Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA VIDEOCLIPS MUSICALES

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

RESOLUCIÓN Nº 131 DEL 19 DE JULIO DE 2021

07/21

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RESOLUCIÓN Nº 92 DEL 4 DE JUNIO DE 2021

07/21

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Listado de habilitados y rechazados Beca Videoclips Musicales

06/21

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Listado habilitados, rechazados y por subsanar Beca Videoclips Musicales

05/21

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AVISO MODIFICATORIO CAMBIO DE CRONOGRAMA

04/21

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RESOLUCIÓN DE APERTURA No. 14 DEL 15 DE FEBRERO DE 2021

02/21

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DOCUMENTOS

Información básica

La Beca Videoclips Musicales, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca promover la creación de videoclips para artistas musicales con el fin de apoyar los procesos de fortalecimiento, sostenibilidad y promoción de sus propuestas artísticas. Es una convocatoria dirigida a artistas y agrupaciones de música de las tres localidades del centro de la ciudad (Los Mártires, Santa Fe y La Candelaria), de corta y mediana trayectoria (entre 2 y 5 años), en cualquier género musical.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Música

Número de estímulos: 12

Total de recursos: $ 96.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: Se otorgarán (12) estímulos, cada uno por valor de ocho millones de pesos ($8.000.000) M/cte. Para cada estímulo se realizarán dos desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional con experiencia demostrable de mínimo 5 años en la realización de productos audiovisuales y videoclips musicales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines

Campo de experiencia: Profesional con experiencia demostrable de mínimo 5 años en la realización de productos audiovisuales y videoclips musicales.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en publicidad, mercadeo y/o comunicación social con experiencia en mercadeo, distribución, circulación y/o comercialización de productos culturales y/o en gestión comercial de productos culturales en medios de comunicación.

Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia: Profesional en publicidad, mercadeo y/o comunicación social con experiencia en mercadeo, distribución, circulación y/o comercialización de productos culturales y/o en gestión comercial de productos culturales en medios de comunicación.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesional en el área de música con experiencia de mínimo 5 años en creación y/o producción y/o dirección de proyectos musicales y/o ingeniería de sonido.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines

Campo de experiencia: Profesional en el área de música con experiencia de mínimo 5 años en creación y/o producción y/o dirección de proyectos musicales y/o ingeniería de sonido.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 15/02/2021
Fecha de apertura 15/02/2021
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 07/05/2021 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 10/05/2021 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 25/05/2021
Publicación de resultados de evaluación 19/07/2021
Fecha máxima de ejecución 30/11/2021

Justificación

Objeto

La convocatoria Beca Videoclips Musicales, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca promover la creación de videoclips para artistas musicales con el fin de apoyar los procesos de fortalecimiento, sostenibilidad y promoción de sus propuestas artísticas. Es una convocatoria dirigida a artistas y agrupaciones de música de las tres localidades del centro de la ciudad (Los Mártires, Santa Fe y La Candelaria), de corta y mediana trayectoria (entre 2 y 5 años), en cualquier género musical.

Por medio de esta beca, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA apoyará a un solista o una agrupación musical para la realización de un (1) videoclip de una obra musical escogida por los participantes.

Las personas naturales, agrupaciones o personas jurídicas seleccionadas deberán hacer la producción con el acompañamiento de un realizador audiovisual escogido por ellos, cuya experiencia, trayectoria e idoneidad sean reconocidas y demostrables.

Podrán participar agrupaciones o solistas musicales cuyo equipo de trabajo incluya un realizador audiovisual (nacional o internacional) que cuente con reconocida experiencia, trayectoria e idoneidad.

El material resultante de este premio será circulado a través de las plataformas virtuales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, o aquellas que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA determine para tales efectos.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá, específicamente las localidades de Santa Fe, La Candaleria y Los Mártires.

Las personas jurídicas deberán acreditar, mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social esté relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos en el área de la música, deben tener mínimo dos (2) años de constitución y demostrar la realización de mínimo diez (10) conciertos entre 2018 y 2020.

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, el cual será el encargado de comunicarse con el PDE en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora, y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor debidamente probados, asuma las responsabilidades del principal. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá específicamente las localidades de Santa Fe, La Candaleria y Los Mártires.

Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) músicos con o sin formación profesional, y deben contar con una trayectoria de mínimo dos (2) años y máximo (5) años. En cualquier caso, se debe demostrar la realización de mínimo diez (10) conciertos entre 2018 y 2020. Deberán cumplir dichos requisitos de trayectoria se podrán certificar entre los integrantes que conformen la agrupación.

Persona Natural

Se entiende por persona natural a los ciudadanos(as) colombianos(as) y/o extranjeros(as), mayores de 18 años, que de manera individual presentan una propuesta. Los participantes deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá específicamente las localidades de Santa Fe, La Candaleria y Los Mártires. 

Músico, con o sin formación profesional, que cuente con una trayectoria de mínimo dos (2) y máximo (5) años. En cualquier caso, se debe demostrar la realización de mínimo diez (10) conciertos entre 2018 y 2020.

Quiénes no pueden participar

No pueden participar los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio con la matrícula mercantil renovada, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa y en el que conste que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente.

Nota: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

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5 MB
3 Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil.

RUT actualizado de la persona jurídica o persona natural o del representante principal de la agrupación, especificando la actividad económica actualizada y afín a la convocatoria de su interés.

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5 MB
4 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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5 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1: para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramitesservicios/solicitud-certificadoresidencia

Nota 2: en caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, debido a las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar, en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021. Ver Anexo 1.

Nota 3: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

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5 MB
6 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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5 MB
7 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
8 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1: para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov .co/transparencia/tramitesservicios/solicitudcertificadoresidencia

Nota 2: en caso de no ser posible la expedición del certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, debido a las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar, en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021. Ver Anexo 1

Nota 3: en el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el Formato para la presentación de proyectos Beca Videoclips Musicales.

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2021 del sector cultura, recreación y deporte, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato. Una vez diligenciado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos.

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Hoja de vida de la persona jurídica o de la persona natural o de cada una de las personas que conforman la agrupación, anexando certificaciones de experiencia.

Igualmente, se debe enviar la hoja de vida de cada integrante del equipo de trabajo (incluida la hoja de vida de la organización, empresa o experto en la realización de videoclips), anexando certificaciones de experiencia.

Se deberá aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona jurídica, la persona natural, los miembros de la agrupación y el equipo de trabajo que desarrollará la propuesta:

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2. Documento en el que, bajo la gravedad de juramento, se relacionen las actividades que fueron realizadas por el proponente, con lugar y fecha de realización, que permita contabilizar el tiempo de experiencia requerida, y que cuente con soportes como:

Volantes (flyers).

Afiches.

Programas de mano.

Registro fotográfico o audiovisual.

Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ganadores
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria del participante. 0 a 15
2 Calidad musical de la obra propuesta por el participante. 0 a 20
3 Trayectoria del productor/realizador audiovisual. 0 a 25
4 Propuesta del guion audiovisual y del story board 0 a 25
5 Viabilidad y factibilidad económica de la propuesta. 0 a 10
6 Propuesta de divulgación, promoción y distribución. 0 a 5
Ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

Derechos específicos de los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolsos

Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y la selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA llevará a cabo los desembolsos, así:

Primer desembolso correspondiente al 50 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador; entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.

Segundo y último desembolso correspondiente al 50 % del valor total del estímulo, contra entrega de un informe final que dé cuenta del cumplimiento total del proyecto y certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante. El informe deberá contener una relación de las actividades desarrolladas durante el proceso (conforme al cronograma y al presupuesto), relación de gastos y soportes documentales que den cuenta de la ejecución de la propuesta (fotografías, material audiovisual, etc.).

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). 

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:

  • Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural, representante legal de la persona jurídica o agrupación, según corresponda.
  • Fotocopia de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica, según sea el caso.     
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación en donde consten la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante de la agrupación. En el caso de las personas jurídicas, se deberá presentar un certificado expedido por el revisor fiscal o por el representante legal en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social, o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.

Deberes específicos de las y los ganadores

Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor

Los que se indican en el numeral 7.12. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021.

Deberes específicos de los ganadores

Los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021

  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA a lo largo del proceso de seguimiento que hace la entidad durante la ejecución del estímulo.
  • En caso de efectuar alguna modificación a la propuesta por motivos de fuerza mayor, esta debe ser autorizada por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA mediante acta suscrita por las partes.
  • Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecutó la propuesta y asumir el costo de las pólizas correspondientes, si se solicitan.
  • Entregar, junto con el informe requerido para el último desembolso, los soportes y registros documentales correspondientes (fotografías, videos, relación de gastos, entre otros).
  • Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA el producto final de la propuesta en el siguiente formato: Video: Material HD; Contenedor: .MOV, Codec: XDCAM 4 2 2 a 50MB/S (1080i60); Resolución: 1920 X 1080i, 29,97 fps; Nivel de audio: -12 dBfs; Frecuencia de muestreo: 48 KHz; Sound Setting: Linear PCM stereo, sample size 16 bits; NTSC max 100ire y mínimo 7.5 ire de pedestal; Audio: mezcla full canal 1 estéreo, mezcla full canal 2 estéreo.
  • Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA todas las licencias de uso o autorización de uso firmadas por las personas que hayan participado en el proceso creativo del videoclip: músicos invitados, compositores, actores, bailarines, fotógrafos, directores de arte, etc.
  • Suscribir los documentos que autorizan la reproducción, la puesta a disposición y la transformación de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requieran la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y las alianzas que se suscriban para ello.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, con ocasión de las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato para la presentación de propuestas Beca Videoclips Musicales

(archivo Word o PDF)

 
 

Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato. Una vez diligenciado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN DE APERTURA No. 14 DEL 15 DE FEBRERO DE 2021

“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2021- a cargo de la Subdirección Artística y Cultural"

2 RESOLUCIÓN Nº 92 DEL 4 DE JUNIO DE 2021

Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “BECA VIDEOCLIPS MUSICALES” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.

3 RESOLUCIÓN Nº 131 DEL 19 DE JULIO DE 2021

Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar los ganadores de la convocatoria "BECA VIDEOCLIPS MUSICALES" del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores.

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado habilitados, rechazados y por subsanar Beca Videoclips Musicales

Se publica el listado de propuestas habilitadas, rechazadas y con documentos por subsanar de la Beca Videoclips Musicales.

Los participantes que no hayan presentado alguno de los documentos administrativos subsanables, contarán con un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la comunicación para presentar el documento requerido a través de SICON. 

La plataforma estará habilitada hasta las 17:00:00 horas, hora legal colombiana, del último día de subsanación. Si cumplido el término establecido no se lleva a cabo la subsanación, se procederá a rechazar la propuesta. No se recibirán subsanaciones en físico en las oficinas de la SCRD ni de las entidades adscritas, ni aquellas enviadas por correo electrónico.

2 Listado de habilitados y rechazados Beca Videoclips Musicales
Publicación del listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas de la Beca Videoclips Musicales

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO CAMBIO DE CRONOGRAMA

Mediante el cual se modifica el cronograma de la convocatoria "Beca Videoclips Musicales", de la siguiente manera:

• Fecha de Cierre: 10 de mayo de 2021 a las 5:00 p.m. 

• Publicación lista de habilitados, rechazados y por subsanar: 25 de mayo de2021. 

• Publicación de resultados de evaluación:19 de julio 2021

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria