áreas del conocimiento de las bellas artes o las ciencias sociales y humanas, con posgrado relacionado con arte y cultura y que cuente con mínimo cuatro (4) años en el campo del arte, la cultura o el patrimonio relacionada con la realización de proyectos en Bogotá D.C.
Nota 1:  Los soportes de la trayectoria y experiencia deben contener la información mínima indicada en el numeral 4.2.2. Documentos técnicos de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE PERSONAS EXPERTAS PARA EL SECTOR CULTURA 2025
Nota 2:  Recuerde que, si su título de posgrado fue cursado en el exterior, deberá estar convalidado por el Ministerio de Educación y deberá cargar la resolución expedida por el mismo. 
Nota 3:  El jurado, debe residir o estar domiciliado/a en Bogotá, pero no en la localidad a la que se postula para evaluar. Los perfiles que residan o estén domiciliados/as en la localidad de la convocatoria no serán considerados. Esta información se verificará con los datos registrados en el SICON.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Persona con mínimo cuatro (4) años en el campo del arte, la cultura o el patrimonio relacionada con la realización de proyectos, procesos o acciones en Bogotá D.C. 

Área perfil: Artes plásticas y visuales

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado , Post Doctorado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 27/08/2025
Fecha de apertura 04/09/2025
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 27/09/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 30/09/2025 17:00:00

Tenga en cuenta que la inscripción de las propuestas a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 03/10/2025

Luego de la publicación del listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar, los participantes cuyas propuestas tengan documentos por subsanar, contarán con un plazo de tres (3) días hábiles, a partir de la notificación para cargar los documentos a subsanar a través de la plataforma. El cargue de los documentos podrá realizarse únicamente en la plataforma , que se encontrará habilitada hasta las 5:00 p.m., hora legal colombiana del último día de subsanación. No se recibirán subsanaciones en físico en las oficinas de la SCRD ni en las oficinas de  las entidades adscritas, tampoco se recibirán vía correo electrónico.

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 18/11/2025

En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones.

Fecha máxima de ejecución 15/04/2026

La fecha máxima de ejecución incluye la entrega del informe final y la aprobación por parte del área misional, área que realiza el acompañamiento de la ejecución de la propuesta.

Justificación

La presente convocatoria se sustenta en el Convenio Interadministrativo No. 679  de 2025, celebrado entre la Secretaría Distrital De Cultura, Recreación y Deporte, Instituto Distrital De Las Artes - Idartes, Fondo De Desarrollo Local De Usaquén; Fondo De Desarrollo Local De Chapinero; Fondo De Desarrollo Local De San Cristóbal; Fondo De Desarrollo Local De Usme; Fondo De Desarrollo Local De Tunjuelito; Fondo De Desarrollo Local De Bosa; Fondo De Desarrollo Local De Kennedy; Fondo De Desarrollo Local De Fontibón; Fondo De Desarrollo Local De Engativá; Fondo De Desarrollo Local De Suba; Fondo De Desarrollo Local De Barrios Unidos; Fondo De Desarrollo Local De Teusaquillo; Fondo De Desarrollo Local Antonio Nariño; Fondo De Desarrollo Local De Puente Aranda; Fondo De Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe; Fondo De Desarrollo Local De Ciudad Bolívar y Fondo De Desarrollo Local De Sumapaz. El cual tiene por objeto "implementar el programa Más Cultura Local 2025, orientado a fortalecer las capacidades de los agentes culturales y artísticos de las localidades participantes e impulsar procesos sostenibles de transformación social,económica y comunitaria a través del arte y la cultura, en articulación con las metas y líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Distrital 2024-2027 "Bogotá Camina Segura".

Objeto

En el marco del programa Más Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, aúnan esfuerzos en esta convocatoria, con el propósito de promover procesos de apropiación del territorio local, a través de la creación colectiva de intervenciones artísticas en arte urbano, que contribuyan a la transformación de los entornos de la localidad y promuevan espacios de encuentro entre los agentes artísticos y la comunidad que habita o trabaja en Ciudad Bolívar.

Para esta convocatoria se entenderá como arte urbano aquellas expresiones relacionadas con las artes plásticas y visuales, tales como: Graffiti, muralismo y cualquier técnica que tenga la posibilidad de realizarse en superficies, fachadas o culatas.

Dentro de las propuestas, los participantes deberán gestionar el permiso de uso para intervenir una superficie, fachada o culata de vivienda(s), propiedad horizontal, comercio(s) o parque(s), ubicada(s) en la localidad de Ciudad Bolívar. En cualquiera de los casos, la intervención a realizar deberá ser de mínimo cincuenta (50) mt2 y deberá contar con la participación de un (1) artista nacional o internacional invitado en el desarrollo de la intervención artística en arte urbano.

Así mismo, los participantes deberán planear una programación presencial de actividades para la creación colectiva de la intervención artística urbana, entre los agentes artísticos y la comunidad, que permitan el encuentro y diálogo sobre el sentido de pertenencia y la identidad local. De igual manera, deberán incluir una actividad de socialización que contemple la entrega de la intervención artística urbana finalizada a la comunidad, por parte de los artistas participantes en la intervención. 

Nota 1: El artista invitado, ya sea de nivel nacional o internacional, no debe estar inscrito en la plataforma, se debe relacionar solamente en el formato de presentación de propuesta.

Nota 2: Los participantes deben incluir en el presupuesto, los rubros y actividades que se requieran para el alistamiento previo de la superficie, lo cual garantice las condiciones de durabilidad de la intervención artística. Dentro del mismo deberá contemplar la impermeabilización y pañetada.  

Nota 3: Se aclara que la asignación del estímulo la realizará el jurado evaluador durante el proceso de deliberación, de acuerdo a la propuesta postulada. En caso de cambio de la superficie a intervenir, posterior a la designación como ganador, la agrupación deberá informar el cambio al Idartes, la entidad se reservará la aprobación o no aprobación de la nueva superficie.

¿Cuáles son los tiempos de ejecución de la propuesta?

Adicional a lo estipulado en el numeral 7.4, ¿En qué momento inicia la ejecución del estímulo? de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, se precisa que la fecha de inicio de ejecución de su propuesta será la correspondiente a la fecha de aprobación de las pólizas y del plan de mejoramiento por parte del equipo designado del Programa Más Cultura Local.     

La fecha máxima de ejecución será el 15 de abril de 2026, esto incluye la presentación y aval del informe final. 

Nota 1: Recuerde que antes de iniciar la ejecución de la propuesta, los ganadores realizarán un plan de mejoramiento, en el que deberán acoger las observaciones sugeridas por la terna de jurados para dicha ejecución, este documento será la guía para el acompañamiento a la ejecución de su propuesta por parte del equipo de Más Cultura Local.

Nota 2: No se permitirán gastos ni ejecución de actividades posteriores a la fecha máxima previamente indicada.

Nota 3: Tenga en cuenta los permisos necesarios -según la normativa vigente- para la realización de actividades en el espacio público. Será responsabilidad exclusiva de los ganadores la gestión de permisos, el buen uso de los espacios y deberán garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para la ejecución de la propuesta ganadora.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Conformadas por dos (2) o más personas naturales colombianas o extranjeras mayores de 18 años, residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Ciudad Bolívar, con experiencia en la realización y finalización exitosa de al menos tres (3) intervenciones artísticas en espacio público, espacios abiertos o exteriores superiores a 50 metros cuadrados (mt2), relacionados con el graffiti, arte urbano o muralismo y que acrediten la realización de mínimo una (1) actividades o eventos artístico cultural en la localidad Ciudad Bolívar. 

Los soportes anteriormente solicitados serán verificados según lo indicado  en el apartado “Documentos técnicos para evaluación”

Nota 1: Los soportes que acrediten la realización de al menos tres (3) intervenciones artísticas urbanas, ya sea en pequeño, mediano o gran formato, deben presentarse a nombre de la agrupación tal como está inscrita en esta convocatoria, o a nombre de sus integrantes. Asegúrese de incluir en la ficha técnica el nombre artístico o seudónimo, así como  el nombre tal y como aparece en el documento de identidad de cada integrante.

Nota 2: Se permitirá la suma de experiencia de los integrantes de la agrupación.

Nota 3: Las agrupaciones deberán estar conformadas mínimo en un 70%, por residentes en la localidad de Ciudad Bolívar y el 30% restante podrán residir en otras localidades, con actividad económica desarrollada en Ciudad Bolívar. En este último caso, se deberá diligenciar el Anexo No. 4 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma.

Nota 4: Los integrantes de la agrupación son aquellos que se encuentren registrados en el certificado de inscripción de la plataforma y deben coincidir con el equipo relacionado en el formato de presentación de propuesta.

Nota 5: Al momento de inscribirse, cerciórese de la cantidad de integrantes que requiere su agrupación para la ejecución integral de su propuesta.

Nota 6: Para la  verificación de restricciones contenidas en el apartado ¿Quiénes no pueden participar?, se tendrá en cuenta la experiencia aportada a nombre de la agrupación, indistintamente de sus integrantes

Quiénes no pueden participar

Adicional a lo establecido en el numeral 3.2 de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Aquellas personas naturales que hayan sido delegados del Componente A del Programa Más Cultura Local, durante el segundo semestre del año 2025 ya sea como participante a nombre propio, como integrante de agrupación o como miembro de una persona jurídica
  • Las y los servidores públicos o empleados oficiales que al momento de inscribirse en una convocatoria estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA, los Fondos de Desarrollo Local con los que se suscriba el convenio o la Secretaría Distrital de Gobierno. 
  • Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, bien sea la SCRD, IDARTES o FUGA
  • Las y los contratistas que al momento de inscribirse en una convocatoria tengan un contrato vigente con los Fondos de Desarrollo Local con los que se suscriba el convenio o la Secretaría Distrital de Gobierno.
  • No podrán participar las personas naturales, agrupaciones (incluyendo sus integrantes) y personas jurídicas (incluyendo sus miembros) que hayan sido designadas como ganadoras en alguna de las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local durante el primer semestre del año 2025, es decir, aquellas que se hayan ofertado en cualquiera de los siguientes actos administrativos:

Resolución No. 27 de 21 de enero de 2025 del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

Resolución No. 31 de 22 de enero de 2025 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.

Resolución No. 10 del 22 de enero de 2025 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.

Exceptuando los ganadores de las convocatorias BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR y BECA PARA LA CIRCULACIÓN DE AGENTES ARTÍSTICOS Y CREATIVOS DE LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR - MÁS CULTURA LOCAL

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025.

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15 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025.

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15 MB
3 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

Nota: Tanto el certificado de residencia o la declaración juramentada de lugar de residencia, deben tener fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Ahora bien, si en su agrupación hay algún(os) integrante(s) que no resida(n) en la localidad de Ciudad Bolívar, deben adjuntar, junto con el certificado de residencia o declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento, el Anexo No. 4 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma. Teniendo en cuenta el porcentaje máximo permitido para la residencia en otras localidades.

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15 MB
4 RUT

Registro Único Tributario (RUT) del representante de la agrupación con fecha de generación en el año 2025, con alguna de las actividades económicas relacionadas en el Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa. 

Nota: La actualización debe estar sujeta a la normativa vigente y según las obligaciones que como contribuyente sea acreedor.

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15 MB
5 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - “Soy Cultura” del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada uno de los integrantes de la agrupación participante, de acuerdo  con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro “Soy Cultura”, el cual se puede realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Diligencie completamente el Formato para la presentación de propuestas de la convocatoria BECA DE  ARTE URBANO PARA LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR - MÁS CULTURA LOCAL 20255, disponible en el apartado “Formatos”. Guárdelo en formato PDF y adjúntelo en la plataforma de inscripción. 

Tenga en cuenta que no se aceptarán pagos a menores de edad en la ejecución de su propuesta. 

Nota 1: De acuerdo  con el numeral 4.2 de las Condiciones Generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados; por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2: Las propuestas presentadas deben considerar todos los requerimientos logísticos y de gestión para su realización. Revise la guía de producción de actividades para la realización de su propuesta que se encuentra en el apartado “Anexos”.

Nota 3:  El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, presentarla en un formato diferente al estipulado a la presente convocatoria,  o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta no será habilitada.

Cualquier aclaración respecto a los términos de la convocatoria, comuníquese a contactenos@idartes.gov.co de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

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15 MB
2 Soportes de experiencia o trayectoria

Los participantes deberán aportar alguna experiencia o trayectoria en la localidad de Ciudad Bolívar, desarrollado posterior a enero de 2020. 

Estos soportes pueden ser: certificaciones de contratos o actas de liquidación, publicaciones de libros, revistas o periódicos, catálogos de eventos, programas de mano, flyers, volantes, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos o certificaciones emitidas por el Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio - CLACP de la localidad de Ciudad Bolívar que evidencien de manera clara y visible, las fechas de realización, y nombre del participante (agrupación) tal y como aparece en el formulario de inscripción

En cualquiera de los casos debe evidenciar procesos o actividades desarrolladas en la localidad de Ciudad Bolívar.

Nota 1: Se permitirá la suma de experiencia de los integrantes.
Nota 2: De acuerdo  con el numeral 4.2 de las Condiciones Generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados; por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

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15 MB
3 Portafolio

En un (1) solo PDF adjunte el portafolio artístico de la agrupación participante o de sus integrantes.  El documento aportado debe acreditar lo solicitado en el perfil del participante de la presente convocatoria. 

Para este caso en específico, deben adjuntar imágenes de al menos tres (3) intervenciones artísticas en espacio público, espacios abiertos o exteriores superiores a 50 metros cuadrados (mt2), relacionados con el graffiti, arte urbano o muralismo. 

Cada imagen debe incluir una ficha técnica que indique: 

  • Nombre del autor, incluyendo el nombre tal como aparece en su documento de identidad y el seudónimo.
  • Fecha de elaboración.
  • Dimensión o medida en metros cuadrados de la intervención. 
  • Dirección exacta del lugar y la ciudad en la que se realizó la intervención.
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15 MB
4 Portafolio del artista nacional o internacional invitado

En un (1) solo PDF adjunte el portafolio artístico del(la) artista nacional o internacional invitado(a) en el que se evidencien las intervenciones artísticas en espacio público, espacios abiertos o exteriores en pequeño, mediano y gran formato, relacionados con el graffiti, arte urbano o muralismo. Adicionalmente incluir una carta de intención del artista nacional e internacional frente a su participación en la propuesta

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15 MB
5 Carta de autorización y fotografías de la superficie a intervenir

Adjunte en un solo PDF el(los) permiso(s) de intervención del(los) muro(s), culata(s) o fachada(s), incluido(s) en la propuesta. Este formato debe venir debidamente diligenciado por el propietario del bien inmueble, en el que autorice la intervención artística en arte urbano y en graffiti, incluya los datos de contacto y firme el documento. Adicionalmente incluya fotografías de la superficie a intervenir. 

Nota: La fecha de expedición del(los) permiso(s) debe ser anterior a la fecha de cierre de la convocatoria.

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15 MB
6 Video introductorio a la propuesta

Realice un video que cumpla con las siguientes indicaciones: 

a. Debe tener una duración máxima entre 2 a 3 minutos. 

b. Debe publicarse con acceso abierto y permanente al público para permitir su visualización desde el momento de la inscripción hasta la publicación de los ganadores. Podrá cargar su video entre otras plataformas en Youtube, Vimeo, Instagram, Facebook, Dailymotion, Tiktok. No serán tenidos en cuenta enlaces que almacenen el video en plataformas como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc. De no ser posible su visualización dará como resultado la no habilitación de la propuesta.

c. La fecha de publicación del video en el portal de internet, no podrá ser posterior a la fecha de cierre de la convocatoria. 

En el video, deberá responder las siguientes preguntas:

1. Indicar, ¿En qué consiste su propuesta?

2. ¿Cómo impactará su propuesta a la localidad de Ciudad Bolívar?

3. ¿A qué población va dirigida su propuesta y por qué?  

4. ¿Cuáles son los productos que deja su propuesta en el marco de la ejecución del Programa? 

Posteriormente, en un (1) solo PDF relacione el enlace del video introductorio de la propuesta y cárguelo en el apartado correspondiente en la sección “Documentos tecnicos”.

Nota 1: Consulte el “Anexo No. 2 - instructivo para grabación de videos”, allí encontrará las sugerencias que debe tener en cuenta para cumplir con las condiciones técnicas y de calidad. 

Nota 2: En la elaboración del video podrá realizar la grabación en formato de voz en off, acompañada de imágenes de apoyo que complementen el contenido audiovisual.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección de ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Solidez de la propuesta: Se valorará la propuesta en general y la integralidad de cada uno de sus componentes, teniendo en cuenta:  a) La coherencia entre las actividades de creación colectiva y la forma en la que se vincula la comunidad que reside en las zonas cercanas al lugar de la intervención. b) Impacto del evento de cierre y entrega de la intervención mural, en el que se evidencie la participación activa de la comunidad de la zona.

0 a 25
2

Aporte al contexto local: Se evaluará la experiencia en el ejercicio de las actividades artísticas y culturales que ha desarrollado el participante en la localidad. Además, se evaluará cómo la propuesta aporta en la transformación económica, social y comunitaria de la localidad a través de las actividades propuestas en el territorio local y la vinculación de la comunidad en la creación colectiva de la intervención artística en arte urbano.

0 a 25
3

Viabilidad técnica y económica: Relación entre las actividades, los productos, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos de la propuesta; teniendo énfasis en el componente de recurso humano y la coherencia con el cronograma propuesto.

0 a 25
4

Experiencia en intervenciones artísticas urbanas: Calidad de las intervenciones aportadas en el portafolio de la agrupación, con relación al arte urbano, graffiti y muralismo.

0 a 15
5

Pertinencia del video: El video da respuesta de manera clara y concisa a las preguntas solicitadas por la convocatoria y es consecuente con el planteamiento realizado en la propuesta aportada

0 a 10

El puntaje mínimo que debe tener la propuesta seleccionada como ganadora es de 70 puntos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicional a lo establecido en el numeral 7.5. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%) del valor total del estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes, para tal efecto, según las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 en el numeral 7.2 ¿Cómo se realiza la legalización del estímulo?

1.2. Un segundo desembolso equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento de los deberes del ganador, la aprobación del informe final con sus respectivos soportes y previo aval de cumplimiento de la entidad a cargo de la convocatoria.

  • Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
  • Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador. 

Nota: Los desembolsos se harán previos a la aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo, dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

2. Contar con el acompañamiento del equipo designado por el Programa Más Cultura Local en el desarrollo de la propuesta, abarcando aspectos misionales, administrativos, de producción y relacionados con la estrategia de comunicaciones.

3. Disponer del proceso de fortalecimiento a ganadores por parte del Equipo Más Cultura Local. 

4. Solicitar espacios administrados por el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, según disponibilidad y según procedimiento definido en la localidad.

5. Hacer uso del hashtag #MásCulturaLocal en las diferentes redes sociales.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:

1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado del Instituto Distrital de las Artes Idartes enviado al correo que ha autorizado para recibir este tipo de información, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El correo se enviará con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando, iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. Así las cosas, tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de notificación por medio del correo electrónico con la información enviada, para dar respuesta al mismo manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. En caso de que esté de acuerdo con el contenido del acto administrativo, le recomendamos manifestar expresamente su aceptación y entrega de los documentos de legalización del estímulo a la mayor brevedad.

2. Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de cumplimiento por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. 

3. Adicional a la documentación solicitada en el numeral 7.2 ¿Cómo se realiza la legalización del estímulo? de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 y si la propuesta lo requiere, el ganador deberá constituir una póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: en caso de que las actividades se realicen en espacios del distrito, establecimientos educativos o espacios que tengan reconocimiento, el ganador deberá aportar una carta en la cual indica que se acoge a la póliza de responsabilidad civil extracontractual con la que cuenta el lugar. Si el espacio no cuenta con la garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta. En el caso que aplique, el participante deberá aportar está póliza en su informe de avance o final de su propuesta.

4. Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, así como garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo. Nota: Durante la ejecución de la propuesta NO se podrán dejar estructuras o instalaciones fijadas en espacios públicos sin la autorización respectiva de la entidad responsable del espacio.  El ganador mantendrá indemne al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y al Idartes ante cualquier reclamación sobre las estructuras o instalaciones realizadas.

5. Asistir y participar de forma activa en el proceso de fortalecimiento desarrollado por SCRD, en sus diferentes etapas estipuladas e informadas a los ganadores de la presente convocatoria.

6. Ejecutar la propuesta según lo contemplado en el plan de mejoramiento aprobado de la propuesta ganadora, ante eventuales modificaciones y previo a la realización de la acción o actividad, deberá reportar oportunamente al equipo del Programa Más Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes para su respectiva revisión y aprobación, según lo contemplado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.

7. Garantizar el curso de alturas vigente de los artistas que realicen intervenciones  artísticas urbanas a más de 1.50 metros de altura.

8. Garantizar que los equipos y elementos de seguridad requeridos para el trabajo en   altura, cumplen con  las normas vigentes establecidas para esta actividad, entre ellos:  herramientas, andamios, escaleras, equipos y maquinaria necesaria para la realización de la intervención.

9. Las agrupaciones ganadoras, el coordinador de alturas y el equipo de trabajo, deben contar con afiliación activa en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, Administradora de Riesgos Laborales - ARL y la documentación necesaria en el momento de realizar las intervenciones artísticas urbanas.

10. Concertar con los artistas que hayan realizado una intervención artística urbana previa en la superficie que se intervendrá, para promover la sostenibilidad de la propuesta.

11. Mantener una comunicación asertiva y continua con el equipo de acompañamiento del Programa Más Cultura Local. De manera oportuna, el ganador reportará el estado de ejecución, ajustes de informes, cronogramas, visitas y otras acciones de la propuesta, y responderá a las solicitudes del equipo designado desde el Programa Más Cultura Local, respecto del desarrollo de su propuesta. 

Nota: El Equipo del Programa Más Cultura Local se reserva la comunicación frente al desarrollo de la propuesta únicamente con los ganadores inscritos en la plataforma, para ganadores como personas jurídicas se establecerá comunicación con el representante legal o quien este designe por escrito. 

12. Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, indistintamente si son convocadas de manera virtual o presencial. 

13. Cumplir con los deberes y lineamientos establecidos en la Guía de Identidad Visual para beneficiarios del Programa Más Cultura Local, en la elaboración de todos los productos comunicativos (piezas gráficas, audiovisuales, sonoras, material POP y productos resultantes). Estos, deben ser revisados y aprobados por parte del equipo del Programa Más Cultura Local, previo a su difusión, publicación, circulación e impresión. 

Nota 1: El equipo del Programa Más Cultura Local podrá solicitar ajustes o correcciones a las piezas gráficas, audiovisuales, sonoras, material POP y demás productos comunicativos que no se ajusten a los lineamientos establecidos en la Guía de Identidad Visual. En caso de que, una vez realizadas dichas observaciones, los productos continúen sin cumplir con los criterios establecidos, no serán aprobados por el equipo. En consecuencia, los gastos asociados a su elaboración no serán reconocidos ni aceptados al momento de la legalización de los recursos, y no serán considerados como parte de la ejecución del estímulo.

14. Las piezas de difusión y divulgación de las acciones a desarrollar en el marco de la propuesta ganadora deberán ser enviadas con un mínimo de siete (7) días calendario de anticipación a su difusión, para su revisión y aprobación por parte del equipo de comunicaciones del Programa Más Cultura Local. Estas piezas deberán cumplir con los deberes y lineamientos establecidos en la Guía de Identidad Visual del Programa, el manual de uso de imagen y el uso adecuado de los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, el Programa Más Cultura Local y la Alcaldía de Bogotá. El ganador será responsable de realizar las subsanaciones o ajustes requeridos para obtener la aprobación correspondiente. En caso de no enviar las piezas dentro del plazo establecido o de no obtener la aprobación previa respectiva, los gastos asociados a la impresión, difusión, circulación o comercialización no serán reconocidos ni aceptados al momento de la legalización del recurso, y deberán ser asumidos por el ganador.

15. Compartir con el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y el Instituto Distrital de las Artes - Idartes la información correspondiente a las acciones comunicativas desarrolladas en el marco de la ejecución de su propuesta, con el objetivo de garantizar los aspectos básicos necesarios para la difusión y circulación de la propuesta por parte de las instituciones. En caso de que aplique, el ganador aportará los documentos necesarios para la reproducción y uso de las piezas gráficas, audiovisuales, sonoras, material POP y productos resultantes con fines de divulgación, que requiera el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y el Idartes. 

16. Garantizar la imagen reputacional del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y del Idartes, el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las entidades, monumentos,  sitios icónicos y emblemáticos de la localidad. El ganador mantendrá indemne al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.

17. Suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de éstas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y el Idartes. 

18. Enviar con mínimo diez (10) días calendario de anticipación, las piezas de difusión y divulgación de las acciones a desarrollar en el marco de la propuesta ganadora, teniendo en cuenta los lineamientos de la Guía de identidad visual del Programa Más Cultura Local, en cumplimiento del manual de uso de imagen y el uso de los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, Programa Más Cultura Local y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación relacionadas con la propuesta. El ganador es responsable de realizar las subsanaciones o correcciones necesarias para lograr la aprobación oportuna de las piezas de difusión y promoción. 

19. Participar en las actividades de articulación y socialización con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, cuando sea convocado. 

20. Organizar actividades de socialización presencial de los resultados obtenidos con el estímulo donde pueda compartir los logros alcanzados con la comunidad, estas actividades pueden incluir muestras finales de procesos o talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones u otras actividades, según la naturaleza del proceso realizado. En todo caso, es importante exponer y visibilizar el aporte que el Programa Más Cultura Local ha  brindado al proceso o propuesta desarrollada.

21. Ejecutar las actividades propuestas dentro de la localidad de Ciudad Bolívar, los gastos deben ser totalmente independientes a otras propuestas ganadoras del Programa Más Cultura Local o al Programa Distrital de Estímulos; es decir, no podrán compartir o dividir gastos frente a rubros inicialmente propuestos, ni realizar actividades conjuntas.

22. Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución de la propuesta, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal fin, a través de los medios que le sean indicados para su entrega. Los soportes aportados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada,  estos serán verificados por el equipo del Programa Más Cultura Local.

23. Entregar por medio de correo electrónico un informe final de gestión, junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total de la propuesta. Es obligatorio que este informe final haya sido aprobado previamente por el equipo encargado de realizar el acompañamiento a la ejecución de su propuesta y deberá estar listo para su radicación, antes del 15 de abril de 2026. Los soportes aportados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada y serán verificados por el equipo del Programa Más Cultura Local. NOTA: Por lo anterior, la fecha máxima para desarrollo de actividades presenciales de su propuesta será el 31 de marzo de 2026.

24. Entregar una ficha técnica como producto de las jornadas de creación colectiva, que contenga: (1) El boceto a realizar (2) Nombre de la intervención (3) Descripción de la intervención (4) Materiales y técnicas a utilizar, tenga presente que durante la ejecución se solicitarán los respectivos soportes de las actividades presenciales de creación colectiva y que deberá entregarse como anexo al informe final.

25. Garantizar que los productos y servicios finales sean resultado de las actividades realizadas dentro de la ejecución de la propuesta ganadora del Programa Más Cultura Local. 

26. En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la entidad aplicará el procedimiento determinado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. Nota: Ante una posible ejecución que no esté acorde con lo aprobado en el plan de mejoramiento, el equipo del Programa Más Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes citará de manera presencial o virtual al ganador para que suministre la información respectiva frente al desarrollo de su propuesta y el Idartes tomará las medidas que haya lugar.

27. Responder todos los requerimientos y aportar la información que sea solicitada por la Entidad en cualquier etapa de la ejecución de la propuesta o, con posterioridad a ésta en caso de un presunto incumplimiento, en los términos que la Entidad otorgue para emitir una respuesta.

28. Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda; en cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

29. Seguir las indicaciones proporcionadas por el equipo de acompañamiento del Programa Más Cultura Local, con relación a la presentación de los documentos, soportes de ejecución y de gastos requeridos para los informes parciales y finales.

30. Asegurar que, en el caso que haya variaciones en los integrantes de la agrupación ganadora la o el representante principal debe solicitar el cambio a través de la plataforma, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores, adjuntando una carta de solicitud y los documentos administrativos del nuevo integrante. Vencido este plazo, el cambio de integrante sólo podrá solicitarse por causas debidamente justificadas o motivadas, las cuales serán estudiadas, y aprobadas o no, por la entidad que oferta la convocatoria. 

Tenga en cuenta lo contenido en la tabla de cambios aceptados de integrantes de la agrupación ganadora, la cual se encuentra a continuación:

No. de integrantes

No. de cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

31.  Los demás señalados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa.
Actividades de la Economía Cultural y Creativa.
2 Anexo No. 2 Instructivo para grabación de videos
Como referencia, consulte la guía de grabación de videos. Tenga en cuenta los parámetros técnicos y de calidad.
3 Anexo No. 3 - Declaración juramentada del lugar de residencia
Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente si no logró gestionar el certificado de residencia de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2 de las  CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025
4 Anexo No. 4 - Declaración juramentada de ejercicio mercantil
Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente en el caso que un porcentaje de los integrantes de la agrupación no resida en la localidad objeto de esta convocatoria. Por favor, tenga en cuenta el porcentaje máximo permitido en el perfil del participante, específicamente para las agrupaciones
5 Anexo No 5 - Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
6 Anexo No. 6 - Guía para Producción de Eventos Artísticos
Guía para Producción de Eventos Artísticos
7 Anexo No. 7 - Formato de autorización de la intervención.
Formato autorización de la intervención.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de presentación de propuesta para la convocatoria BECA PARA EL ARTE URBANO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR - MÁS CULTURA LOCAL 2025 (archivo Word o PDF)

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato de presentación de propuesta para la convocatoria BECA PARA EL ARTE URBANO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR - MÁS CULTURA LOCAL  2025 (archivo Word o PDF) 

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 1367 - «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local 2025»
RESOLUCIÓN No. 1367 - «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local 2025»
2 Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - BECA PARA EL ARTE URBANO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR- MÁS CULTURA LOCAL 2025
Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - BECA PARA EL ARTE URBANO EN LA LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR- MÁS CULTURA LOCAL 2025

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