BECA RESIDENCIA ARTÍSTICA EN LA PLAZA DE MERCADO DE LAS CRUCES
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Beca Residencia Artística en la Plaza de Mercado de las Cruces, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, busca apoyar a colectivos y/o individuos que investiguen, experimenten y creen desde los intersticios interdisciplinares y transdisciplinares del arte. Con esta residencia se ofrece un espacio de trabajo y acompañamiento institucional para el desarrollo del proyecto que incluya investigación, creación y formación en el espacio de la residencia e involucre a la población de la Plaza de Mercado de Las Cruces.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Integralidad (democratización) del patrimonio
Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar
Número de estímulos: 2
Total de recursos: $ 20.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar: Dos únicos (2) estímulos, cada uno por valor de diez millones de pesos ($10.000.000) M/cte, para un total de veinte millones de pesos ($20.000.000) M/cte en estímulos, los cuales serán entregados a los ganadores en tres desembolsos.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesionales con título en artes plásticas y visuales y audiovisuales .Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: Acreditar mínimo tres (3) años de experiencia en trabajo artístico en estas áreas o disciplinas artísticas específicas.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Profesionales con título en ciencias sociales y/humanas, literatura o en gestión cultural.Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia: Acreditar mínimo tres (3) años de experiencia en trabajo artístico y cultural con comunidades.
Área perfil: Literatura , Patrimonio cultural , Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 15/02/2021 | |
Fecha de apertura | 15/02/2021 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 18/04/2021 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 21/04/2021 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 05/05/2021 | |
Publicación de resultados de evaluación | 15/06/2021 | |
Fecha máxima de ejecución | 15/12/2021 |
Justificación
Apoyar a los colectivos y/o individuos que investigan y experimentan en los intersticios interdisciplinares y transdisciplinares del arte. Con esta residencia se ofrece un espacio de trabajo y acompañamiento institucional para el desarrollo del proyecto que involucre investigación, creación y formación en el espacio de la residencia. La convocatoria se realiza durante 4 meses . Los proyectos deberán plantear la relación del arte con la investigación y la creación colectiva en el que cohabiten disciplinas tanto artísticas como no artísticas propias del territorio de estudio con el fin de explorar los retos del tiempo presente desde todas sus facetas.Se debe tener en cuenta el impacto social para con la comunidad de Plazas de mercado tan emblemáticas como lo son la Plaza de Las Cruces / La Plaza Samper Mendoza / La Plaza La Concordia / La Plaza La Perseverancia. Esta convocatoria pretende apoyar el tejido creativo de la ciudad, ampliar y reforzar desde el ámbito público la oferta de residencias y espacios de trabajo en el centro de la ciudad, poniendo al servicio del tejido creativo de Bogotá recursos económicos y acompañamiento institucional en un entorno de creación e investigación de un territorio de características patrimoniales importantes.
Objeto
La Beca Residencia Artística en la Plaza de Mercado de Las Cruces, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, busca fomentar el intercambio, el fortalecimiento de proyectos artísticos, la instauración de la creación como forma de pensamiento y el diálogo interdisciplinar y transdisciplinar. Esta convocatoria busca diversificar y fortalecer la creación y la reflexión a través del concepto de residencia artística, basado en la diferencia, el contraste, la movilidad y la generación de espacios y redes desde sitios patrimoniales como lo son las plazas de mercado. Para esta vigencia se establece como punto focal de interacción, estudio, investigación y creación la Plaza de Mercado de Las Cruces. Para esta residencia se ofrece un espacio de trabajo y acompañamiento institucional para el desarrollo del proyecto que involucre investigación, creación y formación en el espacio de la residencia e involucre a la población de la plaza de mercado. La convocatoria se realizará durante tres meses. Los proyectos deberán plantear la relación del arte con la investigación y la creación colectiva en la que cohabiten disciplinas tanto artísticas como no artísticas propias del territorio de estudio, con el fin de explorar los retos del tiempo presente desde todas sus facetas: económica, cultural, social, patrimonial, etc. Se debe tener en cuenta el impacto social para la comunidad de una plaza de mercado tan emblemática como lo es la Plaza de Las Cruces.
Esta convocatoria pretende apoyar el tejido creativo de la ciudad, ampliar y reforzar desde el ámbito público la oferta de residencias y espacios de trabajo en el centro de la ciudad, poniendo al servicio del tejido creativo de Bogotá recursos económicos y acompañamiento institucional en un entorno de creación e investigación de un territorio de características patrimoniales importantes.
Con esta residencia, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA propende por la activación del arte y la cultura en nuestras localidades del centro de la ciudad, gestionando iniciativas culturales y artísticas en espacios públicos con alto contenido patrimonial y cultural, para propiciar una restauración de la memoria colectiva alrededor de las actividades y el espacio de la Plaza de Mercado de Las Cruces, para hacer de esta un vehículo del patrimonio y el reconocimiento pluricultural del centro de Bogotá.
Queremos propiciar la generación de acciones artísticas orientadas al cuidado del patrimonio encontrado en la plaza, que ayuden en el crecimiento de sus comerciantes a partir del reconocimiento, el encuentro y la participación de distintos actores sociales. Intervenciones artísticas que sean expresiones colectivas de resiliencia, resistencia, creatividad y reconocimiento del patrimonio cultural desde su significado para las dinámicas sociales y culturales de la ciudad, que reflexionen sobre su memoria, identidad y apropiación; y que permitan generar nuevas alternativas de bienes y servicios culturales y patrimoniales que creen, formen y atraigan nuevos públicos.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
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Persona Natural | Se entiende por persona natural a los ciudadanos(as) colombianos(as) y/o extranjeros(as), mayores de 18 años, que de manera individual presentan una propuesta. Los participantes deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá. Artistas y creadores colombianos que desarrollen su trabajo en áreas afines a las ciencias sociales, humanas o las artes, que presenten algún interés en la presente convocatoria. |
Agrupación | Se entiende por agrupación un conjunto de personas, mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, el cual será el encargado de comunicarse con el PDE en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora, y de realizar ante el PDE todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor debidamente probados, asuma las responsabilidades del principal. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá. Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) y máximo cuatro (4) personas, de las cuales el coordinador del proyecto deberá acreditar formación universitaria en áreas afines a las ciencias sociales, humanas o las artes, y que presenten algún interés en la presente convocatoria. Nota: las agrupaciones deberán enviar una carta firmada por la totalidad de los integrantes, en la que confirmen su participación en el grupo, en el presente estímulo. |
Quiénes no pueden participar
- No pueden participar los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Documento de identidad de la persona natural participante | Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.
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5 MB |
2 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante | Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano. |
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5 MB |
3 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano. |
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5 MB |
4 | Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Expedido por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1: para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramitesservicios/solicitud-certificadoresidencia Nota 2: en caso de no ser posible la expedición del certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de los medios dispuestos para ello, debido a las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021. Ver anexo 1. Nota 3: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.
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5 MB |
5 | Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante | Expedido por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1: para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramitesservicios/solicitud-certificadoresidencia Nota 2: en caso de no ser posible la expedición del certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de los medios dispuestos para ello, debido a las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021. Ver anexo 1. Nota 3: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. |
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5 MB |
6 | Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil. | RUT actualizado de la persona natural o representante principal de la agrupación, especificando la actividad económica y afín a la convocatoria de su interés. Si es persona natural comerciante, deberá presentar adicionalmente la matricula mercantil expedida por la Cámara de Comercio, renovada, con máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones en la convocatoria a la cual participa. |
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5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1 | Descargue el Formato para la presentación de proyectos Beca Residencia Artística en la Plaza de Mercado de Las Cruces. Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2021 del sector cultura, recreación y deporte, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato. Una vez diligenciado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos.
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15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
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1 | Pertinencia, solidez formal, conceptual y metodológica de la propuesta. | 0 a 30 |
2 | Factibilidad de la propuesta a partir del presupuesto presentado, cronograma y actividades artísticas. | 0 a 20 |
3 | Propuesta de interacción y saldo pedagógico para los habitantes de la Plaza de Mercado de Las Cruces. | 0 a 20 |
4 | Portafolio del participante | 0 a 15 |
5 | Aporte al campo artístico en términos de posibles dinámicas, relaciones y acciones que pueda suscitar el proyecto. | 0 a 15 |
Ganadores |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, el ganador tendrá los siguientes derechos:
Desembolsos
Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA llevará a cabo los desembolsos, así:
- Primer desembolso correspondiente al 70 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.
- Segundo desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, a la entrega de un informe de avance del proceso llevado, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural - FUGA.
- Tercer y último desembolso correspondiente 10 % del valor total del estímulo, contra entrega de un informe final que dé cuenta de los resultados de la Residencia tanto en el aspecto de creación como en el de interacción con la población de la plaza de mercado, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural - FUGA.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:
- Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural o representante principal de la agrupación, según corresponda.
- Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado (2019) de la persona natural o del representante principal de la agrupación, según sea el caso.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante principal de la agrupación en donde consten la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
- Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Adicionalmente, se deberá constituir Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMLV hasta la fecha de ejecución del estímulo.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante principal de la agrupación.
Deberes específicos de las y los ganadores
Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor
Los que se indican en el numeral 7.12. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021.
Deberes específicos de los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, el ganador tendrá los siguientes deberes:
- Presentar dos informes, uno parcial y uno final, tal como se indica en el numeral referido a desembolsos.
- Llevar a cabo una conferencia, conversatorio o charla sobre el proyecto, como parte de las actividades de socialización, antes de la fecha límite de ejecución de la beca, que debe ser propuesta por el participante y consensuada con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
- Desarrollar las actividades planteadas en el proyecto sustentadas en una investigación que explore y dé sentido a la producción artística en el lugar.
- Entregar las memorias del proceso de creación y acciones con la comunidad en una suerte de diario de viaje durante los meses de la residencia.
- Diligenciar las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a que hubiese lugar para reproducción, puesta a disposición y comunicación púbica de las obras de los artistas y/o grupos participantes, para los fines propios de la convocatoria, donde se incluye divulgación y promoción de material, producción de catálogos y memoria audiovisual
- El /los participante(s) seleccionado(s) realizarán una visita guiada virtual durante la residencia.
- El /los participante(s) seleccionado(s) realizarán conversatorios durante la residencia.
- Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA los permisos por un año de muestra del material producto de las acciones creativas y de interacción en la plaza para ser difundidos de manera digital en redes, portal y/o donde la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGAlo disponga.
- Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA dos copias en DVD (en alta resolución) con el registro fotográfico, videográfico y sonoro de la muestra, así como registro en video o audio de las actividades realizadas.
- Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA durante la ejecución de la propuesta.
- Los artistas ganadores crearán un espacio virtual desde donde se pueda acceder al proceso de creación en interacción en su contexto teórico, histórico, patrimonial, social, entre otros (puede ser un blog, soundcloud, pódcast, página, etc.).
- Atender las recomendaciones para la estrategia de comunicación que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
- Los demás que señale la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño –- FUGA.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO
|
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, con ocasión de las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO BECA RESIDENCIA ARTÍSTICA EN LA PLAZA DE MERCADO DE LAS CRUCES
(archivo Word o PDF) |
Documentos técnicos para evaluación Formato PDF con la propuesta completamente diligenciada. Nota: No debe superar quince (15) MB. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No 14 DEL 15 DE FEBRERO DE 2021
|
“POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE LAS CONVOCATORIAS DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - FUGA 2021- A CARGO DE LA SUBDIRECCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL" |
2 |
RESOLUCIÓN No. 69 DEL 12 DE MAYO DE 2021
|
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “BECA RESIDENCIA ARTÍSTICA EN LA PLAZA DE MERCADO DE LAS CRUCES” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados" |
3 |
RESOLUCIÓN No. 98 DE 15 DE JUNIO DE 2021
|
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar los ganadores de la convocatoria "BECA RESIDENCIA ARTÍSTICA EN LA PLAZA DE MERCADO DE LAS CRUCES" del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores" |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado habilitados, rechazados y por subsanar Beca Residencia Artística en la Plaza de Mercado de las Cruces
|
Se publica el listado de propuestas habilitadas, rechazadas y con documentos por subsanar de la Beca Residencia Artística en la Plaza de Mercado de las Cruces. Los participantes que no hayan presentado alguno de los documentos administrativos subsanables, contarán con un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la comunicación para presentar el documento requerido a través de SICON. La plataforma estará habilitada hasta las 17:00:00 horas, hora legal colombiana, del último día de subsanación. Si cumplido el término establecido no se lleva a cabo la subsanación, se procederá a rechazar la propuesta. No se recibirán subsanaciones en físico en las oficinas de la SCRD ni de las entidades adscritas, ni aquellas enviadas por correo electrónico. |
2 |
Listado de habilitados y rechazados Beca Residencia Arística en la Plaza de Mercado de las Cruces
|
Publicación del listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas de la Beca Residencia Artística en la Plaza de Mercado de las Cruces |
Avisos modificatorios

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