BECA PARA LA FORMACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA - MÁS CULTURA LOCAL 2025
Más Cultura Local
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08/25
08/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
Esta es una convocatoria ofertada por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, en el marco del Programa Más Cultura Local, en alianza con la localidad de Suba. A continuación, se mencionan algunos puntos claves de la convocatoria.
Para presentarse en esta convocatoria, no olvide:
- Leer las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
- Leer esta convocatoria completamente, revisar los formatos y anexos disponibles en el apartado “Tenga en cuenta”.
- Revisar la guía de producción de actividades para la realización de su propuesta, la cual se encuentra en el apartado “Anexos”.
- Alistar toda la documentación técnica y administrativa, asegúrese de cumplir con la totalidad de los requisitos.
- Tener en cuenta los permisos necesarios -según la normativa vigente- para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público. Será responsabilidad exclusiva de los ganadores la gestión de permisos, el buen uso de los espacios y deberán garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para la ejecución de la propuesta ganadora.
- Leer atentamente los criterios de evaluación de la convocatoria.
- Las actividades deberán ejecutarse a partir del 10 de enero de 2026, tenga en cuenta esta fecha al momento de formular su cronograma.
¡Importante!
Recuerde que el Registro Único Tributario - RUT del representante de la agrupación o persona jurídica, debe contener alguna de las actividades económicas relacionadas en el Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa.
Sobre el proceso de fortalecimiento a los agentes del sector cultural y creativo:
El Programa Más Cultura Local se caracteriza por propender por la sostenibilidad del sector cultural y creativo, lo cual incluye un proceso de fortalecimiento a sus agentes. Para la versión 2025, este proceso se realizará a partir de ejercicios de intercambio de experiencias que incluyen mentorías personalizadas y otros ejercicios en clave de sostenibilidad que aplican solo para los ganadores. Esto quiere decir que es un valor agregado al estímulo monetario que se otorgará. Todo este proceso se realizará en compañía de la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte - SCRD.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Creación, Formación
Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar
Total de recursos: $ 560.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán Siete (7) estímulos, cada uno por un valor de OCHENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($80.000.000 m/cte).
El valor del estímulo está sujeto a las retenciones de ley, las cuales deberán ser asumidas por los ganadores de la convocatoria.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Gestor cultural con mínimo cuatro (4) años de experiencia en la realización de proyectos culturales o creativos en el campo del arte, la cultura o el patrimonio, a nivel distrital
Nota 1: Los soportes de la trayectoria y experiencia deben contener la información mínima indicada en el numeral 4.2.2. Documentos técnicos de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE PERSONAS EXPERTAS PARA EL SECTOR CULTURA 2025
Nota 2: El jurado, debe residir o estar domiciliado/a en Bogotá, pero no en la localidad a la que se postula para evaluar. Los perfiles que residan o estén domiciliados/as en la localidad de la convocatoria no serán considerados. Esta información se verificará con los datos registrados en el SICON.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines
Campo de experiencia:
Persona con mínimo cuatro (4) años de experiencia en la realización de proyectos culturales o creativos en el campo del arte, la cultura o el patrimonio a nivel distrital.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música , Patrimonio cultural
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Profesional con mínimo cuatro (4) años de experiencia relacionada con alguna(s) de las siguientes líneas: formación artística o cultural, emprendimiento cultural o creativo; Industrias culturales o creativas; o Economía cultural o creativa.
Nota 1: Para este perfil los interesados no deberán haber sido designados como jurados evaluadores de alguna de las convocatorias ofertadas en el Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
Nota 2: Los soportes de la trayectoria y experiencia deben contener la información mínima indicada en el numeral 4.2.2. Documentos técnicos de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE PERSONAS EXPERTAS PARA EL SECTOR CULTURA 2025
Nota 3: El jurado, debe residir o estar domiciliado/a en Bogotá o en cualquier municipio de Colombia, pero no en la localidad a la que se postula para evaluar. Los perfiles que residan o estén domiciliados/as en la localidad de la convocatoria no serán considerados. Esta información se verificará con los datos registrados en el SICON.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines
Campo de experiencia:
Persona con cuatro (4) años de experiencia relacionada con alguna de las siguientes líneas: formación artística o cultural, emprendimiento cultural o creativo; Industrias culturales o creativas; o Economía cultural o creativa.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música , Patrimonio cultural
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Profesional en áreas del conocimiento de las bellas artes o las ciencias sociales y humanas, con posgrado relacionado con arte y cultura y que cuente con mínimo cuatro (4) años de experiencia en el campo del arte, la cultura o el patrimonio relacionada con la realización de proyectosen Bogotá D.C.
Nota 1: La persona no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula. Esto se verificará según la información que reposa en el SICON.
Nota 2: Los soportes de la trayectoria y experiencia deben contener la información mínima indicada en el numeral 4.2.2. Documentos técnicos de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE PERSONAS EXPERTAS PARA EL SECTOR CULTURA 2025
Nota 3: Recuerde que, si su título de posgrado fue cursado en el exterior, deberá estar convalidado por el Ministerio de Educación y deberá cargar la resolución expedida por el mismo.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia:
Persona con mínimo cuatro (4) años de experiencia en el campo del arte, la cultura o el patrimonio relacionada con la realización de proyectos, procesos o acciones en Bogotá D.C.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música , Oficios culturales y artesanías , Patrimonio cultural , Circo , Magia
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado , Post Doctorado
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 27/08/2025 | |
Fecha de apertura | 04/09/2025 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 27/09/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 30/09/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción de las propuestas a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 03/10/2025 | Luego de la publicación del listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar, los participantes cuyas propuestas tengan documentos por subsanar, contarán con un plazo de tres (3) días hábiles, a partir de la notificación para cargar los documentos a subsanar a través de la plataforma. El cargue de los documentos podrá realizarse únicamente en la plataforma, que se encontrará habilitada hasta las 5:00 p.m., hora legal colombiana del último día de subsanación. No se recibirán subsanaciones en físico en las oficinas de la SCRD ni en las oficinas de las entidades adscritas, tampoco se recibirán vía correo electrónico. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 18/11/2025 | En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones. |
Fecha máxima de ejecución | 30/05/2026 | La fecha máxima de ejecución incluye la entrega del informe final y la aprobación por parte del área misional, área que realiza el acompañamiento de la ejecución de la propuesta. |
Justificación
La presente convocatoria se sustenta en el Convenio Interadministrativo No. 679 de 2025, celebrado entre la Secretaría Distrital De Cultura, Recreación y Deporte, Instituto Distrital De Las Artes - Idartes, Fondo De Desarrollo Local De Usaquén; Fondo De Desarrollo Local De Chapinero; Fondo De Desarrollo Local De San Cristóbal; Fondo De Desarrollo Local De Usme; Fondo De Desarrollo Local De Tunjuelito; Fondo De Desarrollo Local De Bosa; Fondo De Desarrollo Local De Kennedy; Fondo De Desarrollo Local De Fontibón; Fondo De Desarrollo Local De Engativá; Fondo De Desarrollo Local De Suba; Fondo De Desarrollo Local De Barrios Unidos; Fondo De Desarrollo Local De Teusaquillo; Fondo De Desarrollo Local Antonio Nariño; Fondo De Desarrollo Local De Puente Aranda; Fondo De Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe; Fondo De Desarrollo Local De Ciudad Bolívar y Fondo De Desarrollo Local De Sumapaz. El cual tiene por objeto "implementar el programa Más Cultura Local 2025, orientado a fortalecer las capacidades de los agentes culturales y artísticos de las localidades participantes e impulsar procesos sostenibles de transformación social,económica y comunitaria a través del arte y la cultura, en articulación con las metas y líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Distrital 2024-2027 "Bogotá Camina Segura".
Objeto
En el marco del Programa Más Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Suba , aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de fortalecer procesos de formación o creación artística en la localidad de Suba, que propongan actividades de experimentación pedagógica y exploración de técnicas artísticas con la comunidad de la localidad.
Los participantes deberán proponer un total de ocho (8) procesos de formación, que se distribuyan en mínimo tres (3) espacios de la localidad de Suba donde cada proceso vincule 30 personas, con una intensidad horaria de mínimo 40 horas, cada uno. Los procesos pueden ser simultáneos, con temáticas iguales o diferentes; no obstante, deben contar con diferentes asistentes y participantes del proceso. Cada proceso de formación realizará una muestra final que visibilice los productos del proceso creativo o formativo, a través de cualquiera de las manifestaciones creativas.
El participante deberá asegurar que las personas vinculadas a los procesos de formación o creación asistan, como mínimo, al 60 % de la intensidad horaria establecida en la convocatoria. Así mismo, deberá expedir una certificación a quienes cumplan con dicho requisito. Todas las actividades deberán desarrollarse de manera presencial en la localidad de Suba. Finalmente, será obligatorio realizar una muestra de cierre que permita visibilizar los productos resultantes del proceso, a través de cualquier manifestación creativa.
Para esta convocatoria se entenderán los “procesos de formación o creación artística” como aquellas actividades de experimentación pedagógica y exploración de técnicas artísticas que hayan sido desarrolladas e implementadas por varias personas durante varias sesiones.
¿Cuáles son los tiempos de ejecución de la propuesta?
Adicional a lo estipulado en el numeral 7.4, ¿En qué momento inicia la ejecución del estímulo? de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, se precisa que la fecha de inicio de ejecución de su propuesta será la correspondiente a la fecha de aprobación de las pólizas y del plan de mejoramiento por parte del equipo designado del Programa Más Cultura Local.
La fecha máxima de ejecución será el 30 de mayo de 2026, esto incluye la presentación y aval del informe final.
Nota 1: Recuerde que antes de iniciar la ejecución de la propuesta, los ganadores realizarán un plan de mejoramiento, en el que deberán acoger las observaciones sugeridas por la terna de jurados para dicha ejecución, este documento será la guía para el acompañamiento a la ejecución de su propuesta por parte del equipo de Más Cultura Local.
Nota 2: No se permitirán gastos y ejecución de actividades posteriores a la fecha máxima previamente indicada.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Con o sin ánimo de lucro, cuya dirección de domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes esté ubicada en la localidad de Suba, y que cuenten con una propuesta o proceso artístico, cultural y creativo de acuerdo al objeto de esta convocatoria. Adicionalmente, deberán acreditar mínimo seis (6) procesos de formación o creación en arte o cultura relacionados con el objeto de la convocatoria. De los cuales, al menos un (1) proceso de formación o creación se haya desarrollado dentro de la localidad de Suba. Los soportes anteriormente solicitados serán verificados según lo indicado en el apartado “Documentos técnicos para evaluación”. Recuerde que para esta convocatoria se entenderán “procesos de formación o creación artística” como aquellas actividades de experimentación pedagógica y exploración de técnicas artísticas que hayan sido desarrolladas e implementadas por varias personas durante varias sesiones.
Nota 2: El “domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes” se entenderá como el lugar principal o sede de sus negocios y actividades; la dirección de notificación judicial, es simplemente el sitio designado para recibir notificaciones dentro de un proceso judicial. Por lo cual, la dirección de notificación judicial no será tenida en cuenta como “domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes” de la persona jurídica participante. Nota 3: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su propuesta, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad. Nota 4: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta directiva que la conforman. Nota 5: Relacione en la plataforma de inscripción a todos los miembros de la junta directiva de la persona jurídica, según lo contenido en el Certificado de Existencia y Representación Legal. |
Quiénes no pueden participar
Adicional a lo establecido en el numeral 3.2 de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, en esta convocatoria no pueden participar:
- Aquellas personas naturales que hayan sido delegados del Componente A del Programa Más Cultura Local, durante el segundo semestre del año 2025 ya sea como participante a nombre propio, como integrante de agrupación o como miembro de una persona jurídica.
- Las y los servidores públicos o empleados oficiales que al momento de inscribirse en una convocatoria estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA, los Fondos de Desarrollo Local con los que se suscriba el convenio o la Secretaría Distrital de Gobierno.
- Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, bien sea la SCRD, IDARTES o FUGA
- Las y los contratistas que al momento de inscribirse en una convocatoria tengan un contrato vigente con los Fondos de Desarrollo Local con los que se suscriba el convenio o la Secretaría Distrital de Gobierno.
- No podrán participar las personas naturales, agrupaciones (incluyendo sus integrantes) y personas jurídicas (incluyendo sus miembros) que hayan sido designadas como ganadoras en alguna de las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local durante el primer semestre del año 2025, es decir, aquellas que se hayan ofertado en cualquiera de los siguientes actos administrativos:
Resolución No. 27 de 21 de enero de 2025 del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Resolución No. 31 de 22 de enero de 2025 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.
Resolución No. 10 del 22 de enero de 2025 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
Exceptuando los ganadores de las convocatorias BECA PARA LA CREACIÓN Y FORMACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA - MÁS CULTURA LOCAL y BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE SUBA
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025. |
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5 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., con la matrícula mercantil renovada a 2025, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo treinta (30) días calendario de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012. Nota 1: El “domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes” de la persona jurídica en la localidad de Suba, se revisará según lo contenido en el Certificado de Existencia y Representación Legal aportado por el participante Nota 2: El “domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes” se entenderá como el lugar principal o sede de sus negocios y actividades; la dirección de notificación judicial, es simplemente el sitio designado para recibir notificaciones dentro de un proceso judicial. Por lo cual, la dirección de notificación judicial no será tenida en cuenta como “domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes” de la persona jurídica participante. |
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15 MB |
3 | RUT | Registro Único Tributario (RUT) de la persona jurídica con fecha de generación en el año 2025, con alguna de las actividades económicas relacionadas en el Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa. Nota: La actualización debe estar sujeta a la normativa vigente y según las obligaciones que como contribuyente sea acreedor. |
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10 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Formato de presentación de propuesta | Diligencie completamente el Formato para la presentación de propuestas de la convocatoria BECA PARA LA FORMACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA - MÁS CULTURA LOCAL 2025, disponible en el apartado “Formatos”, guárdelo en formato PDF y adjúntelo en la plataforma de inscripción. Tenga en cuenta que no se aceptarán pagos a menores de edad en la ejecución de su propuesta. Nota 1: De acuerdo con el numeral 4.2 de las Condiciones Generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados; por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc. Nota 2: Las propuestas presentadas deben considerar todos los requerimientos logísticos y de gestión para su realización. Revise la guía de producción de actividades para la realización de su propuesta que se encuentra en el apartado “Anexos”. Nota 3: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, presentarla en un formato diferente al estipulado a la presente convocatoria, o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria al momento de la inscripción, implica que la propuesta no será habilitada. Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comuníquese a contactenos@idartes.gov.co de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
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15 MB |
2 | Soportes de experiencia o trayectoria | En un (1) solo PDF adjunte los soportes de experiencia y trayectoria. Los documentos aportados deben acreditar lo solicitado en el perfil del participante de la presente convocatoria, ya sea como persona jurídica. Estos soportes pueden ser: certificaciones de contratos o actas de liquidación, publicaciones de libros, revistas o periódicos, catálogos de eventos, programas de mano, flyers, volantes, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos o certificaciones emitidas por el Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio - CLACP de la localidad de Suba que evidencien de manera clara y visible, las fechas de realización, y nombre del participante (persona jurídica) tal y como aparece en el formulario de inscripción. Recuerde que para esta convocatoria se entenderán “procesos de formación o creación artística” como aquellas actividades de experimentación pedagógica y exploración de técnicas artísticas que hayan sido desarrolladas e implementadas por varias personas durante varias sesiones y deberá acreditar mínimo seis (6) soportes en estos procesos. Nota 1: No se considerarán válidas las certificaciones emitidas por los mismos participantes. Este documento no es subsanable; es decir, en caso de no presentarlo, su propuesta pasará a estado NO HABILITADA. Nota 2: No se permitirá la suma de experiencia de miembros de las juntas directivas para las personas jurídicas. Nota 3: De acuerdo con el numeral 4.2 de las Condiciones Generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.En un (1) solo PDF, adjunte los soportes de experiencia y trayectoria. Los documentos aportados deben acreditar lo solicitado en el perfil del participante de la presente convocatoria, ya sea como agrupación o persona jurídica. |
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15 MB |
3 | Experiencia en la localidad de Suba | Los participantes deberán aportar alguna experiencia o trayectoria en la localidad de Suba, desarrollado posterior a enero de 2020, según el objeto de la convocatoria. Estos soportes pueden ser: certificaciones de contratos o actas de liquidación, publicaciones de libros, revistas o periódicos, catálogos de eventos, programas de mano, flyers, volantes, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos o certificaciones emitidas por el Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio - CLACP de la localidad de Suba que evidencien de manera clara y visible, las fechas de realización, y nombre del participante (agrupación o persona jurídica) tal y como aparece en el formulario de inscripción. En cualquiera de los casos debe evidenciar procesos o actividades desarrolladas en la localidad de Suba y este podrá ser alguno de los soportes relacionados en el apartado “Soportes de experiencia y trayectoria“ |
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15 MB |
4 | Documento con las características del espacio | En un (1) solo PDF adjunte un documento que brinde características de los espacios donde se esperan desarrollar las sesiones. Este documento debe contener lo siguiente:
Podrá incluir información adicional que considere pertinente, según lo solicitado en la convocatoria.
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15 MB |
5 | Video introductorio a la propuesta | Realice un video que cumpla con las siguientes indicaciones:
En el video, deberá responder las siguientes preguntas:
Posteriormente, en un (1) solo PDF relacione el enlace del video introductorio de la propuesta y cárguelo en el apartado correspondiente en la sección “Documentos tecnicos”. Nota 1: Consulte el “Anexo 2. Instructivo para grabación de videos”, allí encontrará las sugerencias que debe tener en cuenta para cumplir con las condiciones técnicas y de calidad. Nota 2: Los pueblos indígenas que lo deseen, pueden grabar este video en su lengua originaria, siempre y cuando puedan incluir la subtitulación o la traducción en español, sin superar el tiempo límite estipulado. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez y pertinencia: La propuesta será evaluada en su totalidad, considerando cada uno de sus componentes, con especial atención en los siguientes aspectos: a) La pertinencia de la propuesta para la localidad, en virtud del objeto de la presente convocatoria. b) La coherencia del presupuesto, las actividades y los productos resultantes de la propuesta, de acuerdo con el cronograma planteado. |
0 a 25 |
2 | Experiencia e impacto en el contexto local: Se evaluará la experiencia en el ejercicio de las actividades artísticas y culturales, incluyendo aquellas realizadas dentro de la localidad. Además, se evaluará cómo la propuesta aporta en la transformación económica, social y comunitaria de la localidad, a través de la generación de ingresos o la adquisición de productos y servicios de agentes locales durante el desarrollo de las actividades de la propuesta y el alcance de sus actividades en los residentes de la localidad de Suba. |
0 a 30 |
3 | Relación de la experiencia del participante frente a la propuesta presentada: Se evaluará la trayectoria del participante, considerando su experiencia previa y su capacidad para ejecutar la propuesta planteada. Además, se valorará la pertinencia de los perfiles del equipo de trabajo relacionados en el formato de presentación de propuesta, garantizando que cuenten con las habilidades y la experiencia necesaria para cumplir con los objetivos establecidos. |
0 a 20 |
4 | Integración de las artes: La propuesta demuestra una articulación clara y coherente entre una o varias disciplinas o áreas artísticas, evidenciando cómo esta vinculación enriquece el desarrollo de las actividades en relación con el objetivo de la convocatoria. |
0 a 15 |
5 | Pertinencia del video: El video da respuesta de manera clara y concisa a las preguntas solicitadas por la convocatoria y es consecuente con el planteamiento realizado en la propuesta aportada. |
0 a 10 |
El puntaje mínimo que debe tener la propuesta seleccionada como ganadora es de 70 puntos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Adicional a lo establecido en el numeral 7.5. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tienen derecho a:
1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:
1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%) del valor total del estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes, para tal efecto, según las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 en el numeral 7.2 ¿Cómo se realiza la legalización del estímulo?
1.2. Un segundo desembolso equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento de los deberes del ganador, la aprobación del informe final con sus respectivos soportes y previo aval de cumplimiento de la entidad a cargo de la convocatoria.
- Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
- Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador.
Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo, dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
2. Contar con el acompañamiento del equipo designado por el Programa Más Cultura Local en el desarrollo de la propuesta, abarcando aspectos misionales, administrativos, de producción y relacionados con la estrategia de comunicaciones.
3. Disponer del proceso de fortalecimiento a ganadores por parte del equipo del Programa Más Cultura Local.
4. Solicitar espacios administrados por el Fondo de Desarrollo Local de Suba, según disponibilidad y según procedimiento definido en la localidad.
5. Hacer uso del hashtag #MásCulturaLocal en las diferentes redes sociales.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los deberes contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado del Instituto Distrital de las Artes IDARTES enviado al correo que ha autorizado para recibir este tipo de información, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El correo se enviará con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando, iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. Así las cosas, tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de notificación por medio del correo electrónico con la información enviada, para dar respuesta al mismo manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. En caso de que esté de acuerdo con el contenido del acto administrativo, le recomendamos manifestar expresamente su aceptación y entrega de los documentos de legalización del estímulo a la mayor brevedad.
2. Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de cumplimiento por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
3. Adicional a la documentación solicitada en el numeral 7.2 ¿Cómo se realiza la legalización del estímulo? de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 y si la propuesta lo requiere, el ganador deberá constituir una póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: en caso de que las actividades se realicen en espacios del distrito, establecimientos educativos o espacios que tengan reconocimiento, el ganador deberá aportar una carta en la cual indica que se acoge a la póliza de responsabilidad civil extracontractual con la que cuenta el lugar. Si el espacio no cuenta con la garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta. En el caso que aplique, el participante deberá aportar está póliza en su informe de avance o final de su propuesta.
4. Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, así como garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo. Nota: Durante la ejecución de la propuesta NO se podrán dejar estructuras o instalaciones fijadas en espacios públicos sin la autorización respectiva de la entidad responsable del espacio. El ganador mantendrá indemne al Fondo de Desarrollo Local de Suba y al Idartes ante cualquier reclamación sobre las estructuras o instalaciones realizadas.
5. Asistir y participar de forma activa en el proceso de fortalecimiento desarrollado por SCRD, en sus diferentes etapas estipuladas e informadas a los ganadores de la presente convocatoria.
6. Ejecutar la propuesta según lo contemplado en el plan de mejoramiento aprobado de la propuesta ganadora, ante eventuales modificaciones y previo a la realización de la acción o actividad, deberá reportar oportunamente al equipo del Programa Más Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, para su respectiva revisión y aprobación, según lo contemplado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
7. Mantener una comunicación asertiva y continua con el equipo de acompañamiento del Programa Más Cultura Local. De manera oportuna, el ganador reportará el estado de ejecución, ajustes de informes, cronogramas, visitas y otras acciones de la propuesta, y responderá a las solicitudes del equipo designado desde el Programa Más Cultura Local, respecto del desarrollo de su propuesta.
Nota: El Equipo del Programa Más Cultura Local se reserva la comunicación frente al desarrollo de la propuesta únicamente con los integrantes o personas inscritas en la plataforma, para ganadores como personas jurídicas se establecerá comunicación con el representante legal o quien éste designe por escrito.
8. Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Suba, indistintamente si son convocadas de manera virtual o presencial.
9. Cumplir con los deberes y lineamientos establecidos en la Guía de Identidad Visual para beneficiarios del Programa Más Cultura Local, en la elaboración de todos los productos comunicativos (piezas gráficas, audiovisuales, sonoras, material POP y productos resultantes). Estos, deben ser revisados y aprobados por parte del equipo del Programa Más Cultura Local, previo a su difusión, publicación, circulación e impresión.
Nota: El equipo del Programa Más Cultura Local podrá solicitar ajustes o correcciones a las piezas gráficas, audiovisuales, sonoras, material POP y demás productos comunicativos que no se ajusten a los lineamientos establecidos en la Guía de Identidad Visual. En caso de que, una vez realizadas dichas observaciones, los productos continúen sin cumplir con los criterios establecidos, no serán aprobados por el equipo. En consecuencia, los gastos asociados a su elaboración no se reconocerán ni aceptarán al momento de la legalización de los recursos, y no serán considerados como parte de la ejecución del estímulo.
10. Las piezas de difusión y divulgación de las acciones a desarrollar en el marco de la propuesta ganadora deberán ser enviadas con un mínimo de siete (7) días calendario de anticipación a su difusión, para su revisión y aprobación por parte del equipo de comunicaciones del Programa Más Cultura Local. Estas piezas deberán cumplir con los deberes y lineamientos establecidos en la Guía de Identidad Visual del Programa, el manual de uso de imagen y el uso adecuado de los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, el Programa Más Cultura Local y la Alcaldía de Bogotá. El ganador será responsable de realizar las subsanaciones o ajustes requeridos para obtener la aprobación correspondiente. En caso de no enviar las piezas dentro del plazo establecido o de no obtener la aprobación previa respectiva, los gastos asociados a la impresión, difusión, circulación o comercialización no serán reconocidos ni aceptados al momento de la legalización del recurso, y deberán ser asumidos por el ganador.
11. Compartir con el Fondo de Desarrollo Local de Suba y el Instituto Distrital de las Artes - Idartes la información correspondiente a las acciones comunicativas desarrolladas en el marco de la ejecución de su propuesta, con el objetivo de garantizar los aspectos básicos necesarios para la difusión y circulación de la propuesta por parte de las instituciones. En caso de que aplique, el ganador aportará los documentos necesarios para la reproducción y uso de las piezas gráficas, audiovisuales, sonoras, material POP y productos resultantes con fines de divulgación, que requiera el Fondo de Desarrollo Local de Suba y el Idartes.
12. Garantizar la imagen reputacional del Fondo de Desarrollo Local de Suba y del Idartes, el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las entidades, monumentos, sitios icónicos y emblemáticos de la localidad. El ganador mantendrá indemne al Fondo de Desarrollo Local de Suba y al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
13. Suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de éstas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Fondo de Desarrollo Local de Suba y el Idartes.
14. Participar en las actividades de articulación y socialización con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Suba, cuando sea convocado.
15. Organizar actividades de socialización presencial de los resultados obtenidos con el estímulo donde pueda compartir los logros alcanzados con la comunidad, estas actividades pueden incluir muestras finales de procesos o talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones u otras actividades, según la naturaleza del proceso realizado. En todo caso, es importante exponer y visibilizar el aporte que el Programa Más Cultura Local ha brindado al proceso o propuesta desarrollada. Nota: El ganador deberá certificar a todas las personas que participaron en el proceso de formación o creación.
16. Ejecutar las actividades propuestas dentro de la localidad de Suba, los gastos deben ser totalmente independientes a otras propuestas ganadoras del Programa Más Cultura Local o al Programa Distrital de Estímulos; es decir, no podrán compartir o dividir gastos frente a rubros inicialmente propuestos, ni realizar actividades conjuntas.
17. Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución de la propuesta, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal fin, a través de los medios que le sean indicados para su entrega. Los soportes aportados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada, estos serán verificados por el equipo del Programa Más Cultura Local.
18. Entregar por medio de correo electrónico un informe final de gestión, junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total de la propuesta. Es obligatorio que este informe final haya sido aprobado previamente por el equipo encargado de realizar el acompañamiento a la ejecución de su propuesta y deberá estar listo para su radicación, antes del 30 de mayo de 2026. Los soportes aportados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada y serán verificados por el equipo del Programa Más Cultura Local. NOTA: Por lo anterior, la fecha máxima para desarrollo de actividades presenciales de su propuesta será el 15 de mayo de 2026
19. Garantizar que los productos y servicios finales sean resultado de las actividades realizadas dentro de la ejecución de la propuesta ganadora del Programa Más Cultura Local.
20. En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la entidad aplicará el procedimiento determinado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. Nota: Ante una posible ejecución que no esté acorde con lo aprobado en el plan de mejoramiento, el equipo del Programa Más Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes citará de manera presencial o virtual al ganador para que suministre la información respectiva frente al desarrollo de su propuesta y el Idartes tomará las medidas que haya lugar.
21. Responder todos los requerimientos y aportar la información que sea solicitada por la Entidad en cualquier etapa de la ejecución de la propuesta o, con posterioridad a ésta en caso de un presunto incumplimiento, en los términos que la Entidad otorgue para emitir una respuesta.
22. Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda; en cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
23. Seguir las indicaciones proporcionadas por el equipo de acompañamiento del Programa Más Cultura Local, con relación a la presentación de los documentos, soportes de ejecución y de gastos requeridos para los informes parciales y finales.
24. Asegurar que, en el caso que haya variaciones en los integrantes de la agrupación ganadora la o el representante principal debe solicitar el cambio a través de la plataforma, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores, adjuntando una carta de solicitud y los documentos administrativos del nuevo integrante. Vencido este plazo, el cambio de integrante sólo podrá solicitarse por causas debidamente justificadas o motivadas, las cuales serán estudiadas, y aprobadas o no, por la entidad que oferta la convocatoria. Para los ganadores como persona jurídica el (la) representante legal deberá enviar al equipo del Programa Más Cultura Local una carta de solicitud de cambio de integrante de su equipo de trabajo el cual deberá cumplir el mismo perfil y rol previamente postulado.
Tenga en cuenta lo contenido en la tabla de cambios aceptados de integrantes de la agrupación ganadora, la cual se encuentra a continuación:
No. de integrantes |
No. de cambios aceptados |
De 3 a 5 |
1 |
De 6 a 8 |
2 |
De 9 a 11 |
3 |
De 12 a 14 |
4 |
De 15 a 17 |
5 |
25. Los demás señalados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa.
|
Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa. |
2 |
Anexo No. 2 Guía para grabación de videos”
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Como referencia, consulte la guía de grabación de videos. Tenga en cuenta los parámetros técnicos y de calidad. |
3 |
Anexo No. 3 - Declaración juramentada del lugar de residencia
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Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente si no logró gestionar el certificado de residencia de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025 |
4 |
Anexo No. 4 - Declaración juramentada de ejercicio mercantil
|
Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente si no logró gestionar el certificado de residencia de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025 |
5 |
Anexo No 5. Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
|
Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta |
6 |
Anexo 6. Guía para Producción de Eventos Artísticos
|
Guía para Producción de Eventos Artísticos |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato de presentación de propuesta para la convocatoria BECA PARA LA FORMACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA- MÁS CULTURA LOCAL 2025
(archivo Word o PDF) |
Formato de presentación de propuesta para la convocatoria BECA PARA LA FORMACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA- MÁS CULTURA LOCAL 2025 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 1367 - «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local 2025»
|
RESOLUCIÓN No. 1367 - «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local 2025» |
2 |
Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - BECA PARA LA FORMACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA - MÁS CULTURA LOCAL 2025
|
Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - BECA PARA LA FORMACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA EN LA LOCALIDAD DE SUBA - MÁS CULTURA LOCAL 2025 |
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