BECA ANIMACIÓN ARTES, SABERES Y OFICIOS
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Beca Animación Arte, Saberes y Oficios del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca promover el desarrollo de una pieza de animación cuyo tema central sean: las artes, los oficios y los conocimientos tradicionales que se expresan en el centro de Bogotá. Las dinámicas del mundo contemporáneo tienden a hacer desaparecer estas prácticas culturales y sociales, no obstante, estas forman parte de la identidad cultural de una comunidad y de la ciudad.
Nota 1: se entienden como oficios aquellos que implican un alto grado de manufactura y procesos preindustriales como, por ejemplo: sastrería, zapatería, forja, ebanistería, talla de piedra (cantería), panadería, entre otros.
Nota 2: se entiende como conocimiento tradicional el conjunto de conocimientos, valores, actitudes y prácticas que comparte una comunidad. El conocimiento tradicional forma parte de la identidad cultural, que se transmite a las nuevas generaciones en espacios sociales y familiares.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Creación
Área(s): Artes audiovisuales
Número de estímulos: 1
Total de recursos: $ 20.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar: Un único estímulo por valor de veinte millones de pesos ($20.000.000) M/cte, en tres desembolsos.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesionales que provengan de las artes plásticas, visuales, diseño gráfico, historietistas e ilustradores.Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: Con mínimo tres (3) años de experiencia comprobada en el campo.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Profesionales que provengan de las áreas de la realización audiovisual, multimedia, animación, programación , realidad virtual, cine.Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: Con mínimo tres (3) años de experiencia comprobada en el campo.
Área perfil: Artes audiovisuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Experto en la producción y circulación de cortometrajes de documentales, de ficción y/o animación.Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: Con mínimo tres (3) años de experiencia comprobada en el campo.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 15/02/2021 | |
Fecha de apertura | 15/02/2021 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 16/05/2021 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 19/05/2021 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 02/06/2021 | |
Publicación de resultados de evaluación | 07/07/2021 | |
Fecha máxima de ejecución | 15/12/2021 |
Justificación
La ciudadanía gracias a esta Beca podrá tener acceso a procesos de animación que lo acerquen a la memoria del Centro y que le permitan entender expresiones artísticas diferentes a las reconocidas como tal, ampliando así su conocimiento cultural. Esta beca cuenta con un componente de socialización propuesto por el ganador que puede ser una charla, laboratorio, conversatorio o presentación.
Objeto
Promover el desarrollo de una pieza de animación cuyo tema central gire en torno a los oficios y conocimientos tradicionales que se expresan en el centro de Bogotá. Estos oficios, dadas las dinámicas del mundo contemporáneo, tienden a desaparecer, no obstante, estas forman parte de la identidad cultural de una comunidad y de una ciudad. Con esta beca, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca salvaguardar los oficios tradicionales que permita la valoración de los maestros, sus saberes y experiencia, así como el aprendizaje transmitido de generación en generación en el Centro de Bogotá con lo que se aportará a la visibilización de estas prácticas simbólicas.
La pieza debe tener una duración de mínimo un (1) minuto y máximo tres (3) minutos de extensión. La animación puede ser digital o análoga, con técnica libre y puede abordar el tema desde diferentes perspectivas: histórica, ficcional, sociológica, entre otras.
- La propuesta deberá ser inédita (no haber sido publicada o expuesta al público) y poseer los derechos patrimoniales de autor para comunicación pública, puesta a disposición, distribución, entre otros. No se admitirán propuestas que previamente hayan sido cedidas a alguna empresa, productora o distribuidora audiovisual, ni que simultáneamente estén concursando en otra convocatoria o se encuentren en espera de fallo en otro concurso.
- En el caso de que la animación haya sido realizada en coautoría, los creadores deberán elegir al representante ante la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, siempre y cuando su nombre haya quedado asentado en el formulario de inscripción.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
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Persona Natural | Se entiende por persona natural a los ciudadanos(as) colombianos(as) y/o extranjeros(as), mayores de 18 años, que de manera individual presentan una propuesta. Los participantes deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá. Personas naturales que provengan de las siguientes disciplinas: artes plásticas, visuales, realización audiovisual, diseño, ilustración y publicidad con mínimo dos (2) años de experiencia comprobable en el área. Nota: la experiencia exigida para las personas naturales deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación. |
Agrupación | Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, el cual será el encargado de comunicarse con el PDE en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora, y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor debidamente probados, asuma las responsabilidades del principal. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá. Agrupaciones cuyos miembros provengan de las siguientes disciplinas: artes plásticas, visuales, realización audiovisual, diseños, ilustración y publicidad con mínimo dos (2) años de experiencia comprobable en el área. Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) y máximo (4) personas, de las cuales el coordinador del proyecto deberá acreditar formación universitaria en áreas afines a las artes plásticas, visuales, realización audiovisual, diseño, ilustración y publicidad. La agrupación deberá contar con trayectoria en el desarrollo de mínimo dos (2) proyectos afines al objeto de la convocatoria. Esta experticia puede ser certificada por cualquiera de los participantes. Nota 1: la experiencia exigida para las agrupaciones deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación. Nota 2: las agrupaciones deberán enviar una carta firmada por la totalidad de los integrantes, en la que confirmen su participación en el grupo, en el presente estímulo. |
Quiénes no pueden participar
- No pueden participar los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad de la persona natural participante | Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.
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pdf |
5 MB |
2 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante | Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.
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5 MB |
3 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.
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pdf |
5 MB |
4 | Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante | Expedido por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1: para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia Nota 2: en caso de no ser posible la expedición del certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, debido a las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa, bajo gravedad de juramento, en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021 (ver anexo 1). Nota 3: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. |
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5 MB |
5 | Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Expedido por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1: para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia Nota 2: en caso de no ser posible la expedición del certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, debido a las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa, bajo gravedad de juramento, en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021 (ver anexo 1). Nota 3: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. |
pdf |
5 MB |
6 | Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil. | RUT actualizado de la persona natural y representante principal de la agrupación, especificando la actividad económica y afín a la convocatoria de su interés. Si es persona natural comerciante, deberá presentar adicionalmente la matricula mercantil expedida por la Cámara de Comercio, renovada, con máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones en la convocatoria a la cual participa.
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pdf |
5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1 | FORMATO BECA ANIMACIÓN ARTES, SABERES Y OFICIOS Documentos técnicos para evaluación Formato PDF con la propuesta completamente diligenciada. Nota: No debe superar quince (15) MB. |
pdf |
15 MB |
2 | SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE | Se deberá aportar cualquiera de los siguientes soportes: 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago. 2. Documento en el que, bajo la gravedad de juramento, se relacionen las actividades que fueron realizadas por el proponente, con lugar y fecha de realización, que permita contabilizar el tiempo de experiencia requerida, y que cuente con soportes como:
Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez formal y conceptual de la animación. | 0 a 25 |
2 | Pertinencia de la animación a la temática propuesta por la convocatoria. | 0 a 25 |
3 | Aporte de la propuesta a las prácticas audiovisuales especializadas en animación en el ámbito local. | 0 a 20 |
4 | Viabilidad técnica y económica de la propuesta. | 0 a 20 |
5 | Portafolio del participante | 0 a 10 |
Ganadores |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, el ganador tendrá los siguientes derechos:
Desembolsos
Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y la selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, llevará a cabo los desembolsos, así:
- Primer desembolso correspondiente al 70 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la garantía única.
- Segundo desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, a la entrega de un informe de avance del proceso llevado a cabo, donde se incluya un teaser pre-final de la animación, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural - Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
- Tercer y último desembolso correspondiente al 10 % del valor total del estímulo, contra entrega de un informe final que dé cuenta de la animación finalizada en dos formatos: Códec Apple ProRes HD en una USB y vínculo a VIMEO en alta definición con contraseña. Esto debe ir acompañado por un informe final, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural - Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:
- Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural o representante principal de la agrupación, según corresponda.
- Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado (2019) de la persona natural o del representante principal de la agrupación, según sea el caso.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante principal de la agrupación en donde consten la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
- Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante principal de la agrupación.
Deberes específicos de las y los ganadores
Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor
Los que se indican en el numeral 7.12. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021.
Deberes específicos de los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, el ganador tendrá los siguientes deberes:
- Garantizar la realización de la propuesta con los costos que ella involucre.
- Gestionar la presentación del proyecto en dos espacios en la ciudad.
- Aportar las piezas de diseño (carteles, banners para redes, etc.) para la divulgación de las presentaciones públicas de la animación.
- Llevar a cabo una conferencia, conversatorio o charla sobre el proyecto, como parte de las actividades de socialización, antes de la fecha límite de ejecución de la beca, que debe ser propuesta por el participante y consensuada con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
- Presentar mínimo dos informes: uno parcial, con un teaser del proceso y un informe final acompañado de la entrega de la pieza final, según se señala en la descripción de los desembolsos.
- Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, dos (2) copias de la animación, una en DVD (en alta resolución) y otra en unidad de almacenamiento.
- Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, los permisos por un año de muestra de la exposición de manera digital en redes, portal y/o donde la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, lo disponga.
- Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, durante la ejecución de la propuesta.
- Los demás que señale la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO
|
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, con ocasión de las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO BECA ANIMACIÓN ARTES, SABERES Y OFICIOS
(archivo Word o PDF) |
Documentos técnicos para evaluación Formato PDF con la propuesta completamente diligenciada. Nota: No debe superar quince (15) MB. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No 14 DEL 15 DE FEBRERO DE 2021
|
“POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE LAS CONVOCATORIAS DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - FUGA 2021- A CARGO DE LA SUBDIRECCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL" |
2 |
RESOLUCIÓN Nº 99 DEL 15 DE JUNIO DE 2021
|
Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “BECA ANIMACIÓN ARTES, SABERES Y OFICIOS” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados |
3 |
RESOLUCIÓN Nº 119 DEL 7 DE JULIO DE 2021
|
Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar los ganadores de la convocatoria "BECA ANIMACIÓN ARTES, SABERES Y OFICIOS" del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores. |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado habilitados, rechazados y por subsanar Beca Animación Artes, Saberes y Oficios
|
Se publica el listado de propuestas habilitadas, rechazadas y con documentos por subsanar de la Beca Animación Artes, Saberes y Oficios. Los participantes que no hayan presentado alguno de los documentos administrativos subsanables, contarán con un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la comunicación para presentar el documento requerido a través de SICON. La plataforma estará habilitada hasta las 17:00:00 horas, hora legal colombiana, del último día de subsanación. Si cumplido el término establecido no se lleva a cabo la subsanación, se procederá a rechazar la propuesta. No se recibirán subsanaciones en físico en las oficinas de la SCRD ni de las entidades adscritas, ni aquellas enviadas por correo electrónico. |
2 |
Listado habilitados y rechazados Beca Animación Artes, Saberes y Oficios
|
Publicación del listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas de la Beca Animación Artes, Saberes y Oficios. |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
AVISO MODIFICATORIO CAMBIO DE CRONOGRAMA BECA ANIMACIÓN ARTES, SABERES Y OFICIOS
|
Mediante el cual se modifica el cronograma de la Beca Animación, Artes, Saberes y Oficios, de la siguiente manera: Publicación de resultados de evaluación: 7 de julio de 2021 |
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria