¡LA FUNCIÓN CONTINÚA! BECA PARA LA FORMACIÓN Y DINAMIZACIÓN DEL SECTOR CULTURAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
Ley de espectáculos públicos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
Dinamizar procesos de formación del sector cultural de las artes escénicas
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Formación
Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar
Número de estímulos: 41
Total de recursos: $ 1.235.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar: Número Estímulos Agrupaciones: 20. Valor Individual Estímulo Agrupaciones: $25.000.000 Número Estímulos Personas Jurídicas:21. Valor Individual Estímulo Personas jurídicas: $35.000.000
Categorias:
No. | Categoria | Descripción |
---|---|---|
1 | Agrupaciones | Agrupaciones |
2 | Personas Jurídicas | Personas Jurídicas |
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesionales en Bellas Artes con título de posgrado y experiencia mínima de cinco (5) años en procesos de formación artística y/o de investigación en artes.Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: Cinco (5) años en procesos de formación artística y/o de investigación en artes.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Profesionales en ciencias de la educación y/o ciencias sociales y humanas con título de maestría y experiencia de cinco (4) años en procesos pedagógicos y/o de investigación.Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia: Experiencia de cinco (4) años en procesos pedagógicos y/o de investigación.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Maestría
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Profesionales con título de posgrado y experiencia mínima de cinco (5) años en la implementación de proyectos digitales con enfoque educativo y/o cultural, relacionados con el desarrollo de plataformas tecnológicas, la creación de contenidos digitales y/o el diseño de entornos virtuales de aprendizaje.Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia: Cinco (5) años en la implementación de proyectos digitales con enfoque educativo o cultural, relacionados con el desarrollo de plataformas tecnológicas, la creación de contenidos digitales y/o el diseño de entornos virtuales de aprendizaje.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 15/02/2021 | |
Fecha de apertura | 19/02/2021 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 04/04/2021 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 07/04/2021 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 15/04/2021 | |
Publicación de resultados de evaluación | 06/07/2021 | |
Fecha máxima de ejecución | 30/11/2021 |
Justificación
De conformidad con el Decreto 475 de 2020 “Por el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Cultura, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, se considera que la suspensión en la realización de eventos de impacto cultural que implica la aglomeración de público en proporciones que potencializan el contagio y propagación masiva de la actual pandemia, afecta gravemente al sector cultural y a toda la cadena de valor que se articula alrededor de los espectáculos públicos de las artes escénicas y de la exhibición cinematográfica, como en el caso de artistas, productores, promotores, escenarios, gestores culturales, exhibidores y managers, entre otros, quienes enfrentan eventualidades desfavorables que aparecen imprevistas en el desarrollo de las actividades del Sector Cultural, haciéndose necesario la implementación de medidas que contrarresten la situación para evitar afectaciones mayores, tendientes a mantener la liquidez del sector, protegiendo empleos y trazando un camino de reactivación económica, como lo es la obtención de recursos económicos a partir de otras fuentes diferentes a su trabajo.
Así también el referido Decreto, en su artículo 2, ordena a las secretarías de cultura o quien haga sus veces en los municipios y distritos, destinar transitoriamente hasta el 30 de septiembre de 2021, los recursos derivados de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas girados o que se giren al 31 de diciembre de 2020 y que a la fecha no hayan sido comprometidos, obligados o ejecutados; para apoyar al sector cultural de las artes escénicas, en las actividades de creación, formación virtual, producción y circulación de espectáculos públicos de artes escénicas en cualquier modalidad (presencial o virtual), facultando a los entes territoriales para destinar estos recursos con el fin de mitigar los efectos de la parálisis que presenta el sector, en atención de las necesidades sobrevinientes de los agentes culturales que se encuentran seriamente afectados en su ingreso básico vital, con relación a las medidas de mitigación de la propagación pandémica que fueron adoptados por las Autoridades Públicas.
El Ministerio de Cultura a través de las circulares 1 y 7 de los días 8 y 9 de abril de 2020 respectivamente, estableció los lineamientos generales para la implementación del artículo 2 del Decreto 475 del 25 de marzo de 2020.
La coyuntura mundial por la cual atravesamos, ha traído consigo una transformación digital, que ha obligado a repensar las formas en que los agentes del campo se relacionan e interactúan frente a las prácticas, entornos y medios a través de los cuales desarrollan su quehacer. En particular, se oferta la presente, con el propósito de incentivar una reflexión crítica sobre los procesos de formación y educación artística, que indaguen la necesidad de adoptar habilidades e infraestructuras que faciliten la enseñanza de las artes escénicas en condiciones de aislamiento social.
Objeto
Dinamizar procesos de formación del sector cultural de las artes escénicas, propiciando escenarios de reflexión y pensamiento crítico sobre las prácticas educativas, así como, la generación de nuevo conocimiento a través del diseño, documentación y sistematización de didácticas, pedagogías, metodologías y estrategias propias de su quehacer.
Para ello, los proyectos presentados deberán promover uno de los siguientes énfasis:
i) el diseño de metodologías y/o estrategias pedagógicas novedosas para la realización de procesos formativos virtuales de educación no formal [1] o de educación informal [2] relacionadas con los espectáculos públicos de las artes escénicas. Se incluyen temas de producción técnica asociadas a las artes escénicas en mención,
ii) el diseño, desarrollo o activación de plataformas físicas, sociales y/o tecnológicas no convencionales que faciliten los procesos de formación e investigación de las artes escénicas. Se incluye aquí el diseño de repositorios, sistemas de información o sistemas de gestión de aprendizaje -LMS, por sus siglas en inglés learning management system-, o la activación de redes vecinales y/o comunitarias que propicien escenarios para la transferencia de conocimientos, la co-creación de conocimientos que involucren diferentes tipos de saberes y que promuevan procesos accesibles para diversos grupos etarios, étnicos o sectores sociales;
iii) la creación y circulación de contenidos culturales pedagógicos en cualquier formato, considerando la definición de los canales de circulación y distribución de los mismos, que planteen reflexiones críticas sobre los medios a utilizar y audiencias a quienes se dirige. Se incluye aquí la creación de contenidos que podrían circular en canales y/o medios como la radio, la prensa escrita, la televisión, o la internet, etc;
iv) la sistematización de experiencias que reflexionen sobre la importancia en la enseñanza de las artes escénicas, o sobre las diversas prácticas que se desarrollan en el sector, cuyo resultado constituya un documento de valor para la enseñanza de las artes escénicas.
Nota: A partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co
[1] Educación no formal: “Es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de la Ley 115”. (Políticas Culturales Distritales)
[2] Educación informal: Se considera todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados. (Políticas Culturales Distritales)
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con una experiencia mínima de tres (3) años en la realización de actividades relacionadas con el objeto de la convocatoria y en las áreas señaladas. Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo de mínimo tres (3) integrantes. |
Agrupación | Agrupaciones con mínimo tres (3) integrantes y con una trayectoria mínima de tres (3) años en la realización de actividades relacionadas con el objeto de la convocatoria y en las áreas señaladas. En caso de no contar con este tiempo, cada uno de los integrantes deberá demostrar mínimo tres (3) años de experiencia en la realización de actividades relacionadas con el objeto de la convocatoria y en las áreas señaladas. |
Quiénes no pueden participar
No pueden participar los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021”.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante |
pdf |
15 MB | |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante |
pdf |
15 MB | |
3 | Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante |
pdf |
15 MB | |
4 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. |
pdf |
15 MB | |
5 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. |
pdf |
15 MB | |
6 | Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil. |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1 | PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1 |
pdf |
15 MB |
2 | RELACIÓN EQUIPO DE TRABAJO EN FORMATO ANEXO | Relación Equipo de Trabajo en formato anexo |
pdf |
15 MB |
3 | CRONOGRAMA EN FORMATO ANEXO | Cronograma en formato anexo |
pdf |
15 MB |
4 | PRESUPUESTO EN FORMATO ANEXO | Presupuesto en formato anexo Nota 1: Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el artículo 9 de la Resolución No. 2890 de 2017 del Ministerio de Cultura, el cual señala y define los gastos no aceptables. Este tipo de gastos no podrán cargarse a los recursos solicitados a la SCRD. |
pdf |
15 MB |
5 | CERTIFICACIONES DE TRAYECTORIA | Certificaciones con fecha de inicio y fin, que incluyan día, mes, año, que estén debidamente firmadas, que den cuenta de la experiencia mínima solicitada en el perfil de participante, a través de la relación de obligaciones y funciones desempeñadas. Nota 2: En el caso de las agrupaciones, se debe certificar el trabajo como colectivo durante mínimo tres (3) años [1], en caso de no contar con este tiempo, cada uno de los integrantes deberá demostrar mínimo tres (3) años de experiencia requeridos. Nota 3: No se considerarán válidas las autocertificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes. Nota 4: Las evidencias audiovisuales, fotografías y demás insumos de publicidad serán tenidos en cuenta como respaldo de la experiencia, pero no como certificación de la misma. [1] No se requiere que la experiencia sea continua. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Trayectoria: 3 años: 10 puntos; 4-7 años: 15 puntos; 7 años en adelante: 20 puntos | 0 a 20 |
2 | Viabilidad del proyecto y coherencia entre los diferentes elementos que lo integran | 0 a 40 |
3 | Aportes del proyecto a los procesos de formación de las artes escénicas, en términos de su apuesta por una reflexión crítica sobre las prácticas educativas y/o la generación de nuevo conocimiento para el sector de las artes escénicas según el énfasis del proyecto seleccionado | 0 a 30 |
4 | Congruencia entre el perfil de los participantes y las necesidades de contenido conceptual, metodológico y operativo del proyecto | 0 a 10 |
El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 1: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Viabilidad del proyecto y coherencia entre los diferentes elementos que lo integran”. De persistir el empate se acudirá al criterio “Aportes del proyecto a los procesos de formación”. Nota 2: Si después de realizada la recomendación de ganadores por parte de los jurados quedan recursos disponibles, los mismos podrán redistribuirse según puntajes y disponibilidad presupuestal entre los diferentes tipos de participantes. |
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Trayectoria: 3 años: 10 puntos; 4-7 años: 15 puntos; 7 años en adelante: 20 puntos | 0 a 20 |
2 | Viabilidad del proyecto y coherencia entre los diferentes elementos que lo integran | 0 a 40 |
3 | Aportes del proyecto a los procesos de formación de las artes escénicas, en términos de su apuesta por una reflexión crítica sobre las prácticas educativas y/o la generación de nuevo conocimiento para el sector de las artes escénicas según el énfasis del proyecto seleccionado | 0 a 30 |
4 | Congruencia entre el perfil de los participantes y las necesidades de contenido conceptual, metodológico y operativo del proyecto | 0 a 10 |
El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 1: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Viabilidad del proyecto y coherencia entre los diferentes elementos que lo integran”. De persistir el empate se acudirá al criterio “Aportes del proyecto a los procesos de formación”. Nota 2: Si después de realizada la recomendación de ganadores por parte de los jurados quedan recursos disponibles, los mismos podrán redistribuirse según puntajes y disponibilidad presupuestal entre los diferentes tipos de participantes. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:
- Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación. Adicionalmente, dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para este desembolso se deberá contar con el aval emitido por el Ministerio de Cultura.
- Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”:
- Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
- Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
- Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
- Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
- Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
- Entregar los informes de ejecución presupuestal que sean requeridos, siguiendo el formato suministrado por la entidad y atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución No. 2890 de 2017 del Ministerio de Cultura, el cual señala y define los gastos administrativos no aceptables, en el marco de la presente convocatoria.
- Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto.
- Entregar el resultado final del proyecto ejecutado.
- Participar de las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
- Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
- Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución No. 2890
|
Resolución Gastos No aceptables |
2 |
Declaración Juramentada PDE 2021
|
Declaración Juramentada PDE 2021 |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato presentación de propuesta
(archivo Word o PDF) |
Formato presentación de propuesta |
2 |
Anexo 2- Presentación Equipo de Trabajo
(archivo Word o PDF) |
Anexo 2- Presentación Equipo de Trabajo |
3 |
Anexo 3 - Presentación de Cronograma
(archivo Word o PDF) |
Anexo 3 - Presentación de Cronograma |
4 |
Anexo 4 - Presentación de Presupuesto
(archivo Word o PDF) |
Anexo 4 - Presentación de Presupuesto |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución Apertura No. 103 del 15 de febrero de 2021
|
“Por medio de la cual se ordena la apertura de convocatorias del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2021 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” |
2 |
Resolución Jurados No 401 del 9 de junio de 2021
|
“Por la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “¡La función continúa! Beca para la formación y dinamización del sector cultural de las artes escénicas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos” |
3 |
Resolución ganadores 471 de 06 de julio de 2021
|
“Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a losganadores de la convocatoria: “¡La función continúa! Beca para la formación y dinamizacióndel sector cultural de las artes escénicas” del Programa Distrital de Estímulos 2021 de laSecretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se ordena el desembolso del estímuloeconómico”. |
Listados
Categoría: AgrupacionesNo. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de participantes inscritos |
2 |
Listado de Habilitados, Rechazados y documentos por subsanar
|
Listado de Habilitados, Rechazados y documentos por subsanar |
3 |
Listado de Habilitados, Rechazados y documentos por subsanar
|
Alcance Listado de Habilitados, Rechazos y Documentos por Subsanar. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte informa que, el día 15 de abril del año en curso, fue publicado el listado de habilitados, rechazados y por subsanar de la convocatoria "¡La función continúa! Beca para la formación y dinamización del sector cultural de las artes escénicas", momento a partir del cual, fueron allegadas solicitudes y reflexiones hechas por los participantes con relación a los rechazos establecidos en el mismo. Bajo la premisa de diálogo permanente con los diferentes agentes artísticos y culturales, como alcance al listado ya publicado, se publica el presente listado de habilitados, rechazados y por subsanar. Nota: Las propuestas que se encuentren en estado "Por subsanar" en el presente listado contarán con tres (3) días hábiles a partir de la fecha de publicación para el cargue de los documentos administrativos requeridos. |
4 |
Listado de habilitados y rechazados
|
Listado de habilitados y rechazados |
5 |
Alcance Listado de habilitados, rechazados y documentos por Subsanar
|
La Secretaría Distrital de Cultura,Recreación y Deporte, en atención al concepto emitido por la Oficina Asesora deJurídica de esta Secretaría, bajo radicado No. 20211100135003 del día 15 demayo de 2021, se permite publicar el presente alcance al Listado deHabilitados, Rechazados y Por Subsanar, en el sentido de acoger lo contempladopor el artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Nota: Laspropuestas que se encuentran en estado “Por subsanar” contarán con un plazo detres (3) días hábiles a partir de la comunicación para presentar el documentorequerido. La plataforma estará habilitada hasta las 17:00:00 horas, hora legalcolombiana, del último día de subsanación. |
6 |
Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas
|
Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas |
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de participantes inscritos |
2 |
Listado de Habilitados, Rechazados y documentos por subsanar
|
Listado de Habilitados, Rechazados y documentos por subsanar |
3 |
Listado de Habilitados, Rechazados y documentos por subsanar
|
Alcance Listado de Habilitados, Rechazos y Documentos por Subsanar. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte informa que, el día 15 de abril del año en curso, fue publicado el listado de habilitados, rechazados y por subsanar de la convocatoria "¡La función continúa! Beca para la formación y dinamización del sector cultural de las artes escénicas", momento a partir del cual, fueron allegadas solicitudes y reflexiones hechas por los participantes con relación a los rechazos establecidos en el mismo. Bajo la premisa de diálogo permanente con los diferentes agentes artísticos y culturales, como alcance al listado ya publicado, se publica el presente listado de habilitados, rechazados y por subsanar. Nota: Las propuestas que se encuentren en estado "Por subsanar" en el presente listado contarán con tres (3) días hábiles a partir de la fecha de publicación para el cargue de los documentos administrativos requeridos. |
4 |
Listado de habilitados y rechazados
|
Listado de habilitados y rechazados |
5 |
Alcance Listado de habilitados, rechazados y documentos por Subsanar
|
La Secretaría Distrital de Cultura,Recreación y Deporte, en atención al concepto emitido por la Oficina Asesora deJurídica de esta Secretaría, bajo radicado No. 20211100135003 del día 15 demayo de 2021, se permite publicar el presente alcance al Listado deHabilitados, Rechazados y Por Subsanar, en el sentido de acoger lo contempladopor el artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Nota: Laspropuestas que se encuentran en estado “Por subsanar” contarán con un plazo detres (3) días hábiles a partir de la comunicación para presentar el documentorequerido. La plataforma estará habilitada hasta las 17:00:00 horas, hora legalcolombiana, del último día de subsanación. |
6 |
Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas
|
Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Aviso Modificatorio N°3
|
A los cronogramas de las siguientes convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2021 – Fase I. |
2 |
Aviso Modificatorio No 2
|
A los cronogramas de las siguientes convocatorias del Programa Distrital deEstímulos 2021 – Fase I. |
3 |
Aviso Modificatorio
|
Aviso Modificatorio 22-02-2021 |
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