BECA ÓPERA, ZARZUELA Y OPERETA
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
Con el fin de fomentar la creación y formación de nuevos públicos y la difusión y promoción del canto lírico y de los géneros escénico musicales, la Orquesta Filarmónica de Bogotá convoca a personas jurídicas y agrupaciones con domicilio en Bogotá, a presentar propuestas de circulación para el XXIV Festival Ópera al Parque. Se premiarán dos montajes de pequeño formato de una zarzuela, opereta u ópera completa y escenificada, a realizarse en el marco del XXIV Festival Ópera al Parque 2021, festival que se realizará de forma virtual y cuya circulación será a través de las plataformas virtuales y redes sociales oficiales de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Música
Número de estímulos: 2
Total de recursos: $ 40.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar: La Orquesta Filarmónica de Bogotá premiará dos (2) propuestas con $20.000.000, para la realización del montaje de éstas y su circulación en el marco del XXIV Festival Ópera al Parque, de acuerdo con la programación del festival.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Título profesional como maestro en música, licenciado en música y/o régisseur, con énfasis en dirección orquestal, interpretación. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.
Área perfil: Arte dramático , Música , Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Título profesional en áreas de las humanidades. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia: siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.
Área perfil: Arte dramático , Música , Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de apertura | 19/02/2021 | A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 30/07/2021 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 02/08/2021 17:00:00 | Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 03/08/2021 | Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida. |
Publicación de resultados de evaluación | 10/09/2021 | Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras. |
Justificación
Difundir el canto lírico en sus diversas expresiones teatrales, apoyando la creatividad de las propuestas para la formación de nuevos públicos en eventos de alto impacto para la ciudad de Bogotá. Esta convocatoria busca acercar a todo tipo de público a estos géneros musicales, con el reto de unir en el mismo escenario la música, la danza, el teatro, el audiovisual y la literatura.
Objeto
Fomentar la creación y formación de nuevos públicos y la difusión y promoción del canto lírico y de géneros escénico musicales, a través de la realización montajes de pequeño formato de una zarzuela, opereta u ópera completa y escenificada, para su circulación en el marco del XXIII Festival Ópera al Parque 2021, festival virtual, cuya circulación se realizará través de las plataformas virtuales y redes sociales oficiales de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Personas jurídicas con domicilio en Bogotá que demuestren experiencia en la producción y circulación de procesos artísticos y fomenten la apropiación y el fortalecimiento de la música académica y el canto lírico. |
Agrupación | Agrupaciones conformadas por ciudadanos colombianos y extranjeros (40%), mayores de edad; la mitad 1 de los integrantes debe tener residencia permanente en Bogotá. Los integrantes de la agrupación deben acreditar experiencia individual o grupal en la producción y circulación de procesos artísticos que fomenten la apropiación y el fortalecimiento de la música académica y el canto lírico. |
Quiénes no pueden participar
Adicionalmente a lo establecido en el numeral 7.2 de las Condiciones generales de participación, en esta convocatoria no pueden participar:
- Quienes no cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- Ganadores de la convocatoria Beca Ópera Zarzuela y Opereta en 2020
- Ganadores de la Convocatoria Beca Ópera al Parque en 2019.
- Los servidores públicos, empleados oficiales y personas naturales contratistas de la SCRD y de sus entidades adscritas (OFB, IDARTES, FUGA, IDPC) o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del representante legal (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico). |
pdf |
15 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante, expedido por la autoridad competente, con fecha de expedición posterior al 15 de febrero de 2021. Si el certificado es expedido por Cámara de Comercio debe contar con la renovación de la matrícula mercantil del año 2020. Es necesario que este certificado se adjunte en su totalidad (todas las páginas que lo componen). |
pdf |
15 MB |
3 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico). |
pdf |
15 MB |
4 | Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Tenga en cuenta que para esta convocatoria en específico, la mitad + 1 de los integrantes debe tener residencia permanente en Bogotá , por lo tanto, estos deben presentar el certificado residencia. Los demás integrantes podrán vivir en municipios aledaños al distrito (para estos no es necesaria la presentación de dicho certificado) |
pdf |
15 MB |
5 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante | Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad del representante de la agrupación participante (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico). |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA | Diligencie el “Formato de Propuesta Artística” que se encuentra en el apartado de formatos al final de la convocatoria. Para presentar su propuesta artística, tenga en cuenta los siguientes lineamientos:
Nota: Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, escríbanos al correo convocatorias@ofb.gov.co de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m |
pdf |
15 MB |
2 | PORTAFOLIO | Portafolio en formato PDF, donde acrediten experiencia en la circulación o difusión de procesos artísticos y formativos que fomenten el fortalecimiento de la música académica y el canto lírico. Este portafolio debe contener una presentación de la agrupación o la persona jurídica concursante de máximo 2 páginas, descripción de sus principales proyectos con sus respectivos soportes y certificaciones (si se incluyen programas de mano, estos sólo serán válidos si contienen el año en que se realizaron las presentaciones) con una extensión máxima de 10 páginas, y hasta dos (2) muestras de trabajo audiovisual de una extensión que no sobrepase los diez (10) minutos cada una. Las muestras audiovisuales pueden estar alojadas en plataformas virtuales como Vimeo o YouTube (incluir los enlaces en el PDF del Portafolio). |
pdf |
15 MB |
3 | FORMATO DE PRESUPUESTO | Presupuesto de acuerdo con el formato establecido por la OFB, donde se especifiquen las fuentes de cofinanciación. El “Formato - Presupuesto” se encuentra en el apartado de formatos, al final de la convocatoria. |
pdf |
15 MB |
4 | REGISTRO | Listado de participantes de acuerdo con el formato establecido por la OFB. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Pertinencia de la propuesta | 0 a 40 |
2 | Viabilidad técnica del proyecto | 0 a 30 |
3 | Coherencia e innovación en la conceptualización de vestuario y escenografía. | 0 a 20 |
4 | Trayectoria de la entidad/agrupación proponente | 0 a 10 |
Nota 1: Se entiende por pertinencia de la propuesta, aquellos aspectos como la relevancia del título propuesto, el profesionalismo en la presentación de la propuesta, entre otros aspectos que considere el jurado. Nota 2: Para ser adjudicataria del estímulo, la propuesta ganadora deberá tener un puntaje mínimo de 80. Nota 3: El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrán derecho a:
- Las propuestas ganadoras podrán hacer uso de alguno de los espacios proporcionados por la OFB para la realización del video de su montaje si así lo requieren. El uso de dichos espacios no es obligatorio.
- Recibir el pago del estímulo, que se realizará en dos desembolsos como se indica a continuación:
- Un primer desembolso, equivalente al 70% del valor de la beca, una vez se le comunique la resolución que otorga el premio a los ganadores y éstos cumplan con la entrega y aprobación de la garantía de cumplimiento mencionada en las Condiciones Generales de Participación a nombre de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, la autorización (para agrupaciones) o carta de responsabilidad (para personas jurídicas) para la participación de menores de edad en la propuesta (en caso de que aplique) y los demás deberes, requisitos, documentos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
- Un segundo y último desembolso, equivalente al 30% del valor de la beca, posterior a la entrega del informe final con sus respectivos soportes y los demás trámites y/o documentos solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
- Presentar una (1) función de su propuesta en el marco del XXIII Festival Ópera al Parque. El escenario de presentación será designado por la OFB.
- Contará con el apoyo de la OFB para la difusión de su presentación en el marco del XXIV Festival Ópera al Parque.
- Ser contactado oportunamente con los escenarios que le sean asignados por la OFB para adelantar las visitas y preparativos técnicos pertinentes para la función.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deberán:
- Asumir todos los requerimientos de producción que conlleve la realización de su propuesta, incluyendo los elementos fungibles que el montaje demande y no estén disponibles en el escenario que la OFB asigne para la función (gelatinas, cintas de linóleo, alquiler de equipos, entre otros) y para la realización del productor audiovisual.
- Las propuestas ganadoras deberán entregar un video (producto audiovisual) de la función (ópera, zarzuela y opereta), el cual circulará en las plataformas virtuales y redes sociales oficiales de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, en el marco del XXIV Festival Ópera al Parque. Habrá plazo hasta 10 de noviembre de 2021 para hacer entrega del producto audivisual del montaje ganador. Dicho producto audiovisual debe contar con las siguientes características:
- Video:
- Aspect ratio: 1920x1080 como mínimo
- Frame rate: 23.97fps o 29.97fps
- Formato(contenedor): Quicktime(para un archivo en alta calidad) y H264
- Video codec: apple prores 422 HQ(archivo en alta) y mp4
- Bit depth: 10 bits (cómo mínimo)
- Audio:
- Formato: MPEG-4
- nivel de audio: -12 LUFS Long term
- Códec de audio: AAC o Audio FLAC
- Bitrate de audio: 384 kbps o superior
- Video:
- sumir los costos que se deriven por concepto de derechos de autor y alquiler de partituras. La OFB en ningún caso realizará ningún tipo de aporte económico para este fin.
- Presentar un informe final, máximo 15 días hábiles contados a partir de la fecha de entrega del producto audiovisual, de acuerdo con el formato establecido por la OFB. El informe debe contener todos los soportes respectivos, incluyendo los soportes financieros, más los que solicite la OFB.
- Cumplir con las normas de bioseguridad de los espacios proporcionados para la realización de la grabación de los montajes ganadores.
- Informar oportunamente a la OFB los cambios que sucedan en el equipo de trabajo o el elenco, a través del correo convocatorias@ofb.gov.co.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato de Presentación de Propuesta Artística
(archivo Word o PDF) |
Formato de Presentación de Propuesta Artística |
2 |
Formato de Presupuesto
(archivo Word o PDF) |
Formato de Presupuesto - Beca Ópera, Zarzuela y Opereta |
3 |
Listado de Integrantes
(archivo Word o PDF) |
Listado de Integrantes - Beca ópera, Zarzuela y Opereta |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución No. 51 del 15 de febrero de 202
|
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2021" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. |
2 |
Resolución No. 2890
|
Resolución Gastos No Aceptables |
3 |
Resolución No. 178 del 18 de agosto de 2021
|
“Por la cual se acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección y Designación de Jurados para las convocatorias Beca Ópera Zarzuela y Opereta, Residencia Lutería Filarmónica, Premio de Canto “Bogotá Lírica”, Premio Encuentro Distrital de Bandas y Beca de Circulación Artística OFB y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados” |
4 |
Resolución No. 200 del 10 de septiembre de 2021
|
“Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la convocatoria “BECA ÓPERA ZARZUELA Y OPERETA” del Programa Distrital de Estímulos 2021 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico” |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de propuestas inscritas - Convocatoria Beca Ópera, Zarzuela y Opereta
|
Listado de propuestas inscritas - Convocatoria Beca Ópera, Zarzuela y Opereta |
2 |
Listado de propuestas Habilitadas, Rechazadas y Documentos por Subsanar
|
Listado de propuestas Habilitadas, Rechazadas y Documentos por Subsanar - Convocatoria Beca Ópera, Zarzuela y Opereta |
3 |
Listado de propuestas Habilitadas y Rechazadas - Convocatoria Beca Ópera, Zarzuela y Opereta
|
Listado de propuestas Habilitadas y Rechazadas - Convocatoria Beca Ópera, Zarzuela y Opereta |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Aviso Informativo no. 6
|
Mediante el cual se establece la fecha máxima que tendrán los ganadores de la convocatoria para la entrega del producto audiovisual que circulará en el en el marco del XXIV Festival Ópera al Parque. |
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria